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2022

216 sentencias analizadas

DGII gana
69.4%
En disputa
$108,086,122
Filtrar por tipo de fallo:

Impacto Monetario por Tipo de Fallo

Confirmatorias
$29,515,917
27.3% del total
Revocatorias
$46,150,256
42.7% del total
Modificatorias
$29,698,796
27.5% del total
Improponibles
$248,113
0.2% del total
Otros
$2,473,040
2.3% del total

Tendencia Mensual

Ene
Feb
Mar
Abr
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Ago
Sep
Oct
Nov
Dic
Confirmatorias
Revocatorias
Modificatorias
Improponibles

Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)

Mes Renta IVA Aduana Código Tributario Otros Total Mes
Ene $1,623,183 $791,016 $123,659 $2,838 - $2,540,696
Feb $8,106,096 $781,242 $46,335 $31,064 - $8,964,736
Mar $5,093,570 $949,941 $42,270 $132,577 $675 $6,219,033
Abr $1,343,778 $191,328 $5,111 $675 - $1,540,891
May $400,230 $1,372,715 $201,799 $42,069 - $2,016,813
Jun $3,227,458 $10,339,556 - $32,003 - $13,599,017
Jul $1,171,508 $694,432 $22,018 $69,717 - $1,957,674
Ago $4,347,886 $2,258,422 $58,911 - - $6,665,220
Sep $4,654,154 $673,580 $368,331 - - $5,696,065
Oct $11,808,490 $404,656 $18,286 $24,602 - $12,256,035
Nov $8,809,920 $589,696 $123,019 $22,486 - $9,545,121
Dic $35,439,131 $1,360,074 $76,202 $209,415 - $37,084,822
Total $86,025,404 $20,406,657 $1,085,940 $567,446 $675 $108,086,122

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A2203003TM Revocatoria Aduana 23 dic 2022

El contribuyente apeló una determinación de impuestos aduaneros sobre la importación de partes de ventiladores, que la DGA consideró como ventiladores completos. El Tribunal revocó la resolución de la DGA, no por el fondo de la clasificación arancelaria, sino porque la DGA basó su caso en un informe de fiscalización que ella misma había invalidado en una resolución anterior para un caso idéntico, violando así el principio de seguridad jurídica y el precedente administrativo.

Lección: La Administración Tributaria o Aduanera no puede contradecir sus propias resoluciones anteriores en casos sustancialmente idénticos sin una justificación explícita y motivada. Un contribuyente puede anular una determinación fiscal si demuestra que la autoridad está reutilizando pruebas o argumentos que previamente desestimó, vulnerando el principio de seguridad jurídica y la confianza legítima.

$17,572
en disputa
6 arts. citados
R2203021TM Revocatoria Renta 8 dic 2022

El Tribunal revoca una determinación de impuestos y multas millonarias de la DGII contra una empresa. La decisión no se basa en los méritos de los ajustes fiscales (costos, precios de transferencia), sino en un vicio de procedimiento: la DGII excedió el plazo legal para fiscalizar y notificar la resolución, operando la caducidad de sus facultades. Este plazo fue afectado por una serie de decretos y sentencias de inconstitucionalidad que lo suspendieron y reactivaron.

Lección: La Administración Tributaria debe cumplir estrictamente los plazos legales para ejercer sus facultades de fiscalización. La caducidad es una figura que protege la seguridad jurídica del contribuyente, y su incumplimiento invalida todo el procedimiento administrativo, sin importar la solidez de los hallazgos de fondo.

$35,063,474
en disputa
25 arts. citados
A2202019VO Revocatoria Aduana 9 nov 2022

La Dirección General de Aduanas (DGA) determinó impuestos y una multa a un importador de arroz, luego de que un procedimiento de verificación concluyera que la mercancía no era originaria de Costa Rica y, por tanto, no aplicaba el arancel preferencial. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) revoca la resolución de la DGA, no por el fondo del asunto del origen, sino porque la DGA notificó su decisión fuera del plazo legal de cuatro años para fiscalizar (caducidad), haciendo que su actuación fuera ilegal.

Lección: La Administración Aduanera tiene un plazo máximo de cuatro años desde la fecha de aceptación de la declaración de mercancías para ejercer sus facultades de fiscalización y notificar la resolución correspondiente. Si la Administración excede este plazo, incluso considerando suspensiones e interrupciones, su facultad caduca y cualquier determinación de impuestos o sanción deviene en ilegal, garantizando la seguridad jurídica del contribuyente.

$52,445
en disputa
4 arts. citados
R2202005TM Revocatoria Renta 28 oct 2022

Un contribuyente dedicado a la compra-venta de chatarra fue fiscalizado por la DGII, la cual determinó un impuesto sobre la renta calculado sobre sus ingresos brutos, al desconocer la totalidad de sus costos por falta de documentación de respaldo. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) revocó la decisión de la DGII, no por dar la razón al contribuyente en su incumplimiento, sino porque la DGII cometió un error de procedimiento al usar un método de liquidación incorrecto ('base cierta') y al no aplicar su obligación de estimar los costos ('base presunta' y Art. 199-A CT), lo que resultó en una determinación ilegal del impuesto.

Lección: Para que los costos y gastos sean deducibles del Impuesto sobre la Renta, es indispensable contar con la documentación de respaldo y los registros contables adecuados, incluso si se opera en el sector informal. Sin embargo, si un contribuyente carece de esta documentación, la Administración Tributaria no puede simplemente gravar el 100% de los ingresos; está obligada a utilizar métodos de estimación para determinar una base imponible justa que refleje la renta neta real, respetando la capacidad de pago del contribuyente.

$340,299
en disputa
30 arts. citados
R2202011TM Revocatoria Renta 27 oct 2022

El Tribunal de Apelaciones revoca una determinación de Impuesto sobre la Renta contra una comerciante de chatarra, a quien la DGII le había objetado la totalidad de sus costos por falta de documentación, calculando el impuesto sobre sus ingresos brutos. El Tribunal dictaminó que la DGII actuó ilegalmente al no utilizar métodos de estimación (base presunta y Art. 199-A del Código Tributario) para determinar una deducción razonable de costos, lo cual viola los principios de justicia tributaria y verdad material.

Lección: La falta de documentación de costos y gastos por parte de un contribuyente no autoriza a la Administración Tributaria a gravar directamente los ingresos brutos en el Impuesto sobre la Renta. En estos casos, la autoridad fiscal está obligada a utilizar mecanismos de estimación, como la valoración a precios de mercado (Art. 199-A CT), para determinar una base imponible que refleje la capacidad contributiva real, en lugar de simplemente rechazar todas las deducciones.

$183,259
en disputa
29 arts. citados
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