2012
240 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | Aduana | IVA | Código Tributario | Renta | Otros | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $1,001,700 Aduana - Ene
Monto:
$1,001,700
% del total general:
3.47%
| $932,823 IVA - Ene
Monto:
$932,823
% del total general:
3.23%
| $42,268 Código Tributario - Ene
Monto:
$42,268
% del total general:
0.15%
| - | - | $1,976,791 |
| Feb | $15,010 Aduana - Feb
Monto:
$15,010
% del total general:
0.05%
| $420,385 IVA - Feb
Monto:
$420,385
% del total general:
1.45%
| $5,502 Código Tributario - Feb
Monto:
$5,502
% del total general:
0.02%
| $104,139 Renta - Feb
Monto:
$104,139
% del total general:
0.36%
| - | $545,035 |
| Mar | $2,051,273 Aduana - Mar
Monto:
$2,051,273
% del total general:
7.10%
| $2,526,486 IVA - Mar
Monto:
$2,526,486
% del total general:
8.74%
| - | $1,082,177 Renta - Mar
Monto:
$1,082,177
% del total general:
3.74%
| - | $5,659,936 |
| Abr | $312,185 Aduana - Abr
Monto:
$312,185
% del total general:
1.08%
| $878,050 IVA - Abr
Monto:
$878,050
% del total general:
3.04%
| - | $421,018 Renta - Abr
Monto:
$421,018
% del total general:
1.46%
| - | $1,611,252 |
| May | $664,354 Aduana - May
Monto:
$664,354
% del total general:
2.30%
| $194,033 IVA - May
Monto:
$194,033
% del total general:
0.67%
| $9,785 Código Tributario - May
Monto:
$9,785
% del total general:
0.03%
| $4,740,276 Renta - May
Monto:
$4,740,276
% del total general:
16.40%
| - | $5,608,448 |
| Jun | $13,906 Aduana - Jun
Monto:
$13,906
% del total general:
0.05%
| $40,607 IVA - Jun
Monto:
$40,607
% del total general:
0.14%
| - | $1,464,713 Renta - Jun
Monto:
$1,464,713
% del total general:
5.07%
| - | $1,519,226 |
| Jul | $140,755 Aduana - Jul
Monto:
$140,755
% del total general:
0.49%
| $561,772 IVA - Jul
Monto:
$561,772
% del total general:
1.94%
| $2,766 Código Tributario - Jul
Monto:
$2,766
% del total general:
0.01%
| $3,410,425 Renta - Jul
Monto:
$3,410,425
% del total general:
11.80%
| - | $4,115,718 |
| Ago | $51,294 Aduana - Ago
Monto:
$51,294
% del total general:
0.18%
| $319,827 IVA - Ago
Monto:
$319,827
% del total general:
1.11%
| $9,624 Código Tributario - Ago
Monto:
$9,624
% del total general:
0.03%
| - | - | $380,745 |
| Sep | $405,818 Aduana - Sep
Monto:
$405,818
% del total general:
1.40%
| $778,144 IVA - Sep
Monto:
$778,144
% del total general:
2.69%
| - | $40,867 Renta - Sep
Monto:
$40,867
% del total general:
0.14%
| $68,292 Otros - Sep
Monto:
$68,292
% del total general:
0.24%
| $1,293,121 |
| Oct | $41,208 Aduana - Oct
Monto:
$41,208
% del total general:
0.14%
| $112,852 IVA - Oct
Monto:
$112,852
% del total general:
0.39%
| $12,409 Código Tributario - Oct
Monto:
$12,409
% del total general:
0.04%
| $113,166 Renta - Oct
Monto:
$113,166
% del total general:
0.39%
| - | $279,634 |
| Nov | $250,583 Aduana - Nov
Monto:
$250,583
% del total general:
0.87%
| $10,740 IVA - Nov
Monto:
$10,740
% del total general:
0.04%
| $102,032 Código Tributario - Nov
Monto:
$102,032
% del total general:
0.35%
| $3,498,521 Renta - Nov
Monto:
$3,498,521
% del total general:
12.10%
| - | $3,861,876 |
| Dic | $506,112 Aduana - Dic
Monto:
$506,112
% del total general:
1.75%
| $234,427 IVA - Dic
Monto:
$234,427
% del total general:
0.81%
| $116,915 Código Tributario - Dic
Monto:
$116,915
% del total general:
0.40%
| $1,193,608 Renta - Dic
Monto:
$1,193,608
% del total general:
4.13%
| - | $2,051,063 |
| Total | $5,454,196 | $7,010,147 | $301,301 | $16,068,910 | $68,292 | $28,902,846 |
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Un contribuyente importó proyectores clasificándolos en una partida arancelaria (8528.61.00) con 0% de arancel, destinada a aparatos usados 'principalmente' con computadoras. La autoridad aduanera los reclasificó a una partida general con 15% de arancel (8528.69.90) porque tenían puertos para otros dispositivos, imponiendo impuestos y una multa. El Tribunal de Apelaciones revocó la decisión, estableciendo que el 'uso principal' se determina por las características técnicas y diseño del producto, no solo por la presencia de conexiones accesorias.
Lección: Para defender la clasificación arancelaria de un producto basado en su 'uso principal', es fundamental aportar pruebas técnicas detalladas (especificaciones, diseño, funcionalidad) que demuestren que su función primordial corresponde a la declarada, incluso si el producto tiene capacidades secundarias o accesorias.
El Tribunal de Apelaciones modifica una resolución de la DGII. Revoca la objeción a un costo de venta de materia prima por $409,244.50, al determinar que el costo se realiza cuando el bien se vende y no cuando se importa. Sin embargo, confirma la objeción a un gasto de seguro médico para accionistas por $8,797.22 por no cumplir el requisito de generalidad, ajustando en consecuencia el impuesto y la multa a pagar.
Lección: La deducibilidad de un costo de producción no está ligada a la fecha de compra o importación de la materia prima, sino al momento en que el producto final es vendido y genera renta. Adicionalmente, para que las prestaciones sociales como seguros médicos sean deducibles, deben ser otorgadas de manera general a todos los empleados, no de forma selectiva a socios o altos ejecutivos.
Un contribuyente fue sancionado por la DGII por varios incumplimientos de IVA en 2008: rechazo de créditos fiscales por falta de facturas originales y por presentarlas fuera de plazo, y multas por no llevar control de inventarios, no presentar el informe F-930 y emitir comprobantes de alto valor con errores formales. El Tribunal de Apelaciones confirmó la mayoría de las decisiones de la DGII, pero modificó la multa por los comprobantes erróneos, aplicando una atenuante porque el contribuyente intentó subsanar el error emitiendo nuevos documentos.
Lección: Es fundamental conservar los Comprobantes de Crédito Fiscal originales para respaldar las deducciones de IVA, ya que las copias no son válidas. Además, al corregir errores en documentos ya emitidos, aunque la corrección no sea perfecta, puede dar lugar a una reducción de la sanción (atenuante), por lo que siempre es recomendable intentar subsanar los incumplimientos.
El Tribunal confirma la multa impuesta a un contribuyente (restaurante) por no entregar la factura de consumidor final a un agente fiscal (fedatario) en el momento del pago. El contribuyente alegó que la factura ya estaba emitida, pero el Tribunal sostuvo que la obligación legal incluye tanto la emisión como la entrega inmediata del documento, y que el acta del fedatario constituye plena prueba de la omisión.
Lección: La obligación de documentar una venta a un consumidor final no se cumple solo con emitir la factura; es indispensable entregarla físicamente al cliente en el preciso instante en que se efectúa el pago. Tener la factura lista pero no entregarla de inmediato es una infracción sancionable.
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determina un adeudo de IVA y multas a un contribuyente por los períodos de junio a diciembre de 2008. El principal argumento del contribuyente, un error en su denominación social en el informe de auditoría, es desestimado por el Tribunal al considerarlo un error material no invalidante, ya que la empresa fue correctamente identificada por su NIT y participó activamente en el proceso sin sufrir indefensión.
Lección: Los errores formales o materiales en los actos de la Administración Tributaria, como un error en la denominación social, no anularán un procedimiento de fiscalización si el contribuyente es identificado de forma inequívoca por otros datos (como el NIT) y ha podido ejercer su derecho de defensa. Es crucial que los contribuyentes se aseguren de usar consistentemente su denominación social correcta en todas sus declaraciones y comunicaciones, ya que el uso de un nombre incorrecto por parte del propio contribuyente puede ser usado en su contra.