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2020

197 sentencias analizadas

DGII gana
75.8%
En disputa
$100,755,491
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Impacto Monetario por Tipo de Fallo

Confirmatorias
$42,224,892
41.9% del total
Revocatorias
$19,140,813
19.0% del total
Modificatorias
$23,267,232
23.1% del total
Improponibles
$12,078,809
12.0% del total
Otros
$4,043,745
4.0% del total

Tendencia Mensual

Ene
Feb
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Ago
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Confirmatorias
Revocatorias
Modificatorias
Improponibles

Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)

Mes Renta Aduana IVA Código Tributario Otros Total Mes
Ene $10,903,122 $93,204 $27,648 $23,520 - $11,047,493
Feb $2,439,705 $106,152 $3,839,755 $2,034,696 $1,230,860 $9,651,168
Mar - $3,732 - - - $3,732
Ago $19,038,544 $2,108,017 $1,712,888 $33,790 $143,384 $23,036,622
Sep $18,687,522 $256,725 $598,581 - - $19,542,827
Oct $21,501,396 $70,720 $2,795,978 - - $24,368,095
Nov $8,544,827 $400,461 $122,107 - - $9,067,395
Dic $3,903,996 $41,232 $81,590 $11,340 - $4,038,158
Total $85,019,111 $3,080,244 $9,178,547 $2,103,346 $1,374,244 $100,755,491

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A2001003TM Revocatoria Aduana 15 dic 2020

Un importador de ropa usada fue sancionado por la Dirección General de Aduanas (DGA) por no declarar específicamente otros artículos (juguetes, zapatos, bolsos) que venían mezclados en el embarque. La DGA revalorizó estos bienes usando el método de 'último recurso' y determinó impuestos y una multa. El Tribunal de Apelaciones revocó la resolución de la DGA, no por el fondo de la infracción, sino porque la DGA no motivó ni justificó adecuadamente por qué descartó los métodos de valoración primarios antes de aplicar el último recurso, viciando de ilegalidad su actuación.

Lección: La administración tributaria y aduanera tiene la carga de la prueba para justificar sus determinaciones. Específicamente en valoración aduanera, debe documentar y argumentar de manera exhaustiva y objetiva el descarte de cada uno de los métodos de valoración en su orden sucesivo antes de poder aplicar legalmente el método del 'último recurso'. Una falla en esta motivación puede anular toda la determinación de impuestos y sanciones.

$4,514
en disputa
1 arts. citados
A1912013TM Revocatoria Aduana 10 dic 2020

La Dirección General de Aduanas (DGA) determinó impuestos (DAI e IVA) y una multa a un importador de llantas usadas, argumentando que se utilizó un criterio de origen incorrecto en el Certificado de Origen del CAFTA-DR. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) revocó la decisión de la DGA, estableciendo que la autoridad aduanera se extralimitó en sus funciones al cuestionar el origen de la mercancía mediante una simple verificación a posteriori, en lugar de seguir el procedimiento formal de 'verificación de origen' estipulado en el tratado.

Lección: Para cuestionar el origen de una mercancía y denegar un trato arancelario preferencial bajo un tratado de libre comercio, la autoridad aduanera no puede basarse en meras interpretaciones formales o hallazgos de una auditoría posterior. Es indispensable que inicie y complete un procedimiento formal de 'verificación de origen', que es el mecanismo legalmente establecido para determinar con certeza si un producto califica como originario.

$11,273
en disputa
1 arts. citados
A1609009TM Revocatoria Aduana 12 nov 2020

La Dirección General de Aduanas determinó el pago de IVA y una multa a una empresa bajo el régimen de Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo (ATPA), alegando que no se comprobó la reexportación de mercancías porque los productos exportados tenían nombres y códigos de inventario diferentes a los importados. El contribuyente demostró que se trataba de las mismas mercancías, recodificadas internamente por razones comerciales, y presentó pruebas de su trazabilidad. El Tribunal de Apelaciones revocó la resolución, al constatar que sí era posible verificar la trazabilidad y que la autoridad no cumplió con el Principio de Verdad Material al no realizar una investigación exhaustiva.

Lección: Para empresas que operan bajo regímenes aduaneros especiales como la Admisión Temporal, es crucial mantener un sistema de control de inventarios que garantice una trazabilidad completa y verificable de las mercancías, desde su importación hasta su destino final. Si se realizan cambios internos en la codificación o nombre de los productos, se debe poder demostrar documentalmente y a través del sistema que la mercancía física sigue siendo la misma, vinculando inequívocamente la entrada con la salida para evitar contingencias fiscales.

$14,391
en disputa
4 arts. citados
R1605019T Revocatoria Renta 11 nov 2020

El contribuyente dedujo gastos por servicios de una parte relacionada, los cuales fueron objetados por la DGII por falta de prueba sobre su necesidad y efectiva realización. El Tribunal revocó la decisión de la DGII, no por validar el gasto, sino porque la DGII utilizó fundamentos legales contradictorios (argumentó falta de necesidad pero investigó la inexistencia del servicio), violando los principios de seguridad jurídica y congruencia y causando indefensión al contribuyente.

Lección: Para deducir gastos por servicios, especialmente entre partes relacionadas, no basta con tener un contrato y facturas. Es crucial mantener y poder presentar evidencia robusta (informes, correos, entregables, minutas) que demuestre de manera fehaciente que los servicios fueron efectivamente prestados y generaron un beneficio real para la empresa, a fin de probar la materialidad de la operación ante una fiscalización.

$56,027
en disputa
20 arts. citados
A1912014TM Revocatoria Aduana 11 nov 2020

Un contribuyente importó parlantes multifuncionales clasificándolos como altavoces (partida 85.18, 0% DAI). La Aduana los reclasificó como receptores de radiodifusión (partida 85.27, 15% DAI) y además les aplicó la Contribución Especial (CESC) por tener bluetooth, determinando impuestos y una multa. El Tribunal de Apelaciones revocó la decisión de la Aduana, estableciendo que la función principal de los aparatos es ser altavoces y que la tecnología bluetooth no activa el hecho generador de la CESC.

Lección: Al importar mercancías multifuncionales, es crucial identificar y documentar su función principal o carácter esencial para una correcta clasificación arancelaria, conforme a la Regla 3 del SAC. La presencia de funciones accesorias (como radio FM o bluetooth en un altavoz) no debe prevalecer sobre la función primordial del producto. Además, la sujeción a contribuciones especiales como la CESC depende de que el producto encaje estrictamente en la descripción del hecho generador de la ley, no en interpretaciones extensivas de guías administrativas.

$12,983
en disputa
3 arts. citados
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