2016
174 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | IVA | Renta | Aduana | Código Tributario | Otros | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $908,455 IVA - Ene
Monto:
$908,455
% del total general:
1.25%
| $310,148 Renta - Ene
Monto:
$310,148
% del total general:
0.43%
| $24,385 Aduana - Ene
Monto:
$24,385
% del total general:
0.03%
| $3,658 Código Tributario - Ene
Monto:
$3,658
% del total general:
0.01%
| - | $1,246,646 |
| Feb | $1,526,029 IVA - Feb
Monto:
$1,526,029
% del total general:
2.09%
| $1,315,138 Renta - Feb
Monto:
$1,315,138
% del total general:
1.80%
| - | $2,098 Código Tributario - Feb
Monto:
$2,098
% del total general:
0.00%
| $54,287 Otros - Feb
Monto:
$54,287
% del total general:
0.07%
| $2,897,551 |
| Mar | $2,168,335 IVA - Mar
Monto:
$2,168,335
% del total general:
2.98%
| $226,227 Renta - Mar
Monto:
$226,227
% del total general:
0.31%
| - | - | $4,567 Otros - Mar
Monto:
$4,567
% del total general:
0.01%
| $2,399,129 |
| Abr | $1,467,171 IVA - Abr
Monto:
$1,467,171
% del total general:
2.01%
| $3,409,345 Renta - Abr
Monto:
$3,409,345
% del total general:
4.68%
| $23,002 Aduana - Abr
Monto:
$23,002
% del total general:
0.03%
| $15,979 Código Tributario - Abr
Monto:
$15,979
% del total general:
0.02%
| $4,152 Otros - Abr
Monto:
$4,152
% del total general:
0.01%
| $4,919,649 |
| May | $3,360,591 IVA - May
Monto:
$3,360,591
% del total general:
4.61%
| $4,225,553 Renta - May
Monto:
$4,225,553
% del total general:
5.80%
| - | $7,619 Código Tributario - May
Monto:
$7,619
% del total general:
0.01%
| - | $7,593,763 |
| Jun | $99,267 IVA - Jun
Monto:
$99,267
% del total general:
0.14%
| $10,361,299 Renta - Jun
Monto:
$10,361,299
% del total general:
14.22%
| $3,028 Aduana - Jun
Monto:
$3,028
% del total general:
0.00%
| $33,895 Código Tributario - Jun
Monto:
$33,895
% del total general:
0.05%
| - | $10,497,489 |
| Jul | $227,721 IVA - Jul
Monto:
$227,721
% del total general:
0.31%
| $7,807,145 Renta - Jul
Monto:
$7,807,145
% del total general:
10.71%
| $164,607 Aduana - Jul
Monto:
$164,607
% del total general:
0.23%
| $10,271 Código Tributario - Jul
Monto:
$10,271
% del total general:
0.01%
| - | $8,209,744 |
| Ago | $176,159 IVA - Ago
Monto:
$176,159
% del total general:
0.24%
| $7,772,722 Renta - Ago
Monto:
$7,772,722
% del total general:
10.66%
| $415,947 Aduana - Ago
Monto:
$415,947
% del total general:
0.57%
| $94,609 Código Tributario - Ago
Monto:
$94,609
% del total general:
0.13%
| - | $8,459,437 |
| Sep | $185,252 IVA - Sep
Monto:
$185,252
% del total general:
0.25%
| $9,631,082 Renta - Sep
Monto:
$9,631,082
% del total general:
13.21%
| $38,915 Aduana - Sep
Monto:
$38,915
% del total general:
0.05%
| $43,671 Código Tributario - Sep
Monto:
$43,671
% del total general:
0.06%
| - | $9,898,920 |
| Oct | $374,751 IVA - Oct
Monto:
$374,751
% del total general:
0.51%
| $3,060,211 Renta - Oct
Monto:
$3,060,211
% del total general:
4.20%
| $65,716 Aduana - Oct
Monto:
$65,716
% del total general:
0.09%
| $2,182 Código Tributario - Oct
Monto:
$2,182
% del total general:
0.00%
| - | $3,502,860 |
| Nov | $100,740 IVA - Nov
Monto:
$100,740
% del total general:
0.14%
| $12,692,420 Renta - Nov
Monto:
$12,692,420
% del total general:
17.41%
| $387,467 Aduana - Nov
Monto:
$387,467
% del total general:
0.53%
| - | - | $13,180,627 |
| Dic | - | - | $76,794 Aduana - Dic
Monto:
$76,794
% del total general:
0.11%
| - | - | $76,794 |
| Total | $10,594,471 | $60,811,290 | $1,199,862 | $213,982 | $63,006 | $72,882,610 |
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El Tribunal confirma la resolución de la Dirección General de Aduanas que determinó el pago de DAI e IVA y una multa a un contribuyente por importar medicamentos como 'muestras sin valor comercial'. El contribuyente no pudo demostrar, ni con la documentación de importación (Declaración de Mercancías y facturas) ni con pruebas físicas, que la mercancía cumplía los requisitos para la exención, como tener la leyenda identificativa. La falta de prueba llevó a la pérdida del beneficio fiscal y la consecuente sanción.
Lección: Para gozar de exenciones fiscales, como la de 'muestras sin valor comercial', es crucial no solo cumplir con los requisitos de fondo, sino también con los formales. Se debe asegurar que toda la documentación de la importación, especialmente la Declaración de Mercancías y las facturas, contenga explícitamente las leyendas requeridas por la ley, y conservar esta documentación probatoria por el plazo legal de fiscalización de cuatro años.
El Tribunal de Apelaciones confirma la resolución de la DGII que objeta gastos por servicios de no domiciliados (arrendamiento y mantenimiento de aeronaves) a una aerolínea internacional. La aerolínea no realizó la retención del 20% de Impuesto sobre la Renta, argumentando que los servicios no se utilizan en El Salvador debido a la extraterritorialidad del aeropuerto. El Tribunal dictamina que la extraterritorialidad es solo aduanera y que los servicios se utilizan parcialmente en el país, por lo que la retención era obligatoria y, al no realizarse, los gastos no son deducibles.
Lección: Los pagos a proveedores no domiciliados por servicios que se utilizan, aunque sea parcialmente, en El Salvador para generar renta, están sujetos a una retención del 20% de Impuesto sobre la Renta. La falta de retención y entero de dicho impuesto impide la deducción del gasto asociado, incluso para empresas con operaciones internacionales que prorratean sus gastos. La 'extraterritorialidad aduanera' de puertos o aeropuertos no exime de obligaciones de impuestos internos.
Un contribuyente fue sancionado por la DGII con una multa de $27,841.45 por no presentar el Informe de Operaciones con Sujetos Relacionados (F-982). El contribuyente apeló la decisión, pero el Tribunal de Apelaciones declaró inadmisible el recurso por haber sido interpuesto de forma extemporánea, es decir, fuera del plazo legal de quince días hábiles.
Lección: Es fundamental cumplir rigurosamente con los plazos procesales para la interposición de recursos. El no hacerlo, aunque sea por un breve lapso, provoca la inadmisibilidad del recurso, la pérdida de la oportunidad de discutir el fondo del asunto y la firmeza del acto administrativo impugnado.
El Tribunal confirma la decisión de la Dirección General de Aduanas de reclasificar el producto 'FORTIMAX CA260' de una mezcla de vitaminas (partida 29.36) a una preparación alimenticia (partida 21.06), debido a que contenía minerales y almidón para un uso específico. Como resultado, se confirman los impuestos adeudados (DAI e IVA) y la multa, ya que el contribuyente además falló en solicitar y documentar adecuadamente el beneficio arancelario del CAFTA-DR.
Lección: La clasificación arancelaria de productos mixtos debe analizarse rigurosamente según las Notas Explicativas del SAC; la adición de sustancias para un uso específico puede cambiar la clasificación de un producto químico a una preparación alimenticia. Además, para gozar de beneficios de tratados de libre comercio, es crucial cumplir con todos los requisitos formales y documentales al momento de la importación, ya que los errores u omisiones no pueden subsanarse en etapas posteriores de apelación.
Una contribuyente asalariada omitió presentar su declaración de Impuesto sobre la Renta de 2011. La DGII, basándose en información de terceros (sus empleadores), determinó un impuesto de $2,511.71 y aplicó multas por omisión de declaración y evasión intencional. El Tribunal confirma la decisión, rechazando los argumentos de la contribuyente sobre la confiscatoriedad de las multas y su derecho a deducciones no documentadas.
Lección: Es imperativo presentar la declaración de Impuesto sobre la Renta si se está obligado, incluso si no resulta impuesto a pagar. La omisión de esta obligación formal no solo genera una multa, sino que también activa la presunción de evasión intencional y anula la posibilidad de reclamar deducciones si no se cuenta con el respaldo documental completo y presentado a tiempo.