2021
167 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | IVA | Aduana | Código Tributario | Renta | Otros | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $1,352,068 IVA - Ene
Monto:
$1,352,068
% del total general:
1.91%
| $10,683 Aduana - Ene
Monto:
$10,683
% del total general:
0.02%
| $2,719 Código Tributario - Ene
Monto:
$2,719
% del total general:
0.00%
| - | - | $1,365,470 |
| Feb | $1,800 IVA - Feb
Monto:
$1,800
% del total general:
0.00%
| $479,608 Aduana - Feb
Monto:
$479,608
% del total general:
0.68%
| $474,341 Código Tributario - Feb
Monto:
$474,341
% del total general:
0.67%
| $5,320,518 Renta - Feb
Monto:
$5,320,518
% del total general:
7.52%
| - | $6,276,268 |
| Mar | $2,251,625 IVA - Mar
Monto:
$2,251,625
% del total general:
3.18%
| - | $3,035 Código Tributario - Mar
Monto:
$3,035
% del total general:
0.00%
| $5,841,967 Renta - Mar
Monto:
$5,841,967
% del total general:
8.26%
| - | $8,096,628 |
| Abr | $302,111 IVA - Abr
Monto:
$302,111
% del total general:
0.43%
| - | - | $2,804,246 Renta - Abr
Monto:
$2,804,246
% del total general:
3.96%
| $7,268 Otros - Abr
Monto:
$7,268
% del total general:
0.01%
| $3,113,625 |
| May | $840 IVA - May
Monto:
$840
% del total general:
0.00%
| $65,061 Aduana - May
Monto:
$65,061
% del total general:
0.09%
| - | $12,984,584 Renta - May
Monto:
$12,984,584
% del total general:
18.35%
| - | $13,050,485 |
| Jun | $96,106 IVA - Jun
Monto:
$96,106
% del total general:
0.14%
| $26,300 Aduana - Jun
Monto:
$26,300
% del total general:
0.04%
| $7,443 Código Tributario - Jun
Monto:
$7,443
% del total general:
0.01%
| $2,782,146 Renta - Jun
Monto:
$2,782,146
% del total general:
3.93%
| - | $2,911,995 |
| Jul | $946,572 IVA - Jul
Monto:
$946,572
% del total general:
1.34%
| - | $40,007 Código Tributario - Jul
Monto:
$40,007
% del total general:
0.06%
| $2,824,883 Renta - Jul
Monto:
$2,824,883
% del total general:
3.99%
| - | $3,811,462 |
| Ago | $1,260 IVA - Ago
Monto:
$1,260
% del total general:
0.00%
| $229,380 Aduana - Ago
Monto:
$229,380
% del total general:
0.32%
| $4,050 Código Tributario - Ago
Monto:
$4,050
% del total general:
0.01%
| $1,015,295 Renta - Ago
Monto:
$1,015,295
% del total general:
1.44%
| - | $1,249,985 |
| Sep | $418,081 IVA - Sep
Monto:
$418,081
% del total general:
0.59%
| $73,055 Aduana - Sep
Monto:
$73,055
% del total general:
0.10%
| $29,727 Código Tributario - Sep
Monto:
$29,727
% del total general:
0.04%
| $1,340,031 Renta - Sep
Monto:
$1,340,031
% del total general:
1.89%
| - | $1,860,895 |
| Oct | $4,449,678 IVA - Oct
Monto:
$4,449,678
% del total general:
6.29%
| - | $294,489 Código Tributario - Oct
Monto:
$294,489
% del total general:
0.42%
| $1,560,371 Renta - Oct
Monto:
$1,560,371
% del total general:
2.21%
| - | $6,304,539 |
| Nov | $631,361 IVA - Nov
Monto:
$631,361
% del total general:
0.89%
| - | - | $21,974,702 Renta - Nov
Monto:
$21,974,702
% del total general:
31.06%
| - | $22,606,063 |
| Dic | $17,337 IVA - Dic
Monto:
$17,337
% del total general:
0.02%
| - | - | $86,458 Renta - Dic
Monto:
$86,458
% del total general:
0.12%
| - | $103,795 |
| Total | $10,468,839 | $884,087 | $855,812 | $58,535,202 | $7,268 | $70,751,208 |
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La DGII determinó un impuesto sobre la renta de $953,567.36 más una multa, al rechazar ajustes de ventas y gastos de una empresa farmacéutica por defectos formales en la documentación (uso de 'notas de abono' y 'notas de crédito' sin referencia). El Tribunal de Apelaciones revocó la totalidad de la resolución, no por validar los errores del contribuyente, sino porque la DGII violó el derecho de defensa al ignorar la solicitud de verificar la realidad material de las operaciones, viciando de ilegalidad todo el procedimiento.
Lección: Aunque es fundamental cumplir con todas las formalidades documentales exigidas por la ley (usar Notas de Crédito correctas, no documentos internos), el contribuyente puede lograr la anulación de un ajuste si la Administración Tributaria comete violaciones procesales graves. Es crucial solicitar activamente la verificación de la 'verdad material' de las operaciones y dejar constancia por escrito de la solicitud y de la eventual falta de respuesta de la autoridad, ya que esto puede constituir una violación al derecho de defensa.
El Tribunal de Apelaciones confirma la resolución de la DGII que determinó un impuesto de IVA a cargo de una contribuyente por incremento patrimonial no justificado, basado en depósitos bancarios y gastos cuyo origen no pudo ser probado. Adicionalmente, se le objetaron todos los créditos fiscales de IVA debido a que su Registro de Control de Inventario no cumplía con los requisitos legales. El Tribunal concluyó que la contribuyente no aportó pruebas suficientes para desvirtuar los hallazgos, validando la actuación de la Administración Tributaria.
Lección: Es fundamental mantener una documentación exhaustiva y con trazabilidad completa para todas las operaciones financieras, especialmente para aquellas que no son ventas (como préstamos o transferencias entre cuentas), ya que la falta de prueba fehaciente puede llevar a que se presuman como ingresos gravados. Asimismo, el cumplimiento estricto de los requisitos formales, como llevar un Registro de Control de Inventario adecuado, es crucial para no perder el derecho a deducciones como el crédito fiscal de IVA.
El contribuyente apela la decisión de la Dirección General de Aduanas (DGA) que declaró inadmisible por extemporáneo su recurso de revisión. El contribuyente alegaba que la notificación del acto original no fue legal, pero el Tribunal confirma que la notificación por correo electrónico fue válida y que el recurso se presentó fuera del plazo de 10 días. Por lo tanto, el Tribunal confirma la inadmisibilidad y no entra a conocer el fondo del asunto, que era la denegatoria de una prórroga de un régimen aduanero.
Lección: Es crucial respetar los plazos legales para interponer recursos, los cuales son perentorios. Las notificaciones realizadas por correo electrónico a la dirección proporcionada por el contribuyente son legalmente válidas y el plazo para recurrir comienza a contar a partir de que se consideran efectuadas, usualmente 24 horas después del envío.
El Tribunal de Apelaciones confirma la resolución de la DGII que reclasificó los servicios de seguridad prestados por el contribuyente a empresas en Zonas Francas. El contribuyente los declaró como exportaciones (tasa 0% IVA), pero la autoridad determinó que son servicios locales gravados al 13%, ya que no son necesarios ni se incorporan a la actividad productiva incentivada. En consecuencia, se confirmó el impuesto a pagar de $103,527.93 y las multas por evasión no intencional y presentación tardía de informes.
Lección: Los servicios prestados a empresas bajo regímenes especiales (Zonas Francas, Servicios Internacionales) solo califican como exportación con tasa 0% de IVA si son indispensables y se integran directamente en el proceso productivo del bien o servicio a exportar. Servicios generales de soporte, como la seguridad, se consideran consumidos localmente y están sujetos a la tasa general del 13% de IVA.
Una contribuyente fue sancionada con una multa de $600.00 por no emitir una factura en la venta de productos lácteos, hecho constatado por un fedatario de la DGII. La contribuyente apeló alegando que el negocio no era suyo, sino de su hijo, pero el Tribunal de Apelaciones desestimó sus argumentos y pruebas por ser inconsistentes y posteriores a la fiscalización, confirmando la sanción.
Lección: Es una obligación ineludible emitir y entregar factura por cada venta o prestación de servicio, sin importar el monto. Intentar desconocer la propiedad de un negocio sin pruebas contundentes y preexistentes a la fiscalización no es una defensa efectiva ante la Administración Tributaria.