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2024

134 sentencias analizadas

DGII gana
80%
En disputa
$41,294,316
Filtrar por tipo de fallo:

Impacto Monetario por Tipo de Fallo

Confirmatorias
$7,149,041
17.3% del total
Revocatorias
$14,382,412
34.8% del total
Modificatorias
$19,351,760
46.9% del total
Improponibles
$254,056
0.6% del total
Otros
$157,047
0.4% del total

Tendencia Mensual

Ene
Feb
Mar
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Oct
Nov
Dic
Confirmatorias
Revocatorias
Modificatorias
Improponibles

Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)

Mes Renta Otros IVA Código Tributario Aduana Total Mes
Ene $20,589,825 $25,055 $21,634 $7,736 - $20,644,250
Feb $415,961 - - - - $415,961
Mar $267,952 - $158,301 $293,094 - $719,346
Abr $1,908,187 - $176,826 $20,028 $151,019 $2,256,060
May $338,172 - $713,283 $21,388 - $1,072,843
Jun $1,120,824 $3,240 $200,698 $5,756,227 - $7,080,990
Jul - - $1,549,330 $13,946 - $1,563,275
Ago $719,015 $504 - $7,506 $1,641,671 $2,368,695
Sep $828,370 $20,800 - $13,464 $887,189 $1,749,823
Oct $507,879 $115,719 $59,489 $63,035 $554,267 $1,300,390
Nov $724,900 - $23,643 $225,755 - $974,298
Dic $897,117 $7,080 $132,090 $112,096 - $1,148,384
Total $28,318,202 $172,399 $3,035,294 $6,534,275 $3,234,145 $41,294,316

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R2304010TM Modificatoria Renta 28 feb 2024

La DGII determinó un impuesto sobre la renta millonario a una empresa de telecomunicaciones por rentas no declaradas y el rechazo de diversos gastos, incluyendo servicios de franquicia, subsidios de teléfonos y descuentos a distribuidores. El Tribunal de Apelaciones modificó la resolución, revocando la mayoría de las objeciones al considerar que el contribuyente sí demostró la existencia y necesidad de los gastos, resultando en un saldo a favor para la empresa y confirmando únicamente una multa por no proporcionar información.

Lección: La documentación exhaustiva y la capacidad de demostrar la 'verdad material' de las operaciones son cruciales para defender la deducibilidad de gastos complejos como servicios con no domiciliados, subsidios comerciales y descuentos en canales de distribución. No basta con el registro contable; se debe poder reconstruir y probar la lógica de negocio y la efectividad de cada erogación con contratos, correos, reportes y documentos de soporte idóneos, como 'invoices' para pagos al exterior.

$350,640
en disputa
45 arts. citados
R2305014TM Modificatoria Renta 28 feb 2024

El Tribunal de Apelaciones modifica una determinación de la DGII contra una empresa bajo régimen de Depósito para Perfeccionamiento Activo (DPA). El Tribunal confirma que los ingresos por intereses de refinanciamiento son gravados por no ser parte de la actividad autorizada, pero revoca la determinación sobre los ingresos por servicios de maquila, al considerarlos exentos bajo el Art. 24 de la Ley de Zonas Francas. También confirma el rechazo de gastos no documentados adecuadamente y el ajuste a la ganancia de capital, resultando en un ajuste a la disminución del saldo a favor y la revocación del impuesto y la multa determinados por la DGII.

Lección: Las empresas bajo regímenes especiales deben asegurarse de que todos sus ingresos declarados como exentos provengan estrictamente de las actividades autorizadas en su acuerdo ejecutivo. Además, es crucial documentar todos los costos y gastos deducibles no solo con pruebas de la erogación (transferencias, estados de cuenta), sino con los documentos tributarios formales exigidos por la ley (ej. Comprobantes de Crédito Fiscal), ya que la falta de estos invalida la deducción fiscalmente.

$59,911
en disputa
49 arts. citados
R2306003TM Confirmatoria Renta 23 feb 2024

El Tribunal de Apelaciones confirma la resolución de la DGII que determina un impuesto omitido de $1,473.57 por retenciones de Renta no enteradas y dos multas: una por el mismo valor del impuesto y otra de $2,463.55 por no exhibir información. El contribuyente alegó violación al debido proceso por no estar operando, pero el Tribunal desestimó sus argumentos, confirmando que la obligación de enterar impuestos retenidos no prescribe y que las notificaciones en la dirección registrada son válidas.

Lección: Los contribuyentes deben cumplir con todos los requerimientos de información de la Administración Tributaria y mantener actualizada su dirección para recibir notificaciones, incluso si la empresa ha cesado sus operaciones. Retener impuestos y no enterarlos al fisco es una infracción grave cuya facultad de cobro y sanción por parte de la DGII no caduca.

$5,411
en disputa
24 arts. citados
008-1023 Desistimiento Código Tributario 13 feb 2024

Un contribuyente interpuso un recurso de apelación contra una resolución de la DGII, pero luego solicitó desistir para acogerse a una ley de amnistía fiscal. El Tribunal previno al contribuyente en dos ocasiones, primero por no presentar los alegatos requeridos y segundo para que confirmara su desistimiento tras advertirle que la ley no exoneraba la multa como parecía creer. Ante la falta de respuesta a las prevenciones, el Tribunal aceptó el desistimiento total del recurso.

Lección: Es fundamental atender y responder de manera oportuna y completa a todas las prevenciones y notificaciones de los tribunales administrativos. El silencio o la inacción pueden llevar a que se tomen decisiones procesales, como tener por aceptado un desistimiento, sin que el contribuyente haya podido aclarar o reconsiderar su posición con toda la información relevante.

3 arts. citados
A2307007M Revocatoria Aduana 31 ene 2024

Un contribuyente fue sancionado por la Dirección General de Aduanas (DGA) debido a un error en la declaración de importación de un vehículo que resultó en un pago menor de impuestos. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) revocó las sanciones, determinando que la DGA actuó sin competencia, ya que la potestad para sancionar infracciones relacionadas con el Impuesto a la Primera Matrícula y el Código Tributario corresponde exclusivamente a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), declarando nulos los actos de la DGA.

Lección: Las autoridades administrativas solo pueden actuar dentro de los límites de la competencia que la ley les otorga. La Dirección General de Aduanas no puede imponer sanciones que son competencia exclusiva de la Dirección General de Impuestos Internos, y cualquier acto emitido en exceso de sus facultades es nulo. Los contribuyentes deben verificar que la autoridad que impone una sanción sea la legalmente competente para hacerlo.

11 arts. citados
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