2018
172 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | Renta | IVA | Aduana | Otros | Código Tributario | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $7,711,355 Renta - Ene
Monto:
$7,711,355
% del total general:
11.37%
| $696,278 IVA - Ene
Monto:
$696,278
% del total general:
1.03%
| - | - | - | $8,407,634 |
| Feb | $442,279 Renta - Feb
Monto:
$442,279
% del total general:
0.65%
| $3,326,638 IVA - Feb
Monto:
$3,326,638
% del total general:
4.90%
| $2,438 Aduana - Feb
Monto:
$2,438
% del total general:
0.00%
| $287,322 Otros - Feb
Monto:
$287,322
% del total general:
0.42%
| $3,224 Código Tributario - Feb
Monto:
$3,224
% del total general:
0.00%
| $4,061,901 |
| Mar | $944,177 Renta - Mar
Monto:
$944,177
% del total general:
1.39%
| $10,595,377 IVA - Mar
Monto:
$10,595,377
% del total general:
15.62%
| $1,360,255 Aduana - Mar
Monto:
$1,360,255
% del total general:
2.01%
| - | - | $12,899,810 |
| Abr | $1,888,272 Renta - Abr
Monto:
$1,888,272
% del total general:
2.78%
| $165,233 IVA - Abr
Monto:
$165,233
% del total general:
0.24%
| $63,221 Aduana - Abr
Monto:
$63,221
% del total general:
0.09%
| - | - | $2,116,726 |
| May | $2,729,955 Renta - May
Monto:
$2,729,955
% del total general:
4.03%
| $4,716,625 IVA - May
Monto:
$4,716,625
% del total general:
6.95%
| $2,490 Aduana - May
Monto:
$2,490
% del total general:
0.00%
| - | $1,063,590 Código Tributario - May
Monto:
$1,063,590
% del total general:
1.57%
| $8,512,660 |
| Jun | $328,763 Renta - Jun
Monto:
$328,763
% del total general:
0.48%
| - | - | - | $9,217 Código Tributario - Jun
Monto:
$9,217
% del total general:
0.01%
| $337,980 |
| Jul | $4,169,662 Renta - Jul
Monto:
$4,169,662
% del total general:
6.15%
| $798,781 IVA - Jul
Monto:
$798,781
% del total general:
1.18%
| $170,587 Aduana - Jul
Monto:
$170,587
% del total general:
0.25%
| - | $2,265 Código Tributario - Jul
Monto:
$2,265
% del total general:
0.00%
| $5,141,295 |
| Ago | $234,780 Renta - Ago
Monto:
$234,780
% del total general:
0.35%
| - | - | - | $19,039 Código Tributario - Ago
Monto:
$19,039
% del total general:
0.03%
| $253,820 |
| Sep | $2,242,890 Renta - Sep
Monto:
$2,242,890
% del total general:
3.31%
| - | $1,096,834 Aduana - Sep
Monto:
$1,096,834
% del total general:
1.62%
| - | $12,275 Código Tributario - Sep
Monto:
$12,275
% del total general:
0.02%
| $3,351,999 |
| Oct | $3,314,493 Renta - Oct
Monto:
$3,314,493
% del total general:
4.89%
| - | $302,356 Aduana - Oct
Monto:
$302,356
% del total general:
0.45%
| - | $6,101 Código Tributario - Oct
Monto:
$6,101
% del total general:
0.01%
| $3,622,950 |
| Nov | $1,592,047 Renta - Nov
Monto:
$1,592,047
% del total general:
2.35%
| $277,983 IVA - Nov
Monto:
$277,983
% del total general:
0.41%
| $189,614 Aduana - Nov
Monto:
$189,614
% del total general:
0.28%
| - | $19,071 Código Tributario - Nov
Monto:
$19,071
% del total general:
0.03%
| $2,078,715 |
| Dic | $15,982,732 Renta - Dic
Monto:
$15,982,732
% del total general:
23.57%
| $1,051,879 IVA - Dic
Monto:
$1,051,879
% del total general:
1.55%
| $2,437 Aduana - Dic
Monto:
$2,437
% del total general:
0.00%
| - | - | $17,037,048 |
| Total | $41,581,406 | $21,628,796 | $3,190,232 | $287,322 | $1,134,783 | $67,822,539 |
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El contribuyente interpuso un recurso de apelación contra una resolución de la DGII que le determinó impuesto de IVA, disminuyó su crédito fiscal e impuso multas por diversas infracciones. El Tribunal de Apelaciones declaró inadmisible el recurso por haber sido presentado fuera del plazo legal de quince días hábiles, basándose en el carácter perentorio y fatal de dicho término.
Lección: Es fundamental computar y respetar rigurosamente los plazos legales para la interposición de recursos administrativos. El incumplimiento del plazo, como en este caso, provoca la pérdida del derecho a apelar y la firmeza del acto administrativo, impidiendo cualquier discusión posterior sobre el fondo del asunto.
El contribuyente interpuso un recurso de apelación contra una resolución de la DGII sobre Impuesto sobre la Renta. Posteriormente, solicitó el desistimiento del recurso para acogerse a los beneficios de la 'Ley Transitoria para Facilitar el Cumplimiento Voluntario de Obligaciones Tributarias y Aduaneras'. El Tribunal de Apelaciones aceptó el desistimiento, dando por finalizado el proceso de apelación.
Lección: Un contribuyente puede desistir de un recurso de apelación en cualquier etapa del proceso para acogerse a programas de amnistía o beneficios fiscales transitorios, lo cual puede ser una estrategia más favorable que continuar con el litigio.
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que objeta costos y gastos deducidos por un contribuyente en su declaración de Renta del año 2013. Las objeciones se deben a graves deficiencias documentales, como la falta de Comprobantes de Crédito Fiscal en compras a contribuyentes, el uso de documentos no idóneos en compras a sujetos excluidos, el pago en efectivo de operaciones de alto valor y registros de inventario incompletos, resultando en la determinación de impuesto y la imposición de multas.
Lección: Es fundamental asegurar que todos los costos y gastos deducibles estén respaldados por la documentación legalmente idónea y cumplan con todos los requisitos formales y de procedimiento. Esto incluye exigir el documento correcto según el tipo de proveedor (CCF para contribuyentes, recibo con formalidades para excluidos), utilizar medios de pago bancarizados para operaciones mayores a 25 salarios mínimos y mantener registros contables y de inventario completos y precisos.
El Tribunal de Apelaciones confirma la resolución de la DGII que objeta varias deducciones a una compañía de seguros para el Impuesto sobre la Renta 2010. Los principales puntos confirmados son el rechazo de gastos de reaseguro por no efectuar la retención a no domiciliados, la no deducibilidad de gastos financieros ligados a rentas exentas, y la prohibición de deducir reservas técnicas (catastróficas y por siniestros no reportados) por estar expresamente vetadas en la ley fiscal, a pesar de ser exigidas por el regulador financiero.
Lección: Para que un gasto sea deducible fiscalmente, debe cumplir con todos los requisitos de la ley tributaria, incluyendo las obligaciones formales como la retención de impuestos. Las disposiciones específicas de la ley fiscal que prohíben una deducción prevalecen sobre las normas contables generales o las regulaciones de otros entes supervisores.
La DGII objetó costos de venta por $436,081.04 a un contribuyente, correspondientes al exceso del costo sobre el precio de venta en operaciones con una empresa relacionada. El Tribunal de Apelaciones confirma la decisión, estableciendo que las pérdidas generadas en transacciones con sujetos relacionados no son deducibles del Impuesto sobre la Renta, según lo prohíbe expresamente el artículo 29-A numeral 10) de la Ley de Impuesto sobre la Renta.
Lección: Las pérdidas incurridas en la venta de bienes o servicios a partes relacionadas, originadas por vender a un precio inferior al costo, no son deducibles para efectos del Impuesto sobre la Renta. Es crucial que las operaciones entre relacionados se documenten adecuadamente y no generen pérdidas para la entidad vendedora si se pretende deducir la totalidad del costo.