Volver al Dashboard 174 sentencias encontradas

2016

174 sentencias analizadas

DGII gana
92.2%
En disputa
$72,882,610
Filtrar por tipo de fallo:

Impacto Monetario por Tipo de Fallo

Confirmatorias
$50,033,899
68.6% del total
Revocatorias
$438,277
0.6% del total
Modificatorias
$21,847,291
30.0% del total
Improponibles
$64,098
0.1% del total
Otros
$499,045
0.7% del total

Tendencia Mensual

Ene
Feb
Mar
Abr
May
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Jul
Ago
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Oct
Nov
Dic
Confirmatorias
Revocatorias
Modificatorias
Improponibles

Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)

Mes IVA Renta Aduana Código Tributario Otros Total Mes
Ene $908,455 $310,148 $24,385 $3,658 - $1,246,646
Feb $1,526,029 $1,315,138 - $2,098 $54,287 $2,897,551
Mar $2,168,335 $226,227 - - $4,567 $2,399,129
Abr $1,467,171 $3,409,345 $23,002 $15,979 $4,152 $4,919,649
May $3,360,591 $4,225,553 - $7,619 - $7,593,763
Jun $99,267 $10,361,299 $3,028 $33,895 - $10,497,489
Jul $227,721 $7,807,145 $164,607 $10,271 - $8,209,744
Ago $176,159 $7,772,722 $415,947 $94,609 - $8,459,437
Sep $185,252 $9,631,082 $38,915 $43,671 - $9,898,920
Oct $374,751 $3,060,211 $65,716 $2,182 - $3,502,860
Nov $100,740 $12,692,420 $387,467 - - $13,180,627
Dic - - $76,794 - - $76,794
Total $10,594,471 $60,811,290 $1,199,862 $213,982 $63,006 $72,882,610

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R1504015TM Confirmatoria Renta 22 jun 2016

El Tribunal de Apelaciones confirmó la resolución de la DGII que objetó más de $29 millones en costos de venta a una empresa de reciclaje, debido a que los 'Documentos de Compra a Sujetos Excluidos' que los respaldaban no cumplían con los requisitos formales del artículo 119 del Código Tributario. La empresa emitía los documentos ella misma y no obtenía la firma de los vendedores, lo que invalidó las deducciones. Como resultado, se confirmó el impuesto sobre la renta determinado por más de $7.1 millones y una multa por evasión no intencional de $1.7 millones.

Lección: Para asegurar la deducibilidad de costos por compras a 'sujetos excluidos' (no contribuyentes de IVA), es indispensable que el comprador exija al vendedor la emisión de un documento que cumpla estrictamente con todos los requisitos del artículo 119 del Código Tributario, prestando especial atención a que sea emitido y firmado por el vendedor. La responsabilidad de verificar la idoneidad del documento recae en quien pretende utilizarlo para una deducción fiscal.

$9,108,920
en disputa
23 arts. citados
R1605018TM Inadmisible Renta 13 jun 2016

El contribuyente interpuso un recurso de apelación contra una resolución de la DGII que le determinó Impuesto sobre la Renta y una multa. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) verificó que la notificación de dicha resolución se realizó el 15 de abril de 2016, por lo que el plazo de 15 días hábiles para apelar venció el 6 de mayo de 2016. Al haberse presentado el recurso hasta el 13 de mayo de 2016, el Tribunal lo declaró inadmisible por extemporáneo, sin entrar a conocer el fondo de la controversia.

Lección: Es fundamental realizar un cómputo riguroso de los plazos legales para la interposición de recursos. El plazo de 15 días hábiles para apelar ante el TAIIA es perentorio, y su vencimiento sin haber presentado el recurso provoca la firmeza del acto administrativo y la pérdida de la oportunidad de defensa en esa instancia.

$72,935
en disputa
3 arts. citados
R1305032TM Confirmatoria Renta 10 jun 2016

El Tribunal confirma la resolución de la DGII que objeta la deducción de gastos por depreciación de teléfonos celulares por $1,095,941.66, debido a que el contribuyente no demostró que dicho gasto estuviera registrado en su contabilidad formal, un requisito indispensable según la Ley de Impuesto sobre la Renta. Adicionalmente, el Tribunal consideró que los contratos con los clientes a menudo constituían ventas y no comodatos, por lo que la empresa ya no era propietaria de los activos y no podía depreciarlos, confirmando el impuesto de $273,985.41 y la multa de $68,496.35.

Lección: Para asegurar la deducibilidad de un gasto, es imperativo cumplir con todos los requisitos formales y sustantivos de la ley tributaria, especialmente el registro adecuado en la contabilidad formal. Confiar únicamente en controles extracontables o en la aplicación de normas financieras (NIIF/NIC) sin garantizar el cumplimiento de la normativa fiscal específica, como la propiedad del bien y su correcto registro, puede llevar al rechazo de deducciones y a la imposición de impuestos y multas.

$342,482
en disputa
26 arts. citados
A1509002VO Confirmatoria Aduana 9 jun 2016

El Tribunal de Apelaciones confirma la resolución de la Dirección General de Aduanas que declaró como no originarias unas láminas de acero importadas de Guatemala. La decisión se basó en que el exportador no proporcionó la documentación contable necesaria para probar la trazabilidad y el cumplimiento de la regla de origen, y además, las certificaciones de origen (FAUCA) contenían errores sustanciales en el criterio de origen y la clasificación arancelaria.

Lección: El exportador que certifica el origen de sus mercancías tiene la obligación fundamental de mantener registros contables y de producción completos y precisos que demuestren la trazabilidad y el cumplimiento de las reglas de origen. La falta de esta documentación para responder a una verificación de la aduana del país importador resultará en la pérdida de los beneficios arancelarios, ya que la carga de la prueba recae sobre quien certifica el origen.

1 arts. citados
I1510016TM Modificatoria IVA 31 may 2016

Una empresa de cementerios fue fiscalizada por IVA, determinándose que omitió declarar y pagar el impuesto por los servicios de 'uso a perpetuidad' de lotes, considerándolos erróneamente como una transferencia de inmueble exenta. El Tribunal confirma que se trata de un servicio gravado, mantiene la determinación del impuesto y la multa por evasión intencional. Sin embargo, modifica la multa por no presentar la declaración, estableciendo el precedente de que esta debe calcularse sobre el impuesto neto a pagar y no sobre el débito fiscal bruto, reduciendo así su monto.

Lección: La cesión de derechos de uso sobre bienes inmuebles, como los lotes de cementerio a perpetuidad, es una prestación de servicios sujeta a IVA y no una transferencia de propiedad exenta. Los contribuyentes deben tener claro que el IVA cobrado a clientes pertenece al Fisco y actuar como mero agente recaudador, por lo que dificultades económicas o problemas de seguridad no suelen ser excusas válidas para no enterar dicho impuesto.

$104,694
en disputa
18 arts. citados
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