2025
109 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | Renta | Aduana | Código Tributario | IVA | Otros | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $7,133,037 Renta - Ene
Monto:
$7,133,037
% del total general:
23.55%
| $57,095 Aduana - Ene
Monto:
$57,095
% del total general:
0.19%
| $284 Código Tributario - Ene
Monto:
$284
% del total general:
0.00%
| - | - | $7,190,415 |
| Feb | $1,668,209 Renta - Feb
Monto:
$1,668,209
% del total general:
5.51%
| $29,150 Aduana - Feb
Monto:
$29,150
% del total general:
0.10%
| $359,365 Código Tributario - Feb
Monto:
$359,365
% del total general:
1.19%
| $856,196 IVA - Feb
Monto:
$856,196
% del total general:
2.83%
| $810 Otros - Feb
Monto:
$810
% del total general:
0.00%
| $2,913,729 |
| Mar | $2,533,769 Renta - Mar
Monto:
$2,533,769
% del total general:
8.37%
| $40,282 Aduana - Mar
Monto:
$40,282
% del total general:
0.13%
| - | - | - | $2,574,051 |
| Abr | $392,243 Renta - Abr
Monto:
$392,243
% del total general:
1.30%
| $61,620 Aduana - Abr
Monto:
$61,620
% del total general:
0.20%
| $1,797,069 Código Tributario - Abr
Monto:
$1,797,069
% del total general:
5.93%
| $61,361 IVA - Abr
Monto:
$61,361
% del total general:
0.20%
| $14,393 Otros - Abr
Monto:
$14,393
% del total general:
0.05%
| $2,326,685 |
| May | $3,437,715 Renta - May
Monto:
$3,437,715
% del total general:
11.35%
| $135,781 Aduana - May
Monto:
$135,781
% del total general:
0.45%
| $100,715 Código Tributario - May
Monto:
$100,715
% del total general:
0.33%
| - | - | $3,674,211 |
| Jun | - | $164,425 Aduana - Jun
Monto:
$164,425
% del total general:
0.54%
| $45,117 Código Tributario - Jun
Monto:
$45,117
% del total general:
0.15%
| - | - | $209,542 |
| Jul | $1,721,071 Renta - Jul
Monto:
$1,721,071
% del total general:
5.68%
| $2,382,951 Aduana - Jul
Monto:
$2,382,951
% del total general:
7.87%
| $720 Código Tributario - Jul
Monto:
$720
% del total general:
0.00%
| $720 IVA - Jul
Monto:
$720
% del total general:
0.00%
| - | $4,105,462 |
| Ago | $338,890 Renta - Ago
Monto:
$338,890
% del total general:
1.12%
| $34,409 Aduana - Ago
Monto:
$34,409
% del total general:
0.11%
| $896,783 Código Tributario - Ago
Monto:
$896,783
% del total general:
2.96%
| $1,267,309 IVA - Ago
Monto:
$1,267,309
% del total general:
4.18%
| $9,943 Otros - Ago
Monto:
$9,943
% del total general:
0.03%
| $2,547,335 |
| Sep | $1,037,681 Renta - Sep
Monto:
$1,037,681
% del total general:
3.43%
| - | $720 Código Tributario - Sep
Monto:
$720
% del total general:
0.00%
| $265,452 IVA - Sep
Monto:
$265,452
% del total general:
0.88%
| - | $1,303,852 |
| Oct | $3,371,095 Renta - Oct
Monto:
$3,371,095
% del total general:
11.13%
| $66,247 Aduana - Oct
Monto:
$66,247
% del total general:
0.22%
| - | - | - | $3,437,342 |
| Total | $21,633,709 | $2,971,960 | $3,200,773 | $2,451,038 | $25,145 | $30,282,625 |
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El Tribunal confirma una multa de $720.00 impuesta por la DGII a una contribuyente por no emitir una factura al momento de una venta en su restaurante, la cual fue verificada por un fedatario. La contribuyente argumentó que se le habían agotado las facturas y la emitió posteriormente, pero el Tribunal determinó que la obligación es de cumplimiento inmediato y las justificaciones administrativas internas no eximen de la responsabilidad.
Lección: Es fundamental para todo contribuyente asegurar la emisión y entrega inmediata de la factura o documento equivalente en el mismo momento en que se realiza la venta y se recibe el pago. La falta de emisión no puede ser subsanada posteriormente, y excusas como el agotamiento de talonarios no son aceptadas por las autoridades fiscales ni por el Tribunal.
El contribuyente fue sancionado con una multa por omitir el reporte de una operación de financiamiento con una parte relacionada en el Informe F-982. Aunque el contribuyente argumentó haber cumplido al presentar el formulario, el Tribunal de Apelaciones confirmó la sanción, estableciendo que el cumplimiento de la obligación formal exige reportar la totalidad de las operaciones, y que la omisión constituye un incumplimiento de las especificaciones técnicas dispuestas por la Administración Tributaria.
Lección: El cumplimiento de la obligación de presentar el Informe de Operaciones con Sujetos Relacionados (F-982) no se agota con la simple entrega del formulario. Es imperativo verificar que se incluya la totalidad de las operaciones realizadas, ya que la omisión de cualquier dato es considerada una infracción por incumplir las especificaciones técnicas, lo que conlleva a la imposición de multas significativas.
El contribuyente fue sancionado por la DGII con multas por tres incumplimientos formales: emitir Facturas de Consumidor Final sobre $200 sin datos del comprador, emitir Comprobantes de Crédito Fiscal con información incompleta, y presentar tardíamente el informe F-930. El Tribunal de Apelaciones revocó las dos primeras multas, aplicando el principio de retroactividad de la ley más favorable para las facturas y declarando vulneración al derecho de defensa para los comprobantes de crédito fiscal. Sin embargo, confirmó la multa por la presentación extemporánea del informe F-930.
Lección: Es fundamental que los contribuyentes se mantengan actualizados sobre las reformas a las leyes tributarias, ya que una norma sancionadora posterior más favorable puede aplicarse retroactivamente y anular sanciones. Adicionalmente, al ofrecer pruebas a la administración tributaria, se debe especificar claramente el lugar para su verificación, pues un error procesal de la autoridad en la diligencia de prueba puede invalidar el acto administrativo por vulneración al derecho de defensa.
El Tribunal confirma las multas impuestas por la DGII a un contribuyente por no presentar el informe F-930 de retenciones de IVA para dos períodos y presentarlo tardíamente para otros nueve. El contribuyente alegó un error en la plataforma informática, pero el Tribunal determinó que esto no lo eximía de su obligación y demostraba una falta de diligencia, ya que la presentación del informe F-930 es una obligación formal distinta a la declaración de IVA (F-07).
Lección: El cumplimiento de las obligaciones formales, como la presentación del informe F-930, es crucial y distinto de las obligaciones sustantivas. Ante problemas técnicos con las plataformas de la administración tributaria, el contribuyente debe actuar con diligencia, buscar asistencia antes del vencimiento del plazo y documentar sus gestiones, ya que un simple mensaje de error no es suficiente para justificar el incumplimiento.
Una empresa fue multada con $91,131.78 por no presentar el informe de retenciones de IVA (F-930) en varios períodos. El Tribunal confirma la multa de $75,943.15 para los períodos donde la obligación era clara (arrendamientos), pero revoca $15,188.63 del período de mayo 2022, al determinar que la DGII no investigó si la retención correspondía a una operación exenta (seguros), incumpliendo así el Principio de Verdad Material.
Lección: Es fundamental cumplir con la obligación formal de presentar el informe de retenciones de IVA (F-930) dentro de los primeros 15 días hábiles del mes siguiente, ya que este plazo es independiente del derecho a usar el crédito fiscal. No obstante, la Administración Tributaria está obligada a investigar la naturaleza real de las operaciones (Principio de Verdad Material) antes de sancionar, especialmente si hay indicios de que la operación subyacente estaba exenta de impuestos.