2023
187 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | Renta | IVA | Código Tributario | Otros | Aduana | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $8,578,609 Renta - Ene
Monto:
$8,578,609
% del total general:
9.04%
| $168,107 IVA - Ene
Monto:
$168,107
% del total general:
0.18%
| $29,700 Código Tributario - Ene
Monto:
$29,700
% del total general:
0.03%
| - | - | $8,776,416 |
| Feb | $8,142,175 Renta - Feb
Monto:
$8,142,175
% del total general:
8.58%
| - | - | - | $412,597 Aduana - Feb
Monto:
$412,597
% del total general:
0.43%
| $8,554,772 |
| Mar | $29,513,363 Renta - Mar
Monto:
$29,513,363
% del total general:
31.08%
| $199,871 IVA - Mar
Monto:
$199,871
% del total general:
0.21%
| $124,543 Código Tributario - Mar
Monto:
$124,543
% del total general:
0.13%
| - | $196,588 Aduana - Mar
Monto:
$196,588
% del total general:
0.21%
| $30,034,366 |
| Abr | $6,943,557 Renta - Abr
Monto:
$6,943,557
% del total general:
7.31%
| $1,581,993 IVA - Abr
Monto:
$1,581,993
% del total general:
1.67%
| $1,425 Código Tributario - Abr
Monto:
$1,425
% del total general:
0.00%
| - | $490,865 Aduana - Abr
Monto:
$490,865
% del total general:
0.52%
| $9,017,841 |
| May | $2,574,265 Renta - May
Monto:
$2,574,265
% del total general:
2.71%
| $7,834 IVA - May
Monto:
$7,834
% del total general:
0.01%
| - | - | $865,371 Aduana - May
Monto:
$865,371
% del total general:
0.91%
| $3,447,470 |
| Jun | $1,614,484 Renta - Jun
Monto:
$1,614,484
% del total general:
1.70%
| $234,855 IVA - Jun
Monto:
$234,855
% del total general:
0.25%
| - | - | - | $1,849,339 |
| Jul | $2,464,264 Renta - Jul
Monto:
$2,464,264
% del total general:
2.60%
| - | - | - | - | $2,464,264 |
| Ago | $3,533,546 Renta - Ago
Monto:
$3,533,546
% del total general:
3.72%
| $44,668 IVA - Ago
Monto:
$44,668
% del total general:
0.05%
| $200,917 Código Tributario - Ago
Monto:
$200,917
% del total general:
0.21%
| - | $2,350 Aduana - Ago
Monto:
$2,350
% del total general:
0.00%
| $3,781,481 |
| Sep | $2,694,953 Renta - Sep
Monto:
$2,694,953
% del total general:
2.84%
| - | - | - | - | $2,694,953 |
| Oct | $13,857,250 Renta - Oct
Monto:
$13,857,250
% del total general:
14.59%
| - | - | - | - | $13,857,250 |
| Nov | $8,586,168 Renta - Nov
Monto:
$8,586,168
% del total general:
9.04%
| $192,920 IVA - Nov
Monto:
$192,920
% del total general:
0.20%
| $5,796 Código Tributario - Nov
Monto:
$5,796
% del total general:
0.01%
| $66,447 Otros - Nov
Monto:
$66,447
% del total general:
0.07%
| - | $8,851,332 |
| Dic | $354,050 Renta - Dic
Monto:
$354,050
% del total general:
0.37%
| $6,346 IVA - Dic
Monto:
$6,346
% del total general:
0.01%
| $2,736 Código Tributario - Dic
Monto:
$2,736
% del total general:
0.00%
| - | $1,254,447 Aduana - Dic
Monto:
$1,254,447
% del total general:
1.32%
| $1,617,579 |
| Total | $88,856,684 | $2,436,595 | $365,117 | $66,447 | $3,222,218 | $94,947,062 |
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Un contribuyente interpuso un recurso de apelación ante el TAIIA contra una resolución de la DGII. Posteriormente, antes de que el recurso fuera admitido, el representante legal de la sociedad solicitó el desistimiento total del mismo para acogerse a los beneficios de una ley de amnistía fiscal. El Tribunal, tras verificar la facultad del representante legal y la ausencia de impedimentos legales, aceptó el desistimiento y dio por finalizado el caso.
Lección: Un contribuyente puede desistir de un recurso de apelación en cualquier momento, incluso por razones estratégicas como acogerse a una amnistía fiscal. Es fundamental que la persona que presenta el desistimiento tenga la representación legal y las facultades suficientes para hacerlo, ya que el Tribunal verificará dicha potestad antes de aceptar la solicitud.
El caso trata sobre el tratamiento de IVA para la venta de combustible a barcos no domiciliados. La DGII, en cumplimiento de una sentencia judicial, debía determinar qué porción del combustible se consumió dentro y fuera de El Salvador, pero concluyó erróneamente que no podía hacerlo y trasladó la carga de la prueba al contribuyente, manteniendo la objeción al crédito fiscal. El TAIIA determinó que la DGII cumplió de forma ilegal el mandato judicial, revocó el ajuste al remanente de crédito fiscal del contribuyente, pero confirmó multas por incumplimientos formales no relacionados.
Lección: Cuando la Administración Tributaria recibe un mandato judicial para investigar y determinar hechos específicos, la carga de la prueba recae sobre ella. Si la Administración no logra cumplir con su deber de investigación, no puede trasladar dicha carga al contribuyente ni aplicar la consecuencia más gravosa; de hacerlo, su actuación será declarada ilegal.
Una empresa constructora fue fiscalizada por IVA del año 2015, resultando en la determinación de impuesto y multas por parte de la DGII. Las principales objeciones fueron la falta de bancarización de operaciones, la no comprobación de la materialidad de las compras y deficiencias en el registro de inventarios. El TAIIA modificó la resolución, revocando parte de las objeciones al constatar que la DGII no valoró adecuadamente las pruebas presentadas por el contribuyente, pero confirmó los hallazgos donde la prueba fue insuficiente.
Lección: Para asegurar la deducibilidad de los créditos fiscales, es fundamental no solo cumplir con los requisitos formales (CCF, registros), sino también mantener un robusto soporte documental que demuestre la materialidad de cada operación (contratos, reportes de servicio, controles de entrega) y utilizar medios de pago bancarios para transacciones significativas. La falta de valoración de pruebas por parte de la autoridad fiscalizadora es un vicio que puede anular sus determinaciones, por lo que el contribuyente debe presentar toda la evidencia disponible en las etapas procesales oportunas.
La DGII determinó a un contribuyente minorista (retail) un impuesto de IVA omitido, basándose en presunciones por diferencias de inventario e incrementos patrimoniales no justificados (depósitos bancarios). El Tribunal de Apelaciones modificó la resolución, reduciendo el monto del impuesto a pagar tras aceptar parcialmente la prueba del contribuyente que justificaba un aporte de capital y demostraba errores de cálculo de la DGII, pero mantuvo la mayor parte de la determinación por falta de documentación de respaldo. También se confirmó una multa por la presentación tardía de un informe.
Lección: Es crucial mantener una documentación de respaldo completa, consistente y trazable para todas las operaciones, especialmente para los movimientos de inventario (traslados, ajustes, bajas) y el origen de todos los depósitos bancarios. Las políticas y controles internos no son suficientes si no se pueden probar con documentos fehacientes ante una fiscalización, ya que la falta de prueba habilita a la autoridad tributaria a aplicar presunciones legales en contra del contribuyente.
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determinó un impuesto de IVA a cargo de una empresa de publicidad por no declarar sus ventas de septiembre a diciembre de 2019. Se rechazó la deducción de créditos fiscales por $24,372.55 porque el contribuyente no presentó los registros contables para demostrar la indispensabilidad de las compras. Adicionalmente, se confirmaron múltiples multas por evasión intencional, omisión de declaración y otros incumplimientos formales, al no haber presentado el contribuyente las pruebas en la etapa procesal oportuna.
Lección: Es crucial atender diligentemente los requerimientos de información de la Administración Tributaria durante la fiscalización y la etapa de audiencia, presentando toda la documentación de respaldo, especialmente los registros contables formales. La omisión de presentar pruebas en estas etapas impide que puedan ser valoradas posteriormente por el Tribunal de Apelaciones, dejando al contribuyente en un estado de indefensión y asegurando la confirmación de los ajustes fiscales y sanciones.