2023
187 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | Renta | IVA | Código Tributario | Otros | Aduana | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $8,578,609 Renta - Ene
Monto:
$8,578,609
% del total general:
9.04%
| $168,107 IVA - Ene
Monto:
$168,107
% del total general:
0.18%
| $29,700 Código Tributario - Ene
Monto:
$29,700
% del total general:
0.03%
| - | - | $8,776,416 |
| Feb | $8,142,175 Renta - Feb
Monto:
$8,142,175
% del total general:
8.58%
| - | - | - | $412,597 Aduana - Feb
Monto:
$412,597
% del total general:
0.43%
| $8,554,772 |
| Mar | $29,513,363 Renta - Mar
Monto:
$29,513,363
% del total general:
31.08%
| $199,871 IVA - Mar
Monto:
$199,871
% del total general:
0.21%
| $124,543 Código Tributario - Mar
Monto:
$124,543
% del total general:
0.13%
| - | $196,588 Aduana - Mar
Monto:
$196,588
% del total general:
0.21%
| $30,034,366 |
| Abr | $6,943,557 Renta - Abr
Monto:
$6,943,557
% del total general:
7.31%
| $1,581,993 IVA - Abr
Monto:
$1,581,993
% del total general:
1.67%
| $1,425 Código Tributario - Abr
Monto:
$1,425
% del total general:
0.00%
| - | $490,865 Aduana - Abr
Monto:
$490,865
% del total general:
0.52%
| $9,017,841 |
| May | $2,574,265 Renta - May
Monto:
$2,574,265
% del total general:
2.71%
| $7,834 IVA - May
Monto:
$7,834
% del total general:
0.01%
| - | - | $865,371 Aduana - May
Monto:
$865,371
% del total general:
0.91%
| $3,447,470 |
| Jun | $1,614,484 Renta - Jun
Monto:
$1,614,484
% del total general:
1.70%
| $234,855 IVA - Jun
Monto:
$234,855
% del total general:
0.25%
| - | - | - | $1,849,339 |
| Jul | $2,464,264 Renta - Jul
Monto:
$2,464,264
% del total general:
2.60%
| - | - | - | - | $2,464,264 |
| Ago | $3,533,546 Renta - Ago
Monto:
$3,533,546
% del total general:
3.72%
| $44,668 IVA - Ago
Monto:
$44,668
% del total general:
0.05%
| $200,917 Código Tributario - Ago
Monto:
$200,917
% del total general:
0.21%
| - | $2,350 Aduana - Ago
Monto:
$2,350
% del total general:
0.00%
| $3,781,481 |
| Sep | $2,694,953 Renta - Sep
Monto:
$2,694,953
% del total general:
2.84%
| - | - | - | - | $2,694,953 |
| Oct | $13,857,250 Renta - Oct
Monto:
$13,857,250
% del total general:
14.59%
| - | - | - | - | $13,857,250 |
| Nov | $8,586,168 Renta - Nov
Monto:
$8,586,168
% del total general:
9.04%
| $192,920 IVA - Nov
Monto:
$192,920
% del total general:
0.20%
| $5,796 Código Tributario - Nov
Monto:
$5,796
% del total general:
0.01%
| $66,447 Otros - Nov
Monto:
$66,447
% del total general:
0.07%
| - | $8,851,332 |
| Dic | $354,050 Renta - Dic
Monto:
$354,050
% del total general:
0.37%
| $6,346 IVA - Dic
Monto:
$6,346
% del total general:
0.01%
| $2,736 Código Tributario - Dic
Monto:
$2,736
% del total general:
0.00%
| - | $1,254,447 Aduana - Dic
Monto:
$1,254,447
% del total general:
1.32%
| $1,617,579 |
| Total | $88,856,684 | $2,436,595 | $365,117 | $66,447 | $3,222,218 | $94,947,062 |
Buscar Sentencias
Un contribuyente interpuso un recurso de apelación ante el TAIIA contra una resolución de la DGII. Posteriormente, antes de que el recurso fuera admitido, el representante legal de la sociedad solicitó el desistimiento total del mismo para acogerse a los beneficios de una ley de amnistía fiscal. El Tribunal, tras verificar la facultad del representante legal y la ausencia de impedimentos legales, aceptó el desistimiento y dio por finalizado el caso.
Lección: Un contribuyente puede desistir de un recurso de apelación en cualquier momento, incluso por razones estratégicas como acogerse a una amnistía fiscal. Es fundamental que la persona que presenta el desistimiento tenga la representación legal y las facultades suficientes para hacerlo, ya que el Tribunal verificará dicha potestad antes de aceptar la solicitud.
Un contribuyente interpuso un recurso de apelación contra una resolución de la Dirección General de Aduanas. Posteriormente, el contribuyente presentó un escrito para desistir totalmente del recurso, con el objetivo de acogerse a los beneficios de una ley de amnistía fiscal. El Tribunal de Apelaciones aceptó el desistimiento, basándose en la Ley de Procedimientos Administrativos, y dio por finalizado el proceso.
Lección: Un contribuyente puede retirar (desistir) un recurso de apelación en cualquier fase del proceso para aprovechar beneficios fiscales, como una amnistía. Es un derecho reconocido por la ley que, una vez ejercido y aceptado por el Tribunal, pone fin al litigio administrativo.
Un contribuyente, a través de su apoderada, solicitó el desistimiento total de un recurso de apelación interpuesto contra una resolución de la Dirección General de Aduanas. La razón fue acogerse a los beneficios de una ley transitoria de amnistía fiscal. El Tribunal de Apelaciones, tras verificar que la apoderada tenía las facultades necesarias y que no había impedimentos legales, aceptó el desistimiento y dio por finalizado el caso.
Lección: Un contribuyente puede desistir de un recurso de apelación en cualquier momento para acogerse a los beneficios de una amnistía fiscal, siempre que su representante legal cuente con las facultades específicas para ello. Es una estrategia procesal válida para terminar un litigio y regularizar la situación fiscal bajo condiciones favorables.
Un contribuyente interpuso un recurso de apelación ante el TAIIA contra una resolución de la DGII. Antes de que se emitiera la sentencia, el contribuyente presentó un escrito para desistir del recurso, con el objetivo de acogerse a los beneficios de una ley transitoria de facilidades de pago. El Tribunal aceptó el desistimiento y dio por finalizado el caso.
Lección: El contribuyente tiene el derecho de desistir de un recurso de apelación en cualquier momento antes de la sentencia. Esta es una opción estratégica a considerar, especialmente si surgen normativas transitorias como amnistías fiscales que ofrezcan mejores condiciones para regularizar la situación tributaria que continuar con el litigio.
El contribuyente interpuso un recurso de apelación contra una resolución de la DGII que le determinó un impuesto sobre el IVA y le impuso multas por evasión y omisión de declaración. El Tribunal de Apelaciones declaró inadmisible el recurso por haber sido presentado un día después de vencido el plazo legal de quince días, sin analizar los argumentos de fondo del contribuyente.
Lección: Es fundamental cumplir rigurosamente con los plazos procesales para la interposición de recursos. La presentación extemporánea, incluso por un solo día, resulta en la inadmisibilidad del recurso, dejando firme el acto administrativo impugnado y perdiendo la oportunidad de defensa sobre el fondo del asunto.