2014
206 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | Renta | IVA | Aduana | Código Tributario | Otros | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $372,111 Renta - Ene
Monto:
$372,111
% del total general:
0.96%
| $288,325 IVA - Ene
Monto:
$288,325
% del total general:
0.75%
| $67,639 Aduana - Ene
Monto:
$67,639
% del total general:
0.18%
| $5,897 Código Tributario - Ene
Monto:
$5,897
% del total general:
0.02%
| $326 Otros - Ene
Monto:
$326
% del total general:
0.00%
| $734,298 |
| Feb | $571,953 Renta - Feb
Monto:
$571,953
% del total general:
1.48%
| $644,213 IVA - Feb
Monto:
$644,213
% del total general:
1.67%
| $30,596 Aduana - Feb
Monto:
$30,596
% del total general:
0.08%
| $3,127,230 Código Tributario - Feb
Monto:
$3,127,230
% del total general:
8.11%
| - | $4,373,992 |
| Mar | $1,435,481 Renta - Mar
Monto:
$1,435,481
% del total general:
3.72%
| $209,000 IVA - Mar
Monto:
$209,000
% del total general:
0.54%
| $181,887 Aduana - Mar
Monto:
$181,887
% del total general:
0.47%
| $36,849 Código Tributario - Mar
Monto:
$36,849
% del total general:
0.10%
| $326 Otros - Mar
Monto:
$326
% del total general:
0.00%
| $1,863,543 |
| Abr | $2,587,049 Renta - Abr
Monto:
$2,587,049
% del total general:
6.71%
| $1,575,607 IVA - Abr
Monto:
$1,575,607
% del total general:
4.08%
| $73,181 Aduana - Abr
Monto:
$73,181
% del total general:
0.19%
| - | $443 Otros - Abr
Monto:
$443
% del total general:
0.00%
| $4,236,280 |
| May | $1,132,515 Renta - May
Monto:
$1,132,515
% del total general:
2.94%
| - | $123,110 Aduana - May
Monto:
$123,110
% del total general:
0.32%
| $149,670 Código Tributario - May
Monto:
$149,670
% del total general:
0.39%
| - | $1,405,296 |
| Jun | $1,308,446 Renta - Jun
Monto:
$1,308,446
% del total general:
3.39%
| $667,094 IVA - Jun
Monto:
$667,094
% del total general:
1.73%
| $69,513 Aduana - Jun
Monto:
$69,513
% del total general:
0.18%
| - | $97,390 Otros - Jun
Monto:
$97,390
% del total general:
0.25%
| $2,142,443 |
| Jul | $7,765,063 Renta - Jul
Monto:
$7,765,063
% del total general:
20.13%
| - | $767,342 Aduana - Jul
Monto:
$767,342
% del total general:
1.99%
| - | $2,300 Otros - Jul
Monto:
$2,300
% del total general:
0.01%
| $8,534,705 |
| Ago | $227,619 Renta - Ago
Monto:
$227,619
% del total general:
0.59%
| $47,297 IVA - Ago
Monto:
$47,297
% del total general:
0.12%
| $333,637 Aduana - Ago
Monto:
$333,637
% del total general:
0.86%
| $794 Código Tributario - Ago
Monto:
$794
% del total general:
0.00%
| $63,213 Otros - Ago
Monto:
$63,213
% del total general:
0.16%
| $672,559 |
| Sep | $2,837,163 Renta - Sep
Monto:
$2,837,163
% del total general:
7.35%
| $271,710 IVA - Sep
Monto:
$271,710
% del total general:
0.70%
| $67,480 Aduana - Sep
Monto:
$67,480
% del total general:
0.17%
| $1,522 Código Tributario - Sep
Monto:
$1,522
% del total general:
0.00%
| - | $3,177,875 |
| Oct | $111,047 Renta - Oct
Monto:
$111,047
% del total general:
0.29%
| $386,455 IVA - Oct
Monto:
$386,455
% del total general:
1.00%
| $166,466 Aduana - Oct
Monto:
$166,466
% del total general:
0.43%
| - | - | $663,967 |
| Nov | $7,405,520 Renta - Nov
Monto:
$7,405,520
% del total general:
19.19%
| $636,710 IVA - Nov
Monto:
$636,710
% del total general:
1.65%
| $372,784 Aduana - Nov
Monto:
$372,784
% del total general:
0.97%
| - | $19,187 Otros - Nov
Monto:
$19,187
% del total general:
0.05%
| $8,434,200 |
| Dic | $1,692,409 Renta - Dic
Monto:
$1,692,409
% del total general:
4.39%
| $206,502 IVA - Dic
Monto:
$206,502
% del total general:
0.54%
| $442,816 Aduana - Dic
Monto:
$442,816
% del total general:
1.15%
| - | - | $2,341,726 |
| Total | $27,446,375 | $4,932,911 | $2,696,452 | $3,321,962 | $183,185 | $38,580,884 |
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El Tribunal de Apelaciones declara inadmisible un recurso de apelación interpuesto por una contribuyente contra una resolución de la DGII que le determinó un pago de IVA por $19,256.25 y multas por $29,972.65. La inadmisibilidad se debe a que el recurso fue presentado un día después de vencido el plazo perentorio de quince días hábiles que establece la ley, lo que provoca que la resolución de la DGII adquiera firmeza.
Lección: Es crucial respetar de manera estricta los plazos legales para la interposición de recursos administrativos. El incumplimiento, incluso por un solo día, de un plazo perentorio como el de apelación, resulta en la pérdida total del derecho a impugnar la decisión de la administración tributaria, dejando firme el acto y sus consecuencias económicas.
Un importador declaró componentes de aire acondicionado (condensadores y evaporadores) como partes separadas, pero la autoridad aduanera los reclasificó como sistemas completos funcionales, exigiendo el pago de impuestos adicionales y multas. El Tribunal de Apelaciones confirmó la reclasificación arancelaria y los impuestos correspondientes, basándose en el principio de la unidad funcional, pero revocó una multa administrativa por no presentar fichas técnicas, al considerar que no son documentos de soporte obligatorios por ley.
Lección: Al importar mercancías compuestas por varias partes que, en conjunto, realizan una función específica (como un sistema de aire acondicionado tipo 'split'), estas deben ser clasificadas arancelariamente como el artículo completo, incluso si se importan en embarques o declaraciones distintas, conforme a la Regla General Interpretativa 2a. Sin embargo, las autoridades no pueden exigir y sancionar por la falta de documentos (como fichas técnicas) que no estén expresamente listados en la ley (Art. 321 RECAUCA) como soporte obligatorio de la declaración de mercancías.
La DGII determinó impuestos (DAI e IVA) y múltiples multas a un contribuyente bajo el régimen de admisión temporal por mercancías con plazo vencido, faltantes e inexactitudes en declaraciones. El TAIIA confirma la determinación de impuestos y algunas multas administrativas y por faltantes, pero revoca las multas más cuantiosas al considerar que la DGII aplicó un tipo de infracción incorrecto, violando el principio de tipicidad.
Lección: Es crucial para las empresas bajo regímenes aduaneros especiales, como la admisión temporal, mantener un control estricto sobre los plazos de permanencia de las mercancías para evitar su importación definitiva automática y la consecuente carga tributaria. Además, en un proceso sancionador, es fundamental que la autoridad fiscalizadora aplique la norma que describe exactamente la conducta infractora, ya que una incorrecta tipificación puede llevar a la anulación de la sanción.
El Tribunal de Apelaciones confirma una resolución de la DGII que determinó un impuesto sobre la renta a cargo de una empresa de telecomunicaciones. La controversia surge porque la empresa dedujo indebidamente el 'Impuesto Específico a las Llamadas Telefónicas', que por ley es un gasto no deducible, y no logró probar su argumento de que dicho monto había sido previamente incluido como ingreso gravable.
Lección: Los gastos que una ley prohíbe expresamente deducir no deben ser incluidos en la declaración de la renta bajo ninguna circunstancia. Si se comete un error contable, la carga de probar que no hubo perjuicio fiscal recae enteramente en el contribuyente, quien debe respaldarlo con documentación clara e irrefutable, como facturas que desglosen todos los conceptos cobrados.
El contribuyente desiste del recurso de apelación interpuesto contra una resolución de la Dirección General de Impuestos Internos. La razón del desistimiento es acogerse a los beneficios establecidos en el Decreto Legislativo No. 793 de 2014. El Tribunal de Apelaciones acepta el desistimiento, dando por concluido el proceso y devolviendo el expediente a la DGII.
Lección: Los contribuyentes deben monitorear la publicación de decretos legislativos transitorios o de amnistía fiscal, ya que pueden ofrecer una oportunidad para resolver controversias tributarias existentes, incluso si se encuentran en etapa de apelación, mediante la figura del desistimiento para acogerse a dichos beneficios.