2026
18 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | Impuesto sobre la Renta | Sin impuesto Materia Aduanera | Derechos Arancelarios a la Importación / IVA | Resoluciones Definitivas que causen un agravio | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $12,404,791 Impuesto sobre la Renta - Ene
Monto:
$12,404,791
% del total general:
66.19%
| - | - | - | $12,404,791 |
| Feb | $6,268,709 Impuesto sobre la Renta - Feb
Monto:
$6,268,709
% del total general:
33.45%
| - | $66,877 Derechos Arancelarios a la Importación / IVA - Feb
Monto:
$66,877
% del total general:
0.36%
| - | $6,335,586 |
| Total | $18,673,500 | $66,877 | $18,740,377 |
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El TAIIA confirmó la resolución de la DGII que determinó omisión de ingresos gravados y multa por evasión no intencional a una sociedad. La omisión se originó por la realización de ajustes improcedentes a ventas mediante Notas de Crédito con múltiples inconsistencias legales y ajustes contables sin el debido soporte documental.
Lección: Toda disminución a los ingresos gravados debe estar estrictamente respaldada por documentación fiscal idónea (Notas de Crédito) que cumpla con todos los requisitos legales, especialmente la referencia exacta al documento original modificado, asegurando que el ajuste nunca supere el valor de la operación inicial.
La DGA determinó el pago de DAI e IVA a una importadora tras declarar como no originaria una importación de camarón desde Honduras, debido a que el exportador no respondió el cuestionario de origen. La importadora apeló alegando que existía una prórroga vigente y que se rechazaron sus pruebas de origen en la fase de liquidación. El TAIIA confirmó los impuestos, aclarando que la prórroga correspondía a otro tratado distinto y que las pruebas de origen son impertinentes en la fase de liquidación oficiosa, pues debieron presentarse durante la verificación de origen.
Lección: Los importadores deben participar activamente y presentar las pruebas de origen durante el procedimiento de verificación de origen, ya que intentar demostrarlo en la fase posterior de liquidación oficiosa resultará en el rechazo de las pruebas por impertinencia procesal.
El TAIIA confirmó la resolución de la DGII que determinó impuesto sobre la renta y multa por evasión no intencional a una sociedad. Las objeciones se fundamentaron en la falta de retención del 25% por servicios de intermediación a una empresa en Barbados, la deducción indebida de penalidades por demora de barcos, la falta de documentación de soporte en ajustes de inventario y la falta de prueba sobre la necesidad de gastos por servicios corporativos.
Lección: Es fundamental documentar exhaustivamente la verdadera naturaleza de las transacciones internacionales para aplicar correctamente las retenciones de impuestos, así como conservar evidencia fehaciente que demuestre la necesidad y el beneficio directo de los servicios corporativos recibidos para justificar su deducibilidad fiscal.
La DGII fiscalizó a una sociedad farmacéutica respecto al Impuesto sobre la Renta del ejercicio 2021, determinando ingresos no declarados por ajustes improcedentes a ventas locales y exportaciones, y objetando costos y gastos (vivienda, colegiaturas, viajes, honorarios, bonificaciones y donaciones) por falta de documentación idónea y falta de necesidad. El TAIIA confirmó la resolución de la DGII, validando las liquidaciones y las multas impuestas por evasión no intencional y por no proporcionar información en los plazos legales, enfatizando que los ajustes a operaciones aduaneras requieren rectificación de las DM/DUCA y que los gastos deben cumplir estrictamente los requisitos formales y de necesidad.
Lección: Para que los ajustes a los ingresos y costos sean válidos fiscalmente, es indispensable cumplir con los requisitos formales exigidos por la ley: las Notas de Crédito deben referenciar siempre el CCF original, y cualquier ajuste a operaciones de comercio exterior (importaciones/exportaciones) debe respaldarse obligatoriamente con la rectificación de las Declaraciones de Mercancías ante Aduanas, no bastando los documentos comerciales emitidos por proveedores o clientes extranjeros.
La DGII objetó la deducción de más de 8.2 millones de dólares en gastos de venta por comisiones pagadas a 'talleristas' durante 2021, argumentando que estaban documentados con Comprobantes de Retención en lugar de Comprobantes de Crédito Fiscal o Facturas de Sujeto Excluido. El TAIIA confirmó la resolución de la DGII, determinando el pago de impuesto sobre la renta complementario y una multa por evasión no intencional, al concluir que los comprobantes de retención no son documentos idóneos para respaldar la deducibilidad de gastos por prestación de servicios.
Lección: Para que los gastos por pago de comisiones sean deducibles del Impuesto sobre la Renta, el contribuyente debe respaldarlos estrictamente con Comprobantes de Crédito Fiscal (si el proveedor es contribuyente) o Facturas de Sujeto Excluido, ya que los Comprobantes de Retención de IVA cumplen una función complementaria y no sustituyen el documento idóneo exigido por la ley.