2016
174 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | IVA | Renta | Aduana | Código Tributario | Otros | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $908,455 IVA - Ene
Monto:
$908,455
% del total general:
1.25%
| $310,148 Renta - Ene
Monto:
$310,148
% del total general:
0.43%
| $24,385 Aduana - Ene
Monto:
$24,385
% del total general:
0.03%
| $3,658 Código Tributario - Ene
Monto:
$3,658
% del total general:
0.01%
| - | $1,246,646 |
| Feb | $1,526,029 IVA - Feb
Monto:
$1,526,029
% del total general:
2.09%
| $1,315,138 Renta - Feb
Monto:
$1,315,138
% del total general:
1.80%
| - | $2,098 Código Tributario - Feb
Monto:
$2,098
% del total general:
0.00%
| $54,287 Otros - Feb
Monto:
$54,287
% del total general:
0.07%
| $2,897,551 |
| Mar | $2,168,335 IVA - Mar
Monto:
$2,168,335
% del total general:
2.98%
| $226,227 Renta - Mar
Monto:
$226,227
% del total general:
0.31%
| - | - | $4,567 Otros - Mar
Monto:
$4,567
% del total general:
0.01%
| $2,399,129 |
| Abr | $1,467,171 IVA - Abr
Monto:
$1,467,171
% del total general:
2.01%
| $3,409,345 Renta - Abr
Monto:
$3,409,345
% del total general:
4.68%
| $23,002 Aduana - Abr
Monto:
$23,002
% del total general:
0.03%
| $15,979 Código Tributario - Abr
Monto:
$15,979
% del total general:
0.02%
| $4,152 Otros - Abr
Monto:
$4,152
% del total general:
0.01%
| $4,919,649 |
| May | $3,360,591 IVA - May
Monto:
$3,360,591
% del total general:
4.61%
| $4,225,553 Renta - May
Monto:
$4,225,553
% del total general:
5.80%
| - | $7,619 Código Tributario - May
Monto:
$7,619
% del total general:
0.01%
| - | $7,593,763 |
| Jun | $99,267 IVA - Jun
Monto:
$99,267
% del total general:
0.14%
| $10,361,299 Renta - Jun
Monto:
$10,361,299
% del total general:
14.22%
| $3,028 Aduana - Jun
Monto:
$3,028
% del total general:
0.00%
| $33,895 Código Tributario - Jun
Monto:
$33,895
% del total general:
0.05%
| - | $10,497,489 |
| Jul | $227,721 IVA - Jul
Monto:
$227,721
% del total general:
0.31%
| $7,807,145 Renta - Jul
Monto:
$7,807,145
% del total general:
10.71%
| $164,607 Aduana - Jul
Monto:
$164,607
% del total general:
0.23%
| $10,271 Código Tributario - Jul
Monto:
$10,271
% del total general:
0.01%
| - | $8,209,744 |
| Ago | $176,159 IVA - Ago
Monto:
$176,159
% del total general:
0.24%
| $7,772,722 Renta - Ago
Monto:
$7,772,722
% del total general:
10.66%
| $415,947 Aduana - Ago
Monto:
$415,947
% del total general:
0.57%
| $94,609 Código Tributario - Ago
Monto:
$94,609
% del total general:
0.13%
| - | $8,459,437 |
| Sep | $185,252 IVA - Sep
Monto:
$185,252
% del total general:
0.25%
| $9,631,082 Renta - Sep
Monto:
$9,631,082
% del total general:
13.21%
| $38,915 Aduana - Sep
Monto:
$38,915
% del total general:
0.05%
| $43,671 Código Tributario - Sep
Monto:
$43,671
% del total general:
0.06%
| - | $9,898,920 |
| Oct | $374,751 IVA - Oct
Monto:
$374,751
% del total general:
0.51%
| $3,060,211 Renta - Oct
Monto:
$3,060,211
% del total general:
4.20%
| $65,716 Aduana - Oct
Monto:
$65,716
% del total general:
0.09%
| $2,182 Código Tributario - Oct
Monto:
$2,182
% del total general:
0.00%
| - | $3,502,860 |
| Nov | $100,740 IVA - Nov
Monto:
$100,740
% del total general:
0.14%
| $12,692,420 Renta - Nov
Monto:
$12,692,420
% del total general:
17.41%
| $387,467 Aduana - Nov
Monto:
$387,467
% del total general:
0.53%
| - | - | $13,180,627 |
| Dic | - | - | $76,794 Aduana - Dic
Monto:
$76,794
% del total general:
0.11%
| - | - | $76,794 |
| Total | $10,594,471 | $60,811,290 | $1,199,862 | $213,982 | $63,006 | $72,882,610 |
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El Tribunal confirma una multa impuesta por la DGII a una empresa por no llevar sus registros de control de inventarios conforme a la ley. A pesar de que el contribuyente presentó un registro para corregir la falta, este seguía siendo deficiente al no individualizar los productos ni mostrar saldos correctos en unidades y valor, por lo que la sanción fue ratificada.
Lección: Es fundamental que los registros de control de inventarios cumplan estrictamente con todos los requisitos del Código Tributario, en particular, la individualización de cada producto con su saldo actualizado en unidades y su valor monetario a precio de costo. Presentar un documento para subsanar que sigue siendo deficiente no evitará la imposición de la multa.
El Tribunal confirma una multa de $8,473.83 impuesta a un contribuyente por nombrar a su auditor fiscal fuera del plazo legal. El contribuyente alegó 'justo impedimento' debido a un proceso penal en su contra, pero el Tribunal determinó que evadir una orden de captura no constituye una causa de fuerza mayor que lo exima de sus obligaciones tributarias.
Lección: Los problemas legales personales, incluso una orden de captura, no constituyen una causa de fuerza mayor o caso fortuito que justifique el incumplimiento de obligaciones tributarias formales. Los contribuyentes deben cumplir con los plazos legales o designar un apoderado con facultades suficientes para actuar en su nombre.
El Tribunal confirma dos multas impuestas por la DGII a una sociedad. La primera, por informar tardíamente el nombramiento de su auditor fiscal para el ejercicio 2013. La segunda, y de mayor cuantía, por no entregar la certificación del acta de nombramiento de dicho auditor dentro del plazo requerido por la administración, configurando un incumplimiento de deberes formales.
Lección: Es imperativo responder a los requerimientos de información de la Administración Tributaria dentro de los plazos concedidos. Si no es posible cumplir, se debe justificar formalmente la imposibilidad o solicitar una prórroga, ya que la simple omisión conlleva sanciones. Presentar la información de forma tardía solo sirve como atenuante para reducir la multa, pero no elimina la infracción cometida.
El Tribunal confirma dos multas impuestas a una sociedad: una por nombrar a su auditor fiscal para el ejercicio 2013 fuera del plazo legal y otra por entregar información incompleta a la DGII. El argumento de la contribuyente sobre un 'justo impedimento' por una orden judicial fue rechazado, ya que dicha orden fue emitida meses después de que la obligación de nombrar al auditor hubiera vencido.
Lección: Para que un 'justo impedimento' (como una orden judicial) sea una defensa válida contra el incumplimiento de una obligación formal, es crucial demostrar que el impedimento fue imprevisible, irresistible y, sobre todo, que ocurrió durante el plazo legal para cumplir dicha obligación. Un impedimento que surge después de la fecha límite no exime de responsabilidad.
La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) sancionó a una cooperativa por no nombrar auditor fiscal para los ejercicios 2012 y 2013. Para calcular la multa, la DGII utilizó el balance general anexo a un dictamen fiscal que la propia DGII había declarado inválido por tener una firma de auditor falsificada. El Tribunal de Apelaciones revocó la multa, argumentando que es ilegal que la administración base una sanción en un documento que ella misma ha invalidado, violando el principio de que lo accesorio (el anexo) sigue la suerte de lo principal (el dictamen).
Lección: La Administración Tributaria no puede actuar de forma contradictoria. Si declara un documento como inválido (por ejemplo, un dictamen fiscal), no puede luego utilizar sus anexos (como los estados financieros) para fundamentar y calcular una sanción. En tal caso, la administración está obligada a utilizar otros medios y documentos válidos que posea para determinar la base imponible de la sanción.