2023
187 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | Renta | IVA | Código Tributario | Otros | Aduana | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $8,578,609 Renta - Ene
Monto:
$8,578,609
% del total general:
9.04%
| $168,107 IVA - Ene
Monto:
$168,107
% del total general:
0.18%
| $29,700 Código Tributario - Ene
Monto:
$29,700
% del total general:
0.03%
| - | - | $8,776,416 |
| Feb | $8,142,175 Renta - Feb
Monto:
$8,142,175
% del total general:
8.58%
| - | - | - | $412,597 Aduana - Feb
Monto:
$412,597
% del total general:
0.43%
| $8,554,772 |
| Mar | $29,513,363 Renta - Mar
Monto:
$29,513,363
% del total general:
31.08%
| $199,871 IVA - Mar
Monto:
$199,871
% del total general:
0.21%
| $124,543 Código Tributario - Mar
Monto:
$124,543
% del total general:
0.13%
| - | $196,588 Aduana - Mar
Monto:
$196,588
% del total general:
0.21%
| $30,034,366 |
| Abr | $6,943,557 Renta - Abr
Monto:
$6,943,557
% del total general:
7.31%
| $1,581,993 IVA - Abr
Monto:
$1,581,993
% del total general:
1.67%
| $1,425 Código Tributario - Abr
Monto:
$1,425
% del total general:
0.00%
| - | $490,865 Aduana - Abr
Monto:
$490,865
% del total general:
0.52%
| $9,017,841 |
| May | $2,574,265 Renta - May
Monto:
$2,574,265
% del total general:
2.71%
| $7,834 IVA - May
Monto:
$7,834
% del total general:
0.01%
| - | - | $865,371 Aduana - May
Monto:
$865,371
% del total general:
0.91%
| $3,447,470 |
| Jun | $1,614,484 Renta - Jun
Monto:
$1,614,484
% del total general:
1.70%
| $234,855 IVA - Jun
Monto:
$234,855
% del total general:
0.25%
| - | - | - | $1,849,339 |
| Jul | $2,464,264 Renta - Jul
Monto:
$2,464,264
% del total general:
2.60%
| - | - | - | - | $2,464,264 |
| Ago | $3,533,546 Renta - Ago
Monto:
$3,533,546
% del total general:
3.72%
| $44,668 IVA - Ago
Monto:
$44,668
% del total general:
0.05%
| $200,917 Código Tributario - Ago
Monto:
$200,917
% del total general:
0.21%
| - | $2,350 Aduana - Ago
Monto:
$2,350
% del total general:
0.00%
| $3,781,481 |
| Sep | $2,694,953 Renta - Sep
Monto:
$2,694,953
% del total general:
2.84%
| - | - | - | - | $2,694,953 |
| Oct | $13,857,250 Renta - Oct
Monto:
$13,857,250
% del total general:
14.59%
| - | - | - | - | $13,857,250 |
| Nov | $8,586,168 Renta - Nov
Monto:
$8,586,168
% del total general:
9.04%
| $192,920 IVA - Nov
Monto:
$192,920
% del total general:
0.20%
| $5,796 Código Tributario - Nov
Monto:
$5,796
% del total general:
0.01%
| $66,447 Otros - Nov
Monto:
$66,447
% del total general:
0.07%
| - | $8,851,332 |
| Dic | $354,050 Renta - Dic
Monto:
$354,050
% del total general:
0.37%
| $6,346 IVA - Dic
Monto:
$6,346
% del total general:
0.01%
| $2,736 Código Tributario - Dic
Monto:
$2,736
% del total general:
0.00%
| - | $1,254,447 Aduana - Dic
Monto:
$1,254,447
% del total general:
1.32%
| $1,617,579 |
| Total | $88,856,684 | $2,436,595 | $365,117 | $66,447 | $3,222,218 | $94,947,062 |
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El contribuyente apeló una determinación de Impuesto sobre la Renta y una multa por evasión no intencional impuestas por la DGII, basadas en rentas no declaradas y costos/gastos rechazados. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) modificó la resolución, revocando una parte significativa de los hallazgos de la DGII porque esta no incluyó en el expediente la prueba presentada por el contribuyente, impidiendo una revisión de legalidad. Sin embargo, el TAIIA confirmó otras objeciones debidamente fundamentadas, como rentas por documentos extraviados y gastos sin justificación de origen de fondos, ajustando el impuesto y la multa a pagar.
Lección: Es crucial que la Administración Tributaria (DGII) integre debidamente toda la prueba aportada por el contribuyente al expediente administrativo. Su omisión viola el debido proceso y puede causar la revocatoria de sus determinaciones en apelación, al impedir que el tribunal superior realice un control de legalidad completo sobre el acto impugnado.
El Tribunal de Apelaciones confirma la resolución de la DGII que determina un impuesto de IVA de $15,204.85 y multas por $73,632.35 a un contribuyente por el ejercicio 2017. La sanción se debe a la omisión total en la presentación de declaraciones de IVA e informes F-930, y por no proporcionar la información contable requerida durante la fiscalización. El Tribunal desestimó las justificaciones del contribuyente, como la pandemia de COVID-19 y problemas personales, argumentando que las obligaciones tributarias eran preexistentes y que se desaprovecharon las oportunidades procesales para defenderse.
Lección: Es crucial cumplir con las obligaciones tributarias formales (declarar, informar, llevar contabilidad) y sustantivas (pagar el impuesto) en los plazos legales. Alegar 'caso fortuito' o 'justa causa' por eventos posteriores como la pandemia de COVID-19 no exime de responsabilidad por incumplimientos de años anteriores, y no presentar la documentación soporte durante la fiscalización y la etapa de audiencia debilita fatalmente la defensa del contribuyente.
El Tribunal de Apelaciones confirma múltiples multas impuestas por la DGII a una empresa constructora por el incumplimiento de diversas obligaciones formales. La empresa omitió llevar registros de control de inventario y no presentó los informes F-915, F-930, F-987 y el detalle de inventario físico. El Tribunal desestimó todos los argumentos del contribuyente, incluyendo que su actividad lo eximía de llevar inventarios y supuestas violaciones a sus derechos procesales, confirmando la legalidad de las sanciones.
Lección: Las empresas del sector construcción deben cumplir rigurosamente con la obligación de llevar un Registro de Control de Inventarios para todos sus materiales, según el Art. 142 del Código Tributario. La creencia de que esta obligación no aplica por consumir los materiales de inmediato en las obras es un error que conlleva sanciones. Además, es crucial cumplir con la presentación de todos los informes periódicos (F-915, F-930, F-987) cuando se cumplen las condiciones legales para ello.
El Tribunal de Apelaciones modifica una resolución de la DGII contra un banco, revocando el ajuste principal de $32.8 millones por rentas no declaradas de intereses en mora. Basándose en un precedente de la Sala de lo Contencioso, el Tribunal establece que para los bancos, dichos intereses solo son gravables al momento de su recuperación efectiva, no cuando se registran en cuentas de orden según la normativa bancaria. Sin embargo, confirma la objeción de ciertos gastos por pérdidas en valores, fraudes y actividades recreativas, ajustando finalmente el impuesto y la multa a pagar.
Lección: Para las instituciones financieras, el tratamiento tributario de los intereses sobre préstamos en mora debe seguir las Normas de Contabilidad Bancaria (NCB), reconociendo el ingreso gravable solo al momento de la recuperación efectiva del pago. Adicionalmente, es crucial documentar rigurosamente la indispensabilidad de todos los gastos para la generación de renta, ya que las pérdidas por riesgos del negocio y los gastos recreativos son estrictamente no deducibles.
El Tribunal confirma la multa de $2,700.00 impuesta por la DGII a un contribuyente por no exhibir la información requerida durante una fiscalización, específicamente el Balance General del año 2020. Al no poder determinar el patrimonio del contribuyente por ningún medio, la DGII aplicó correctamente la sanción fija de 9 salarios mínimos establecida en el artículo 241-A del Código Tributario.
Lección: Es crucial atender diligentemente los requerimientos de información de la Administración Tributaria y mantener al día las obligaciones formales, como el depósito del Balance General en el Registro de Comercio. La omisión de presentar esta información clave puede resultar en la imposición de la sanción máxima prevista por la ley, sin que la DGII pueda utilizar datos de años anteriores para el cálculo.