2023
187 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | Renta | IVA | Código Tributario | Otros | Aduana | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $8,578,609 Renta - Ene
Monto:
$8,578,609
% del total general:
9.04%
| $168,107 IVA - Ene
Monto:
$168,107
% del total general:
0.18%
| $29,700 Código Tributario - Ene
Monto:
$29,700
% del total general:
0.03%
| - | - | $8,776,416 |
| Feb | $8,142,175 Renta - Feb
Monto:
$8,142,175
% del total general:
8.58%
| - | - | - | $412,597 Aduana - Feb
Monto:
$412,597
% del total general:
0.43%
| $8,554,772 |
| Mar | $29,513,363 Renta - Mar
Monto:
$29,513,363
% del total general:
31.08%
| $199,871 IVA - Mar
Monto:
$199,871
% del total general:
0.21%
| $124,543 Código Tributario - Mar
Monto:
$124,543
% del total general:
0.13%
| - | $196,588 Aduana - Mar
Monto:
$196,588
% del total general:
0.21%
| $30,034,366 |
| Abr | $6,943,557 Renta - Abr
Monto:
$6,943,557
% del total general:
7.31%
| $1,581,993 IVA - Abr
Monto:
$1,581,993
% del total general:
1.67%
| $1,425 Código Tributario - Abr
Monto:
$1,425
% del total general:
0.00%
| - | $490,865 Aduana - Abr
Monto:
$490,865
% del total general:
0.52%
| $9,017,841 |
| May | $2,574,265 Renta - May
Monto:
$2,574,265
% del total general:
2.71%
| $7,834 IVA - May
Monto:
$7,834
% del total general:
0.01%
| - | - | $865,371 Aduana - May
Monto:
$865,371
% del total general:
0.91%
| $3,447,470 |
| Jun | $1,614,484 Renta - Jun
Monto:
$1,614,484
% del total general:
1.70%
| $234,855 IVA - Jun
Monto:
$234,855
% del total general:
0.25%
| - | - | - | $1,849,339 |
| Jul | $2,464,264 Renta - Jul
Monto:
$2,464,264
% del total general:
2.60%
| - | - | - | - | $2,464,264 |
| Ago | $3,533,546 Renta - Ago
Monto:
$3,533,546
% del total general:
3.72%
| $44,668 IVA - Ago
Monto:
$44,668
% del total general:
0.05%
| $200,917 Código Tributario - Ago
Monto:
$200,917
% del total general:
0.21%
| - | $2,350 Aduana - Ago
Monto:
$2,350
% del total general:
0.00%
| $3,781,481 |
| Sep | $2,694,953 Renta - Sep
Monto:
$2,694,953
% del total general:
2.84%
| - | - | - | - | $2,694,953 |
| Oct | $13,857,250 Renta - Oct
Monto:
$13,857,250
% del total general:
14.59%
| - | - | - | - | $13,857,250 |
| Nov | $8,586,168 Renta - Nov
Monto:
$8,586,168
% del total general:
9.04%
| $192,920 IVA - Nov
Monto:
$192,920
% del total general:
0.20%
| $5,796 Código Tributario - Nov
Monto:
$5,796
% del total general:
0.01%
| $66,447 Otros - Nov
Monto:
$66,447
% del total general:
0.07%
| - | $8,851,332 |
| Dic | $354,050 Renta - Dic
Monto:
$354,050
% del total general:
0.37%
| $6,346 IVA - Dic
Monto:
$6,346
% del total general:
0.01%
| $2,736 Código Tributario - Dic
Monto:
$2,736
% del total general:
0.00%
| - | $1,254,447 Aduana - Dic
Monto:
$1,254,447
% del total general:
1.32%
| $1,617,579 |
| Total | $88,856,684 | $2,436,595 | $365,117 | $66,447 | $3,222,218 | $94,947,062 |
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El Tribunal de Apelaciones confirma la decisión de la DGII de rechazar deducciones de gastos de operación por $284,553.19 a una empresa avícola. Los gastos, que incluían promociones a clientes y costos financieros, fueron objetados por no demostrar su necesidad para generar renta y por carecer de la documentación de respaldo legalmente idónea, como facturas emitidas a terceros o comprobantes de crédito fiscal.
Lección: Para asegurar la deducibilidad de un gasto, no es suficiente que la operación sea real; es indispensable contar con la documentación de respaldo legalmente idónea (facturas o CCF a nombre de terceros) y poder demostrar de manera fehaciente el nexo causal entre el gasto y la generación de renta gravable. La falta de cumplimiento de los requisitos formales invalida la deducción, independientemente de la materialidad del gasto.
El Tribunal de Apelaciones revoca una resolución de la DGII que determinaba impuesto, multa y disminución de saldo a favor a una empresa de telecomunicaciones. Aunque el tribunal confirmó algunas objeciones de la DGII (ingresos no devengados, gastos ilegales y de períodos anteriores), anuló los puntos más significativos (costo de ventas y bonificaciones) debido a errores de procedimiento de la administración, como falta de motivación y violación a la seguridad jurídica, lo que resultó en la anulación total del ajuste fiscal.
Lección: Es crucial no solo mantener documentación de respaldo completa y adecuada para todos los costos y gastos, sino también asegurar que los registros contables se realicen en el período fiscal correcto según el principio de devengo. Además, una defensa fiscal exitosa puede basarse en identificar y argumentar vicios de procedimiento en la actuación de la administración tributaria, como la falta de motivación o cambios de criterio que generen indefensión.
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determinó impuesto sobre la renta, multa por evasión intencional y multa por incumplimiento formal a una empresa importadora de vehículos. La empresa omitió ingresos, dedujo costos sin la documentación adecuada y realizó ajustes contables irregulares. El Tribunal desestimó los alegatos del contribuyente sobre caducidad del procedimiento y validó los hallazgos y sanciones de la DGII, reafirmando la necesidad de un soporte documental y contable riguroso.
Lección: Es crucial mantener una contabilidad formal y ordenada, registrando todas las operaciones de forma cronológica y soportando cada costo y gasto con documentos idóneos y legales, más allá de las declaraciones de importación. Cualquier modificación a los registros contables debe realizarse siguiendo estrictamente los procedimientos legales, incluyendo la certificación de un auditor, para garantizar la deducibilidad fiscal y evitar sanciones por evasión.
El Tribunal de Apelaciones confirma una resolución de la DGII que determinó un impuesto sobre la renta a pagar y una multa a un contribuyente para el ejercicio 2015. La objeción principal, y confirmada, fue el rechazo de la deducción de costos de venta por $799,962.58, correspondientes a la compra de productos lácteos de Nicaragua, debido a que los pagos, al superar los 25 salarios mínimos, no se realizaron a través de medios bancarios como exige la Ley de Impuesto sobre la Renta.
Lección: Para asegurar la deducibilidad de un costo o gasto en el Impuesto sobre la Renta, toda operación de adquisición de bienes o servicios por un monto igual o superior a 25 salarios mínimos mensuales debe ser pagada obligatoriamente a través de cheque, transferencia bancaria, o tarjeta de crédito/débito. Este requisito es estricto y aplica también a las compras internacionales (internaciones), y el pago debe ser verificable y dirigido al proveedor directo de la operación.
La Dirección General de Aduanas (DGA) determinó el pago de Derechos Arancelarios a la Importación (DAI) e IVA a una empresa que importó varillas de acero de Guatemala bajo un arancel del 0%, después de que un procedimiento de verificación concluyera que las mercancías no eran originarias de dicho país. El contribuyente apeló alegando la caducidad de la facultad de fiscalización y vicios procesales. El Tribunal modificó la resolución, declarando la caducidad para una parte de las importaciones, pero confirmando el cobro para el resto, al considerar que los argumentos sobre el origen de la mercancía ya no podían discutirse en esta etapa procesal.
Lección: La defensa por caducidad en materia aduanera es viable, pero su cómputo debe considerar eventos que interrumpen o suspenden el plazo, como decretos especiales y sentencias constitucionales. Es crucial que el importador participe y agote sus defensas en el procedimiento de verificación de origen, ya que una vez que la resolución de no origen queda firme, no podrá reabrirse la discusión sobre el origen en la posterior fiscalización para el cobro de impuestos.