2019
231 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | Aduana | Renta | IVA | Código Tributario | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $7,739,282 Aduana - Ene
Monto:
$7,739,282
% del total general:
4.52%
| $3,789,491 Renta - Ene
Monto:
$3,789,491
% del total general:
2.21%
| $919,367 IVA - Ene
Monto:
$919,367
% del total general:
0.54%
| - | $12,448,140 |
| Feb | $62,522 Aduana - Feb
Monto:
$62,522
% del total general:
0.04%
| $16,506,146 Renta - Feb
Monto:
$16,506,146
% del total general:
9.65%
| $299,735 IVA - Feb
Monto:
$299,735
% del total general:
0.18%
| $705 Código Tributario - Feb
Monto:
$705
% del total general:
0.00%
| $16,869,107 |
| Mar | $321,497 Aduana - Mar
Monto:
$321,497
% del total general:
0.19%
| $2,590,934 Renta - Mar
Monto:
$2,590,934
% del total general:
1.51%
| $2,196,707 IVA - Mar
Monto:
$2,196,707
% del total general:
1.28%
| $20,209 Código Tributario - Mar
Monto:
$20,209
% del total general:
0.01%
| $5,129,347 |
| Abr | $6,856,397 Aduana - Abr
Monto:
$6,856,397
% del total general:
4.01%
| $9,514,894 Renta - Abr
Monto:
$9,514,894
% del total general:
5.56%
| $245,427 IVA - Abr
Monto:
$245,427
% del total general:
0.14%
| $14,748 Código Tributario - Abr
Monto:
$14,748
% del total general:
0.01%
| $16,631,466 |
| May | $702,438 Aduana - May
Monto:
$702,438
% del total general:
0.41%
| $15,740,297 Renta - May
Monto:
$15,740,297
% del total general:
9.20%
| - | $1,007 Código Tributario - May
Monto:
$1,007
% del total general:
0.00%
| $16,443,742 |
| Jun | $188,474 Aduana - Jun
Monto:
$188,474
% del total general:
0.11%
| $18,012,130 Renta - Jun
Monto:
$18,012,130
% del total general:
10.53%
| $213,799 IVA - Jun
Monto:
$213,799
% del total general:
0.12%
| - | $18,414,403 |
| Jul | $319,753 Aduana - Jul
Monto:
$319,753
% del total general:
0.19%
| $11,637,602 Renta - Jul
Monto:
$11,637,602
% del total general:
6.80%
| $246,676 IVA - Jul
Monto:
$246,676
% del total general:
0.14%
| $35,065 Código Tributario - Jul
Monto:
$35,065
% del total general:
0.02%
| $12,239,096 |
| Ago | $568,710 Aduana - Ago
Monto:
$568,710
% del total general:
0.33%
| $1,783,512 Renta - Ago
Monto:
$1,783,512
% del total general:
1.04%
| $855,013 IVA - Ago
Monto:
$855,013
% del total general:
0.50%
| - | $3,207,235 |
| Sep | $264,425 Aduana - Sep
Monto:
$264,425
% del total general:
0.15%
| $244,660 Renta - Sep
Monto:
$244,660
% del total general:
0.14%
| - | - | $509,085 |
| Oct | $90,522 Aduana - Oct
Monto:
$90,522
% del total general:
0.05%
| $5,950,848 Renta - Oct
Monto:
$5,950,848
% del total general:
3.48%
| $5,151,138 IVA - Oct
Monto:
$5,151,138
% del total general:
3.01%
| - | $11,192,509 |
| Nov | $352,302 Aduana - Nov
Monto:
$352,302
% del total general:
0.21%
| $19,482,163 Renta - Nov
Monto:
$19,482,163
% del total general:
11.38%
| $7,088,309 IVA - Nov
Monto:
$7,088,309
% del total general:
4.14%
| - | $26,922,775 |
| Dic | $24,892 Aduana - Dic
Monto:
$24,892
% del total general:
0.01%
| $31,000,038 Renta - Dic
Monto:
$31,000,038
% del total general:
18.12%
| $96,965 IVA - Dic
Monto:
$96,965
% del total general:
0.06%
| - | $31,121,895 |
| Total | $17,491,214 | $136,252,716 | $17,313,135 | $71,733 | $171,128,798 |
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El contribuyente interpuso un recurso de apelación ante el TAIIA contra una resolución de la Dirección General de Aduanas (DGA) que había declarado inadmisible un recurso de revisión previo por extemporáneo. El TAIIA, a su vez, declara inadmisible el recurso de apelación, determinando que también fue presentado fuera del plazo legal de quince días, ya que el contribuyente calculó erróneamente la fecha de inicio del plazo debido a una notificación por aviso.
Lección: Es crucial conocer y respetar rigurosamente los plazos procesales para la interposición de recursos, ya que son perentorios. Se debe prestar especial atención a las formas de notificación, como la notificación por aviso o esquela, pues el plazo para recurrir empieza a contar desde que la notificación se tiene por legalmente efectuada, no desde el conocimiento personal del acto.
El Tribunal de Apelaciones declara inadmisible un recurso de apelación interpuesto contra una multa de la DGII, debido a que el abogado del contribuyente no presentó el poder que acreditara su representación legal. A pesar de habérsele concedido un plazo para subsanar esta omisión, el abogado no cumplió, lo que resultó en el rechazo del recurso por falta de legitimación para actuar.
Lección: Es crucial acreditar debidamente la personería jurídica al presentar cualquier recurso administrativo. La omisión de este requisito formal, y el no subsanarlo en el plazo que el Tribunal concede, provoca la inadmisibilidad del recurso, impidiendo que se discuta el fondo del asunto y dejando firme la resolución impugnada.
El Tribunal de Apelaciones declaró inadmisible un recurso de apelación interpuesto por un contribuyente contra una resolución de la DGII que le determinó Impuesto sobre la Renta y multas. La inadmisibilidad se debió a que el recurso fue presentado de forma extemporánea, fuera del plazo legal de 15 días. El argumento del contribuyente sobre una notificación en un domicilio antiguo fue rechazado, ya que es su obligación mantener actualizada dicha información ante la autoridad tributaria.
Lección: Es fundamental cumplir rigurosamente con los plazos procesales, especialmente el de 15 días hábiles para apelar, ya que es perentorio y su vencimiento provoca la firmeza del acto. Asimismo, es una obligación crítica del contribuyente mantener actualizada su dirección para recibir notificaciones ante la DGII para garantizar la validez de las comunicaciones y el ejercicio oportuno de sus derechos.
Un contribuyente interpuso un recurso de apelación ante el TAIIA contra una nota de la Dirección General de Aduanas que señalaba inconsistencias en importaciones. El recurso fue presentado un día después de vencido el plazo legal de quince días hábiles. El Tribunal declaró inadmisible el recurso por extemporáneo, basándose en el carácter perentorio y fatal de los plazos procesales.
Lección: Es fundamental realizar un cómputo preciso y riguroso de los plazos legales para la interposición de recursos. La presentación de un recurso fuera de término, incluso por un solo día, resulta en su inadmisibilidad automática, impidiendo cualquier discusión sobre el fondo del asunto y dejando firme la decisión de la administración.
El contribuyente interpuso un recurso de apelación contra una resolución de la DGII, pero omitió expresar las razones de hecho y de derecho que sustentaban su reclamo. A pesar de que el Tribunal de Apelaciones le previno en tres ocasiones para que subsanara dicha deficiencia, el contribuyente no lo hizo, lo que resultó en la declaratoria de inadmisibilidad del recurso por incumplimiento de requisitos formales esenciales.
Lección: Al interponer un recurso de apelación, es indispensable y obligatorio fundamentarlo claramente con las razones de hecho y derecho correspondientes. La omisión de este requisito esencial, y la posterior inacción ante las oportunidades de subsanación, provocará la inadmisibilidad del recurso, impidiendo cualquier análisis sobre el fondo del caso y perdiendo la instancia de apelación.