2025
109 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | Renta | Aduana | Código Tributario | IVA | Otros | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $7,133,037 Renta - Ene
Monto:
$7,133,037
% del total general:
23.55%
| $57,095 Aduana - Ene
Monto:
$57,095
% del total general:
0.19%
| $284 Código Tributario - Ene
Monto:
$284
% del total general:
0.00%
| - | - | $7,190,415 |
| Feb | $1,668,209 Renta - Feb
Monto:
$1,668,209
% del total general:
5.51%
| $29,150 Aduana - Feb
Monto:
$29,150
% del total general:
0.10%
| $359,365 Código Tributario - Feb
Monto:
$359,365
% del total general:
1.19%
| $856,196 IVA - Feb
Monto:
$856,196
% del total general:
2.83%
| $810 Otros - Feb
Monto:
$810
% del total general:
0.00%
| $2,913,729 |
| Mar | $2,533,769 Renta - Mar
Monto:
$2,533,769
% del total general:
8.37%
| $40,282 Aduana - Mar
Monto:
$40,282
% del total general:
0.13%
| - | - | - | $2,574,051 |
| Abr | $392,243 Renta - Abr
Monto:
$392,243
% del total general:
1.30%
| $61,620 Aduana - Abr
Monto:
$61,620
% del total general:
0.20%
| $1,797,069 Código Tributario - Abr
Monto:
$1,797,069
% del total general:
5.93%
| $61,361 IVA - Abr
Monto:
$61,361
% del total general:
0.20%
| $14,393 Otros - Abr
Monto:
$14,393
% del total general:
0.05%
| $2,326,685 |
| May | $3,437,715 Renta - May
Monto:
$3,437,715
% del total general:
11.35%
| $135,781 Aduana - May
Monto:
$135,781
% del total general:
0.45%
| $100,715 Código Tributario - May
Monto:
$100,715
% del total general:
0.33%
| - | - | $3,674,211 |
| Jun | - | $164,425 Aduana - Jun
Monto:
$164,425
% del total general:
0.54%
| $45,117 Código Tributario - Jun
Monto:
$45,117
% del total general:
0.15%
| - | - | $209,542 |
| Jul | $1,721,071 Renta - Jul
Monto:
$1,721,071
% del total general:
5.68%
| $2,382,951 Aduana - Jul
Monto:
$2,382,951
% del total general:
7.87%
| $720 Código Tributario - Jul
Monto:
$720
% del total general:
0.00%
| $720 IVA - Jul
Monto:
$720
% del total general:
0.00%
| - | $4,105,462 |
| Ago | $338,890 Renta - Ago
Monto:
$338,890
% del total general:
1.12%
| $34,409 Aduana - Ago
Monto:
$34,409
% del total general:
0.11%
| $896,783 Código Tributario - Ago
Monto:
$896,783
% del total general:
2.96%
| $1,267,309 IVA - Ago
Monto:
$1,267,309
% del total general:
4.18%
| $9,943 Otros - Ago
Monto:
$9,943
% del total general:
0.03%
| $2,547,335 |
| Sep | $1,037,681 Renta - Sep
Monto:
$1,037,681
% del total general:
3.43%
| - | $720 Código Tributario - Sep
Monto:
$720
% del total general:
0.00%
| $265,452 IVA - Sep
Monto:
$265,452
% del total general:
0.88%
| - | $1,303,852 |
| Oct | $3,371,095 Renta - Oct
Monto:
$3,371,095
% del total general:
11.13%
| $66,247 Aduana - Oct
Monto:
$66,247
% del total general:
0.22%
| - | - | - | $3,437,342 |
| Total | $21,633,709 | $2,971,960 | $3,200,773 | $2,451,038 | $25,145 | $30,282,625 |
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El Tribunal confirma una multa de $1,797,068.57 impuesta por la DGII a una empresa de telecomunicaciones por proporcionar información incompleta durante una fiscalización del ejercicio 2021. El contribuyente argumentó que sí entregó la información y cuestionó la discrecionalidad de la DGII en los plazos, pero el Tribunal determinó que la obligación de informar incluye entregarla en la forma y especificaciones requeridas, y que el incumplimiento fue evidente y no justificado.
Lección: Los contribuyentes deben atender los requerimientos de la Administración Tributaria de manera precisa, completa y estrictamente en los formatos y plazos solicitados. La simple entrega de documentos no es suficiente si no se cumplen las especificaciones del requerimiento, y la falta de diligencia en la preparación y entrega de la información puede derivar en sanciones económicas significativas, independientemente de la voluntad de colaborar.
El TAIIA confirma la resolución de la DGII que objeta créditos fiscales de IVA provenientes de importaciones de servicios de empresas relacionadas no domiciliadas, debido a que el contribuyente no logró demostrar la existencia efectiva y material de dichos servicios. Adicionalmente, se confirma la objeción de un crédito fiscal por una compra interna documentada con un comprobante duplicado y la multa por evasión no intencional resultante de las deducciones incorrectas.
Lección: Para deducir el crédito fiscal de IVA por servicios, especialmente los adquiridos de partes relacionadas, es indispensable contar con pruebas robustas y específicas que demuestren la prestación real y efectiva del servicio, su necesidad y el beneficio concreto para la empresa. Los contratos y comprobantes de pago por sí solos son insuficientes si no se acompañan de evidencia material como informes, entregables, minutas o cualquier otro soporte que acredite la materialización de la operación.
El Tribunal confirma la resolución de la DGII contra una entidad financiera por irregularidades en sus declaraciones de IVA de agosto a diciembre de 2020. Los hallazgos incluyen la omisión de ingresos exentos por LETES, la incorrecta clasificación de servicios de referenciamiento a su casa matriz como exportaciones, y la objeción de créditos fiscales de servicios importados de relacionadas y de outsourcing local por falta de prueba de su indispensabilidad. El Tribunal validó todas las actuaciones de la DGII, incluyendo la competencia del funcionario firmante y la no aplicación de la caducidad.
Lección: Es crucial mantener una documentación robusta y detallada que demuestre fehacientemente la indispensabilidad de todos los costos y gastos, especialmente en transacciones con partes relacionadas y servicios de outsourcing. Además, se debe aplicar correctamente el principio de territorialidad para el IVA, asegurando que los servicios declarados como exportación sean utilizados exclusivamente en el extranjero, ya que la Administración Tributaria y el Tribunal analizan el lugar del aprovechamiento efectivo del servicio.
El Tribunal de Apelaciones modifica una resolución de la DGII contra una empresa fabricante de tanques. Se confirma la determinación de renta por un pasivo no documentado y la objeción a costos de remuneraciones por una incorrecta clasificación laboral. Sin embargo, se revoca una objeción al costo de materia prima por un procedimiento de verificación defectuoso de la DGII y se ajusta la renta presunta por faltantes de inventario, resultando en una reducción del impuesto y la multa a pagar.
Lección: Es crucial mantener una rigurosa coherencia y respaldo documental en toda la contabilidad. Cada asiento, especialmente los ajustes a ejercicios cerrados y los pasivos, debe estar soportado. Además, los registros de inventario (Kardex, actas físicas, F-983) deben ser consistentes y el método de comparación debe seguir estrictamente la ley. Finalmente, la clasificación de las relaciones laborales debe basarse en la realidad de la subordinación y no en la denominación del contrato para asegurar la correcta deducción de costos.
Un contribuyente apeló ante el TAIIA una resolución de la DGII que respondía a su consulta sobre la exención de impuesto en una venta de inmueble. El Tribunal declaró el recurso improponible, argumentando que carece de competencia para revisar respuestas a consultas, ya que su mandato se limita a resolver apelaciones sobre liquidaciones de oficio de impuestos y la imposición de sanciones definitivas.
Lección: Antes de apelar, es fundamental identificar la naturaleza del acto administrativo. Únicamente las resoluciones definitivas que determinan un impuesto o imponen una sanción son apelables ante el TAIIA. Impugnar actos de simple trámite o respuestas a consultas resultará en la inadmisibilidad del recurso, obligando al contribuyente a recurrir a la vía contencioso-administrativa si desea continuar con la disputa.