2023
187 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | Renta | IVA | Código Tributario | Otros | Aduana | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $8,578,609 Renta - Ene
Monto:
$8,578,609
% del total general:
9.04%
| $168,107 IVA - Ene
Monto:
$168,107
% del total general:
0.18%
| $29,700 Código Tributario - Ene
Monto:
$29,700
% del total general:
0.03%
| - | - | $8,776,416 |
| Feb | $8,142,175 Renta - Feb
Monto:
$8,142,175
% del total general:
8.58%
| - | - | - | $412,597 Aduana - Feb
Monto:
$412,597
% del total general:
0.43%
| $8,554,772 |
| Mar | $29,513,363 Renta - Mar
Monto:
$29,513,363
% del total general:
31.08%
| $199,871 IVA - Mar
Monto:
$199,871
% del total general:
0.21%
| $124,543 Código Tributario - Mar
Monto:
$124,543
% del total general:
0.13%
| - | $196,588 Aduana - Mar
Monto:
$196,588
% del total general:
0.21%
| $30,034,366 |
| Abr | $6,943,557 Renta - Abr
Monto:
$6,943,557
% del total general:
7.31%
| $1,581,993 IVA - Abr
Monto:
$1,581,993
% del total general:
1.67%
| $1,425 Código Tributario - Abr
Monto:
$1,425
% del total general:
0.00%
| - | $490,865 Aduana - Abr
Monto:
$490,865
% del total general:
0.52%
| $9,017,841 |
| May | $2,574,265 Renta - May
Monto:
$2,574,265
% del total general:
2.71%
| $7,834 IVA - May
Monto:
$7,834
% del total general:
0.01%
| - | - | $865,371 Aduana - May
Monto:
$865,371
% del total general:
0.91%
| $3,447,470 |
| Jun | $1,614,484 Renta - Jun
Monto:
$1,614,484
% del total general:
1.70%
| $234,855 IVA - Jun
Monto:
$234,855
% del total general:
0.25%
| - | - | - | $1,849,339 |
| Jul | $2,464,264 Renta - Jul
Monto:
$2,464,264
% del total general:
2.60%
| - | - | - | - | $2,464,264 |
| Ago | $3,533,546 Renta - Ago
Monto:
$3,533,546
% del total general:
3.72%
| $44,668 IVA - Ago
Monto:
$44,668
% del total general:
0.05%
| $200,917 Código Tributario - Ago
Monto:
$200,917
% del total general:
0.21%
| - | $2,350 Aduana - Ago
Monto:
$2,350
% del total general:
0.00%
| $3,781,481 |
| Sep | $2,694,953 Renta - Sep
Monto:
$2,694,953
% del total general:
2.84%
| - | - | - | - | $2,694,953 |
| Oct | $13,857,250 Renta - Oct
Monto:
$13,857,250
% del total general:
14.59%
| - | - | - | - | $13,857,250 |
| Nov | $8,586,168 Renta - Nov
Monto:
$8,586,168
% del total general:
9.04%
| $192,920 IVA - Nov
Monto:
$192,920
% del total general:
0.20%
| $5,796 Código Tributario - Nov
Monto:
$5,796
% del total general:
0.01%
| $66,447 Otros - Nov
Monto:
$66,447
% del total general:
0.07%
| - | $8,851,332 |
| Dic | $354,050 Renta - Dic
Monto:
$354,050
% del total general:
0.37%
| $6,346 IVA - Dic
Monto:
$6,346
% del total general:
0.01%
| $2,736 Código Tributario - Dic
Monto:
$2,736
% del total general:
0.00%
| - | $1,254,447 Aduana - Dic
Monto:
$1,254,447
% del total general:
1.32%
| $1,617,579 |
| Total | $88,856,684 | $2,436,595 | $365,117 | $66,447 | $3,222,218 | $94,947,062 |
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El Tribunal de Apelaciones confirma las multas impuestas por la DGII a un contribuyente por no presentar el listado de accionistas (F-915) en los ejercicios 2020 y 2021, y por presentarlo tardíamente para 2022. El Tribunal desestima la solicitud del contribuyente de mayores atenuantes y de acogerse a una ley de amnistía fiscal, argumentando que las atenuantes legales ya fueron aplicadas y que dicha ley no cubre infracciones a obligaciones formales.
Lección: Es crucial cumplir puntualmente con todas las obligaciones formales, como la presentación del informe de socios y distribución de utilidades (F-915), ya que su incumplimiento genera multas que no son condonables más allá de las atenuantes específicas del Código Tributario y, por lo general, quedan excluidas de los beneficios de las leyes de amnistía fiscal.
El Tribunal confirma una multa de $1,080.00 impuesta a una sociedad por no presentar el informe de socios (F-915) del ejercicio 2021. El contribuyente alegó la enfermedad de una empleada y haber subsanado tardíamente, pero el Tribunal desestimó los argumentos, aclarando que los problemas internos no eximen de responsabilidad a la persona jurídica y que la subsanación extemporánea no da derecho a la atenuante de la multa.
Lección: Las obligaciones tributarias formales, como la presentación del informe de socios (F-915), deben ser cumplidas puntualmente por la persona jurídica, independientemente de circunstancias personales de sus empleados. Para acceder a beneficios como la atenuante de multas, es crucial actuar dentro de los plazos procesales que otorga la Administración Tributaria durante el procedimiento sancionador.
Un contribuyente interpuso un recurso de apelación ante el TAIIA contra una resolución de la DGII. Antes de que se emitiera la sentencia, el contribuyente presentó un escrito para desistir del recurso, con el objetivo de acogerse a los beneficios de una ley transitoria de facilidades de pago. El Tribunal aceptó el desistimiento y dio por finalizado el caso.
Lección: El contribuyente tiene el derecho de desistir de un recurso de apelación en cualquier momento antes de la sentencia. Esta es una opción estratégica a considerar, especialmente si surgen normativas transitorias como amnistías fiscales que ofrezcan mejores condiciones para regularizar la situación tributaria que continuar con el litigio.
El Tribunal confirma una multa de $756.00 impuesta a una sociedad por no presentar el Formulario F-915 con el listado de sus accionistas del ejercicio 2021. El contribuyente argumentó erróneamente que solo estaba obligado a hacerlo si distribuía dividendos, pero el Tribunal aclaró que la ley exige presentar dicho listado anualmente, independientemente de si hubo o no reparto de utilidades.
Lección: Toda persona jurídica en El Salvador debe presentar anualmente, dentro del mes de enero, el Formulario F-915 informando el listado de sus socios o accionistas. Esta es una obligación formal independiente y obligatoria, sin importar si se distribuyeron o no dividendos en el ejercicio anterior.
Una sociedad fue multada por la DGII con $1,080.00 por no presentar el informe de accionistas (F-915). La sociedad apeló ante el TAIIA, pero en lugar de impugnar la multa, solicitó un plan de pagos. El Tribunal declaró el recurso improponible por falta de competencia, ya que no puede otorgar facilidades de pago, y redirigió la solicitud a la Dirección General de Tesorería, que es la entidad competente para ello.
Lección: Es fundamental dirigir las peticiones a la autoridad administrativa correcta. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) revisa la legalidad de multas e impuestos, pero no gestiona su cobro. Para solicitar planes de pago o facilidades para cumplir con obligaciones tributarias, los contribuyentes deben dirigirse a la Dirección General de Tesorería.