2022
216 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | Renta | IVA | Aduana | Código Tributario | Otros | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $1,623,183 Renta - Ene
Monto:
$1,623,183
% del total general:
1.50%
| $791,016 IVA - Ene
Monto:
$791,016
% del total general:
0.73%
| $123,659 Aduana - Ene
Monto:
$123,659
% del total general:
0.11%
| $2,838 Código Tributario - Ene
Monto:
$2,838
% del total general:
0.00%
| - | $2,540,696 |
| Feb | $8,106,096 Renta - Feb
Monto:
$8,106,096
% del total general:
7.50%
| $781,242 IVA - Feb
Monto:
$781,242
% del total general:
0.72%
| $46,335 Aduana - Feb
Monto:
$46,335
% del total general:
0.04%
| $31,064 Código Tributario - Feb
Monto:
$31,064
% del total general:
0.03%
| - | $8,964,736 |
| Mar | $5,093,570 Renta - Mar
Monto:
$5,093,570
% del total general:
4.71%
| $949,941 IVA - Mar
Monto:
$949,941
% del total general:
0.88%
| $42,270 Aduana - Mar
Monto:
$42,270
% del total general:
0.04%
| $132,577 Código Tributario - Mar
Monto:
$132,577
% del total general:
0.12%
| $675 Otros - Mar
Monto:
$675
% del total general:
0.00%
| $6,219,033 |
| Abr | $1,343,778 Renta - Abr
Monto:
$1,343,778
% del total general:
1.24%
| $191,328 IVA - Abr
Monto:
$191,328
% del total general:
0.18%
| $5,111 Aduana - Abr
Monto:
$5,111
% del total general:
0.00%
| $675 Código Tributario - Abr
Monto:
$675
% del total general:
0.00%
| - | $1,540,891 |
| May | $400,230 Renta - May
Monto:
$400,230
% del total general:
0.37%
| $1,372,715 IVA - May
Monto:
$1,372,715
% del total general:
1.27%
| $201,799 Aduana - May
Monto:
$201,799
% del total general:
0.19%
| $42,069 Código Tributario - May
Monto:
$42,069
% del total general:
0.04%
| - | $2,016,813 |
| Jun | $3,227,458 Renta - Jun
Monto:
$3,227,458
% del total general:
2.99%
| $10,339,556 IVA - Jun
Monto:
$10,339,556
% del total general:
9.57%
| - | $32,003 Código Tributario - Jun
Monto:
$32,003
% del total general:
0.03%
| - | $13,599,017 |
| Jul | $1,171,508 Renta - Jul
Monto:
$1,171,508
% del total general:
1.08%
| $694,432 IVA - Jul
Monto:
$694,432
% del total general:
0.64%
| $22,018 Aduana - Jul
Monto:
$22,018
% del total general:
0.02%
| $69,717 Código Tributario - Jul
Monto:
$69,717
% del total general:
0.06%
| - | $1,957,674 |
| Ago | $4,347,886 Renta - Ago
Monto:
$4,347,886
% del total general:
4.02%
| $2,258,422 IVA - Ago
Monto:
$2,258,422
% del total general:
2.09%
| $58,911 Aduana - Ago
Monto:
$58,911
% del total general:
0.05%
| - | - | $6,665,220 |
| Sep | $4,654,154 Renta - Sep
Monto:
$4,654,154
% del total general:
4.31%
| $673,580 IVA - Sep
Monto:
$673,580
% del total general:
0.62%
| $368,331 Aduana - Sep
Monto:
$368,331
% del total general:
0.34%
| - | - | $5,696,065 |
| Oct | $11,808,490 Renta - Oct
Monto:
$11,808,490
% del total general:
10.93%
| $404,656 IVA - Oct
Monto:
$404,656
% del total general:
0.37%
| $18,286 Aduana - Oct
Monto:
$18,286
% del total general:
0.02%
| $24,602 Código Tributario - Oct
Monto:
$24,602
% del total general:
0.02%
| - | $12,256,035 |
| Nov | $8,809,920 Renta - Nov
Monto:
$8,809,920
% del total general:
8.15%
| $589,696 IVA - Nov
Monto:
$589,696
% del total general:
0.55%
| $123,019 Aduana - Nov
Monto:
$123,019
% del total general:
0.11%
| $22,486 Código Tributario - Nov
Monto:
$22,486
% del total general:
0.02%
| - | $9,545,121 |
| Dic | $35,439,131 Renta - Dic
Monto:
$35,439,131
% del total general:
32.79%
| $1,360,074 IVA - Dic
Monto:
$1,360,074
% del total general:
1.26%
| $76,202 Aduana - Dic
Monto:
$76,202
% del total general:
0.07%
| $209,415 Código Tributario - Dic
Monto:
$209,415
% del total general:
0.19%
| - | $37,084,822 |
| Total | $86,025,404 | $20,406,657 | $1,085,940 | $567,446 | $675 | $108,086,122 |
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El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determinó un impuesto sobre la renta complementario y una multa por evasión intencional a un contribuyente. La empresa omitió ingresos al usar incorrectamente notas de crédito para ajustar ventas y, además, dedujo costos y gastos sin cumplir los requisitos legales, como no enterar las retenciones de ISR y seguridad social y carecer de la documentación de respaldo adecuada.
Lección: Es crucial seguir estrictamente los procedimientos legales para ajustar operaciones de venta: usar Notas de Crédito solo para CCF (y poder probar su entrega) y anular/reemitir documentos para FCF/FE. Además, para que los costos y gastos sean deducibles, es indispensable no solo tener la documentación de soporte, sino también haber cumplido con todas las obligaciones asociadas, como el entero de las retenciones de impuestos y cotizaciones sociales.
Un contribuyente fue sancionado por la presentación extemporánea del informe F-930. Apeló argumentando la caducidad de la acción, la desproporcionalidad de la multa y un error en el cálculo del patrimonio base. El Tribunal desestimó los dos primeros puntos, pero le dio la razón en el tercero, al determinar que la DGII incluyó indebidamente un superávit por revaluación (derivado de la adopción de NIIF) en la base de cálculo, por lo que procedió a modificar y reducir el monto de la multa.
Lección: Es crucial documentar y poder demostrar que las cuentas patrimoniales que surgen de procesos de revaluación, como la adopción de NIIF, constituyen un 'superávit por revalúo de activos no realizado'. Esto permite su exclusión de la base de cálculo para multas basadas en el patrimonio, como la del artículo 241 literal e) del Código Tributario, evitando así sanciones sobreestimadas.
Un contribuyente apeló una determinación de IVA y una multa, argumentando que la facultad de la DGII para fiscalizar había caducado y que sus créditos fiscales por compras pagadas con depósitos en efectivo eran válidos. El Tribunal rechazó el argumento de caducidad, pero aceptó que los depósitos en la cuenta del proveedor cumplen con el requisito legal de usar el sistema financiero, revocando la mayor parte del impuesto y la multa correspondiente.
Lección: Para asegurar la deducibilidad de créditos fiscales en compras mayores a 58 salarios mínimos, el pago debe ser trazable a través del sistema financiero. El Tribunal de Apelaciones interpreta que un depósito en efectivo (remesa) en la cuenta bancaria del proveedor cumple este requisito, siempre que se pueda documentar claramente el origen de los fondos y su vinculación con la compra, satisfaciendo así el objetivo de control de la norma.
Un contribuyente que presta servicios de seguridad clasificó incorrectamente sus ingresos como exportaciones (a Zonas Francas) y exentos (a instituciones educativas). El Tribunal confirma la determinación del IVA adeudado, pero revoca la totalidad de las multas impuestas por la DGII, al considerar que se violó la seguridad jurídica del contribuyente cuando la Tesorería le aprobó un plan de pago bajo amnistía fiscal, generando un derecho que no podía ser desconocido posteriormente.
Lección: Los servicios generales, como la seguridad privada, prestados a empresas usuarias de Zonas Francas no califican para la tasa 0% de IVA, ya que no son considerados insumos necesarios para la actividad productiva incentivada. Dichos servicios deben ser gravados con la tasa general del 13%. Además, las actuaciones de las diferentes dependencias de la Administración Tributaria deben ser coherentes para no vulnerar la seguridad jurídica del contribuyente.
El Tribunal de Apelaciones modifica las multas impuestas a un contribuyente por no presentar y presentar tardíamente el informe de retenciones de IVA (F-930). Aunque confirma la procedencia de las sanciones y desestima los alegatos de caducidad y desproporcionalidad, el Tribunal ajusta a la baja el monto de las multas al determinar que la DGII calculó erróneamente el patrimonio base (al no excluir un superávit por adopción de NIIF) y aplicó incorrectamente la gradualidad por extemporaneidad en uno de los períodos.
Lección: Al calcular multas basadas en el patrimonio, es crucial asegurarse de que la base de cálculo excluya explícitamente el 'superávit por revalúo de activos no realizado', lo cual, según el criterio del Tribunal, incluye los ajustes patrimoniales derivados de la adopción de NIIF que representen revaluaciones no realizadas. Los contribuyentes deben documentar y defender activamente la composición de su patrimonio para evitar cálculos incorrectos por parte de la administración tributaria.