2017
68 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | IVA | Renta | Código Tributario | Aduana | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $109,670 IVA - Ene
Monto:
$109,670
% del total general:
0.23%
| - | - | - | $109,670 |
| Mar | $855,574 IVA - Mar
Monto:
$855,574
% del total general:
1.79%
| $9,733 Renta - Mar
Monto:
$9,733
% del total general:
0.02%
| - | - | $865,307 |
| Jul | - | $219,750 Renta - Jul
Monto:
$219,750
% del total general:
0.46%
| - | - | $219,750 |
| Ago | $84,717 IVA - Ago
Monto:
$84,717
% del total general:
0.18%
| $38,607 Renta - Ago
Monto:
$38,607
% del total general:
0.08%
| - | - | $123,325 |
| Sep | - | $7,382,502 Renta - Sep
Monto:
$7,382,502
% del total general:
15.41%
| $77,534 Código Tributario - Sep
Monto:
$77,534
% del total general:
0.16%
| $24,391 Aduana - Sep
Monto:
$24,391
% del total general:
0.05%
| $7,484,427 |
| Oct | - | $945,192 Renta - Oct
Monto:
$945,192
% del total general:
1.97%
| $42,841 Código Tributario - Oct
Monto:
$42,841
% del total general:
0.09%
| $33,890 Aduana - Oct
Monto:
$33,890
% del total general:
0.07%
| $1,021,922 |
| Nov | $88,551 IVA - Nov
Monto:
$88,551
% del total general:
0.18%
| $24,877,362 Renta - Nov
Monto:
$24,877,362
% del total general:
51.93%
| $2,237,912 Código Tributario - Nov
Monto:
$2,237,912
% del total general:
4.67%
| - | $27,203,824 |
| Dic | $688,892 IVA - Dic
Monto:
$688,892
% del total general:
1.44%
| $10,190,975 Renta - Dic
Monto:
$10,190,975
% del total general:
21.27%
| - | - | $10,879,867 |
| Total | $1,827,404 | $43,664,121 | $2,358,286 | $58,281 | $47,908,092 |
Buscar Sentencias
El Tribunal de Apelaciones confirma una determinación de Impuesto sobre la Renta y una multa contra una empresa distribuidora de energía. La decisión se basa en que el contribuyente no logró probar la deducibilidad de tres rubros clave: costos por pérdidas de energía (considerados riesgo empresarial), gastos por servicios del exterior (por falta de materialización) y gastos financieros (por no demostrar su vinculación con la generación de renta y por una retención incorrecta).
Lección: Para asegurar la deducibilidad de costos y gastos, especialmente aquellos de naturaleza intangible o con partes relacionadas del exterior, es fundamental mantener un soporte documental robusto que vaya más allá del contrato y el pago. Se debe poder demostrar la ejecución real del servicio (materialización), su necesidad para el negocio y el beneficio tangible obtenido, ya que la carga de la prueba recae enteramente en el contribuyente.
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que objeta la deducción de gastos de salarios por no haber enterado las retenciones previsionales (AFP) y gastos financieros por falta de documentación de soporte idónea. Asimismo, se confirman las multas impuestas por evasión no intencional, omitir llevar contabilidad y registros de inventario, y por el pago extemporáneo del anticipo a cuenta, al considerar que la contribuyente incumplió con requisitos de deducibilidad y deberes formales.
Lección: Para asegurar la deducibilidad de los gastos, no solo deben ser necesarios para la actividad económica, sino que deben cumplir estrictamente todos los requisitos formales: realizar y enterar las retenciones de ley (ISSS, AFP, Renta), contar con la documentación fiscal idónea para cada transacción, y llevar al día los registros contables y de inventarios exigidos por la ley. La voluntad de terceros (como empleados que no quieren afiliarse a AFP) no exime al contribuyente de sus obligaciones legales.
El contribuyente interpuso un recurso de apelación contra una resolución de la Dirección General de Aduanas. Sin embargo, antes de que el Tribunal de Apelaciones emitiera un fallo, el representante legal de la sociedad presentó un escrito para desistir del recurso. El Tribunal aceptó el desistimiento, dando por concluido el proceso y dejando firme la resolución aduanera.
Lección: Un contribuyente tiene el derecho procesal de desistir de un recurso de apelación en cualquier momento antes de que se dicte la sentencia definitiva. Esta acción finaliza el litigio en la instancia de apelación y confirma la validez del acto administrativo que se había impugnado.
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determinó un impuesto sobre la renta de $7.2 millones y una multa de $1.8 millones a una empresa de telecomunicaciones. Los principales hallazgos ratificados fueron la omisión de ingresos por intereses, y la objeción de costos y gastos por no retener ISR en pagos a no domiciliados por servicios de interconexión, por deducir un impuesto específico no deducible y por deducir intereses de préstamos no vinculados a la generación de renta.
Lección: Es crucial aplicar correctamente las retenciones de ISR en todos los pagos a proveedores no domiciliados por servicios utilizados en el país, ya que su omisión invalida la deducción del costo o gasto. Además, se debe asegurar que todos los gastos deducidos, especialmente los financieros, cumplan estrictamente con el requisito de ser necesarios para la producción de renta gravable y estar debidamente documentados, evitando deducir impuestos prohibidos por ley o intereses de préstamos usados para fines no productivos como el pago de dividendos.
El contribuyente apeló la resolución de la DGII que objetó la deducción de diversos gastos para el Impuesto sobre la Renta, incluyendo una penalidad contractual ('clawback'), gastos personales del representante legal, combustible sin soporte adecuado y depreciación de activos de uso personal. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) confirma la decisión de la DGII, argumentando que el contribuyente no logró probar que dichos gastos fueran necesarios y estuvieran directamente vinculados a la generación de renta gravable.
Lección: Para que un gasto sea deducible del Impuesto sobre la Renta, no basta con tener una factura y registrarlo contablemente. Es indispensable mantener documentación de soporte robusta (bitácoras, informes de viaje, justificación de reuniones, etc.) que demuestre de manera inequívoca la realidad de la operación y su estricta necesidad para producir ingresos o conservar la fuente de la empresa, diferenciándolo claramente de los gastos personales de los socios o directivos.