2020
197 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | Renta | Aduana | IVA | Código Tributario | Otros | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $10,903,122 Renta - Ene
Monto:
$10,903,122
% del total general:
10.82%
| $93,204 Aduana - Ene
Monto:
$93,204
% del total general:
0.09%
| $27,648 IVA - Ene
Monto:
$27,648
% del total general:
0.03%
| $23,520 Código Tributario - Ene
Monto:
$23,520
% del total general:
0.02%
| - | $11,047,493 |
| Feb | $2,439,705 Renta - Feb
Monto:
$2,439,705
% del total general:
2.42%
| $106,152 Aduana - Feb
Monto:
$106,152
% del total general:
0.11%
| $3,839,755 IVA - Feb
Monto:
$3,839,755
% del total general:
3.81%
| $2,034,696 Código Tributario - Feb
Monto:
$2,034,696
% del total general:
2.02%
| $1,230,860 Otros - Feb
Monto:
$1,230,860
% del total general:
1.22%
| $9,651,168 |
| Mar | - | $3,732 Aduana - Mar
Monto:
$3,732
% del total general:
0.00%
| - | - | - | $3,732 |
| Ago | $19,038,544 Renta - Ago
Monto:
$19,038,544
% del total general:
18.90%
| $2,108,017 Aduana - Ago
Monto:
$2,108,017
% del total general:
2.09%
| $1,712,888 IVA - Ago
Monto:
$1,712,888
% del total general:
1.70%
| $33,790 Código Tributario - Ago
Monto:
$33,790
% del total general:
0.03%
| $143,384 Otros - Ago
Monto:
$143,384
% del total general:
0.14%
| $23,036,622 |
| Sep | $18,687,522 Renta - Sep
Monto:
$18,687,522
% del total general:
18.55%
| $256,725 Aduana - Sep
Monto:
$256,725
% del total general:
0.25%
| $598,581 IVA - Sep
Monto:
$598,581
% del total general:
0.59%
| - | - | $19,542,827 |
| Oct | $21,501,396 Renta - Oct
Monto:
$21,501,396
% del total general:
21.34%
| $70,720 Aduana - Oct
Monto:
$70,720
% del total general:
0.07%
| $2,795,978 IVA - Oct
Monto:
$2,795,978
% del total general:
2.78%
| - | - | $24,368,095 |
| Nov | $8,544,827 Renta - Nov
Monto:
$8,544,827
% del total general:
8.48%
| $400,461 Aduana - Nov
Monto:
$400,461
% del total general:
0.40%
| $122,107 IVA - Nov
Monto:
$122,107
% del total general:
0.12%
| - | - | $9,067,395 |
| Dic | $3,903,996 Renta - Dic
Monto:
$3,903,996
% del total general:
3.87%
| $41,232 Aduana - Dic
Monto:
$41,232
% del total general:
0.04%
| $81,590 IVA - Dic
Monto:
$81,590
% del total general:
0.08%
| $11,340 Código Tributario - Dic
Monto:
$11,340
% del total general:
0.01%
| - | $4,038,158 |
| Total | $85,019,111 | $3,080,244 | $9,178,547 | $2,103,346 | $1,374,244 | $100,755,491 |
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Un contribuyente usuario de Zona Franca omitió el pago de la Contribución Especial para la Seguridad Ciudadana (LECEGC) al excluir de la base de cálculo sus rentas exentas de Impuesto sobre la Renta. El contribuyente argumentó que la DGII no podía definir 'ganancia neta' en una Guía de Orientación. El Tribunal de Apelaciones confirma la determinación de la DGII, basándose en una sentencia de la Sala de lo Constitucional que valida el uso de la Guía y establece que la 'ganancia neta' es la financiera, la cual incluye las rentas exentas para ISR.
Lección: Las exenciones fiscales de un impuesto (como el Impuesto sobre la Renta para Zonas Francas) no se extienden automáticamente a otras contribuciones especiales. Los contribuyentes deben calcular cada tributo según su ley específica y las guías de orientación emitidas por la autoridad tributaria, ya que estas pueden definir conceptos clave como 'ganancia neta' de manera diferente a otras leyes y su validez puede ser confirmada por los tribunales.
El Tribunal confirma la determinación de la DGII contra un contribuyente usuario de Zona Franca por omitir el pago de la Contribución Especial a los Grandes Contribuyentes (LECEGC) sobre sus ganancias exentas de Impuesto sobre la Renta. El contribuyente argumentó que dichas ganancias no debían incluirse, pero el Tribunal, basándose en una sentencia de la Sala de lo Constitucional, estableció que la base del tributo es la 'ganancia neta financiera' (que sí incluye rentas exentas de ISR) y no la 'renta neta fiscal'.
Lección: Las exenciones aplicables al Impuesto sobre la Renta no se extienden automáticamente a otras contribuciones especiales. Para la Contribución Especial a los Grandes Contribuyentes (LECEGC), la base de cálculo es la ganancia neta financiera, por lo que se deben incluir todas las utilidades, incluso aquellas que estén exentas o no sujetas a ISR. Es crucial no asumir que las reglas de un impuesto se aplican a otro y consultar las guías de orientación emitidas por la autoridad tributaria, ya que los tribunales les han otorgado validez para complementar la ley.
El Tribunal de Apelaciones confirma la determinación de la DGII que obliga a una empresa operando como Depósito para Perfeccionamiento Activo (DPA) al pago de la Contribución Especial para la Seguridad Ciudadana (LECEGC). A pesar de que la empresa goza de exención del Impuesto sobre la Renta, el Tribunal, basándose en una sentencia de la Sala de lo Constitucional, establece que la contribución se calcula sobre la ganancia neta financiera (que incluye rentas exentas) y que los vacíos de la ley, como el plazo de pago, fueron válidamente llenados por una Guía de Orientación de la DGII.
Lección: Las exenciones fiscales, como las del régimen de zonas francas, no son absolutas y no se extienden automáticamente a nuevos tributos como las contribuciones especiales. Las empresas deben analizar cuidadosamente cada nueva ley tributaria y su normativa de aplicación (incluyendo guías de orientación), ya que la base imponible puede ser la ganancia financiera total y no solo la renta neta fiscal, incluyendo así ingresos que normalmente están exentos de otros impuestos.
El TAIIA confirma la determinación de la DGII que obliga a una empresa del régimen de Zonas Francas a pagar la Contribución Especial para la Seguridad Ciudadana sobre sus ganancias del año 2016. El Tribunal dictaminó que la exención del Impuesto sobre la Renta no se extiende a esta contribución, la cual se calcula sobre la ganancia financiera neta (incluyendo ingresos exentos). La decisión se fundamenta en gran medida en una sentencia previa de la Sala de lo Constitucional que validó la estructura y aplicación de dicha contribución.
Lección: Las exenciones fiscales, como las del régimen de Zonas Francas, son de aplicación restrictiva y no se extienden automáticamente a nuevos tributos o contribuciones especiales. Los contribuyentes deben analizar cuidadosamente cada nueva obligación fiscal, ya que la ausencia de detalles procedimentales en la ley (como plazos de pago) no anula el tributo, pues estos pueden ser establecidos por normativa secundaria si la ley lo permite, y su desconocimiento o interpretación errónea no se considera un error excusable.