2021
167 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | IVA | Aduana | Código Tributario | Renta | Otros | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $1,352,068 IVA - Ene
Monto:
$1,352,068
% del total general:
1.91%
| $10,683 Aduana - Ene
Monto:
$10,683
% del total general:
0.02%
| $2,719 Código Tributario - Ene
Monto:
$2,719
% del total general:
0.00%
| - | - | $1,365,470 |
| Feb | $1,800 IVA - Feb
Monto:
$1,800
% del total general:
0.00%
| $479,608 Aduana - Feb
Monto:
$479,608
% del total general:
0.68%
| $474,341 Código Tributario - Feb
Monto:
$474,341
% del total general:
0.67%
| $5,320,518 Renta - Feb
Monto:
$5,320,518
% del total general:
7.52%
| - | $6,276,268 |
| Mar | $2,251,625 IVA - Mar
Monto:
$2,251,625
% del total general:
3.18%
| - | $3,035 Código Tributario - Mar
Monto:
$3,035
% del total general:
0.00%
| $5,841,967 Renta - Mar
Monto:
$5,841,967
% del total general:
8.26%
| - | $8,096,628 |
| Abr | $302,111 IVA - Abr
Monto:
$302,111
% del total general:
0.43%
| - | - | $2,804,246 Renta - Abr
Monto:
$2,804,246
% del total general:
3.96%
| $7,268 Otros - Abr
Monto:
$7,268
% del total general:
0.01%
| $3,113,625 |
| May | $840 IVA - May
Monto:
$840
% del total general:
0.00%
| $65,061 Aduana - May
Monto:
$65,061
% del total general:
0.09%
| - | $12,984,584 Renta - May
Monto:
$12,984,584
% del total general:
18.35%
| - | $13,050,485 |
| Jun | $96,106 IVA - Jun
Monto:
$96,106
% del total general:
0.14%
| $26,300 Aduana - Jun
Monto:
$26,300
% del total general:
0.04%
| $7,443 Código Tributario - Jun
Monto:
$7,443
% del total general:
0.01%
| $2,782,146 Renta - Jun
Monto:
$2,782,146
% del total general:
3.93%
| - | $2,911,995 |
| Jul | $946,572 IVA - Jul
Monto:
$946,572
% del total general:
1.34%
| - | $40,007 Código Tributario - Jul
Monto:
$40,007
% del total general:
0.06%
| $2,824,883 Renta - Jul
Monto:
$2,824,883
% del total general:
3.99%
| - | $3,811,462 |
| Ago | $1,260 IVA - Ago
Monto:
$1,260
% del total general:
0.00%
| $229,380 Aduana - Ago
Monto:
$229,380
% del total general:
0.32%
| $4,050 Código Tributario - Ago
Monto:
$4,050
% del total general:
0.01%
| $1,015,295 Renta - Ago
Monto:
$1,015,295
% del total general:
1.44%
| - | $1,249,985 |
| Sep | $418,081 IVA - Sep
Monto:
$418,081
% del total general:
0.59%
| $73,055 Aduana - Sep
Monto:
$73,055
% del total general:
0.10%
| $29,727 Código Tributario - Sep
Monto:
$29,727
% del total general:
0.04%
| $1,340,031 Renta - Sep
Monto:
$1,340,031
% del total general:
1.89%
| - | $1,860,895 |
| Oct | $4,449,678 IVA - Oct
Monto:
$4,449,678
% del total general:
6.29%
| - | $294,489 Código Tributario - Oct
Monto:
$294,489
% del total general:
0.42%
| $1,560,371 Renta - Oct
Monto:
$1,560,371
% del total general:
2.21%
| - | $6,304,539 |
| Nov | $631,361 IVA - Nov
Monto:
$631,361
% del total general:
0.89%
| - | - | $21,974,702 Renta - Nov
Monto:
$21,974,702
% del total general:
31.06%
| - | $22,606,063 |
| Dic | $17,337 IVA - Dic
Monto:
$17,337
% del total general:
0.02%
| - | - | $86,458 Renta - Dic
Monto:
$86,458
% del total general:
0.12%
| - | $103,795 |
| Total | $10,468,839 | $884,087 | $855,812 | $58,535,202 | $7,268 | $70,751,208 |
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Un contribuyente interpuso un recurso de apelación contra una resolución de la Dirección General de Impuestos Internos. Posteriormente, presentó un escrito para desistir de su pretensión con el objetivo de acogerse a los beneficios de la "LEY ESPECIAL Y TRANSITORIA QUE OTORGA FACILIDADES PARA EL CUMPLIMIENTO VOLUNTARIO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y ADUANERAS". El Tribunal aceptó el desistimiento, dando por terminado el proceso.
Lección: Un contribuyente puede desistir de un recurso de apelación en cualquier etapa del proceso para acogerse a beneficios como una amnistía fiscal. Este acto pone fin al litigio y otorga firmeza a la resolución administrativa originalmente impugnada.
Un contribuyente interpuso un recurso de apelación ante el TAIIA contra una resolución de la DGII. Durante la etapa probatoria del proceso, el contribuyente presentó un escrito para desistir de su apelación, con el objetivo de acogerse a los beneficios de una ley transitoria de amnistía fiscal. El Tribunal aceptó el desistimiento, basándose en el derecho que le asiste al contribuyente según la Ley de Procedimientos Administrativos, y dio por finalizado el caso.
Lección: Los contribuyentes pueden retirar un recurso de apelación en cualquier momento antes de la sentencia final. Esta es una herramienta estratégica valiosa, especialmente cuando se publican leyes de amnistía fiscal que pueden ofrecer una solución más económica o rápida que continuar con un litigio cuyo resultado es incierto.
El Tribunal de Apelaciones confirma una multa impuesta por la DGII a una empresa por trasladar una máquina registradora a un establecimiento distinto al autorizado, sin el permiso previo de la autoridad tributaria. El Tribunal desestimó los argumentos del contribuyente sobre la falta de proporcionalidad y tipicidad, concluyendo que la conducta se ajustaba perfectamente a la infracción legal y la sanción fue aplicada conforme a derecho, a pesar de que el contribuyente subsanó el error y pagó la multa bajo protesto.
Lección: Es un requisito indispensable obtener la autorización previa de la Dirección General de Impuestos Internos antes de efectuar cualquier traslado de máquinas registradoras o sistemas computarizados autorizados. Omitir este paso constituye una infracción formal que conlleva una sanción pecuniaria, la cual solo puede ser atenuada, pero no eliminada, si se subsana el incumplimiento después de ser detectado por la autoridad.
El TAIIA revoca una resolución de la DGII que había rechazado costos deducibles de ISR a un contribuyente por no probar el pago total vía sistema financiero. El Tribunal aceptó la deducibilidad de algunas compras al verificar las pruebas de pago en la etapa de apelación, pero mantuvo el rechazo sobre otras por falta de prueba. Adicionalmente, el Tribunal corrigió un error del contribuyente en su declaración, quien había declarado más gastos no deducibles de los reales, y criticó a la DGII por no haberlo considerado en virtud del principio de verdad material.
Lección: Para asegurar la deducibilidad de costos en operaciones mayores a 25 salarios mínimos, es crucial no solo pagar a través del sistema financiero, sino también conservar y organizar meticulosamente toda la documentación que pruebe la totalidad del pago por estos medios. Además, se debe verificar con exactitud la información declarada en los formularios de impuestos para evitar errores que incrementen la carga tributaria, como declarar incorrectamente los gastos no deducibles.
La DGII fiscalizó a una empresa de telecomunicaciones por el ejercicio 2014, determinando un impuesto a pagar de $9.7 millones y multas por $2.7 millones. Las objeciones principales fueron la omisión de ingresos al tratar impuestos como parte del precio, y la deducción improcedente de costos por servicios de no domiciliados (sin retención), gastos que beneficiaban a una parte relacionada, y gastos por un contrato de franquicia y pago de dividendos. El TAIIA confirmó en su totalidad la resolución de la DGII, validando todos los hallazgos y sanciones.
Lección: Para que un costo o gasto sea deducible, es crucial demostrar de manera fehaciente su necesidad y vinculación directa con la generación de renta gravable o la conservación de la fuente, especialmente en operaciones con partes relacionadas o no domiciliadas. El incumplimiento de obligaciones formales, como la retención de impuestos a no domiciliados por servicios utilizados en el país, anula automáticamente el derecho a la deducción del gasto asociado.