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El contribuyente declaró como renta no gravable una indemnización de $81,690.00, pero la DGII la consideró gravable al constatar que continuó trabajando para el mismo empleador. El Tribunal de Apelaciones, cambiando su criterio anterior, revoca la decisión de la DGII, estableciendo que el pago es una indemnización no gravable porque representa una ruptura jurídica del contrato laboral original, aunque se haya iniciado uno nuevo inmediatamente después.
Lección: Las indemnizaciones por despido o bonificaciones por retiro voluntario pueden ser consideradas rentas no gravables, incluso si el trabajador es recontratado por el mismo patrono. La clave es que el pago corresponda a la finalización de un vínculo laboral específico, considerándose la recontratación como el inicio de una nueva relación laboral distinta.
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determinó un impuesto de IVA no pagado y múltiples multas a una sociedad por no presentar declaraciones de varios períodos de 2009. El contribuyente argumentó problemas financieros, falta de dolo y vicios procesales, pero el Tribunal desestimó todos sus alegatos, ratificando que la iliquidez no justifica el impago de impuestos y que los requisitos de representación legal en el procedimiento deben cumplirse estrictamente.
Lección: La falta de liquidez financiera no exime del cumplimiento de las obligaciones tributarias, especialmente la de presentar declaraciones y enterar el IVA recaudado, ya que el contribuyente actúa como un agente de retención para el Fisco. Además, es crucial asegurar que los apoderados cuenten con poderes que cumplan con todos los requisitos específicos de la ley tributaria para cada etapa del procedimiento, incluyendo cláusulas especiales para actuar en audiencias y recibir notificaciones, a fin de no perder el derecho de defensa.
La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) sancionó a una contribuyente con una multa de $313.74 por no emitir una factura durante una venta verificada por un fedatario. La contribuyente apeló argumentando que sus controles internos demuestran que factura todo, pero el Tribunal de Apelaciones (TAIIA) confirmó la multa, estableciendo que los controles internos no sustituyen la obligación legal de emitir factura en el momento de cada venta y que no podía valorar pruebas no presentadas ante la DGII.
Lección: Es una obligación legal ineludible emitir y entregar una factura o documento equivalente por cada venta realizada, sin importar el monto o si el cliente la solicita. Los registros o controles internos no son un sustituto de esta obligación y no sirven como defensa ante una verificación de la autoridad tributaria.
Un contribuyente fue sancionado con una multa por no emitir y entregar una factura a un agente fedatario de la DGII que realizó una compra en su establecimiento. El contribuyente apeló argumentando que su empleada ofreció emitir la factura posteriormente, pero el Tribunal de Apelaciones confirmó la multa, estableciendo que la obligación es inmediata al momento del pago y que el patrono es responsable por las acciones de sus empleados.
Lección: Es una obligación formal ineludible emitir y entregar la factura o documento equivalente en el preciso momento en que se realiza el pago en una venta a un consumidor final. La falta de capacitación del personal o el ofrecimiento de emitir el documento posteriormente no eximen de responsabilidad ni de la sanción correspondiente; a lo sumo, la subsanación posterior puede dar derecho a una reducción de la multa.
Un contribuyente fue sancionado por la DGII por omitir ingresos en sus declaraciones de IVA, no presentar informes y no exhibir su contabilidad. El Tribunal de Apelaciones confirmó la determinación del impuesto y las multas por incumplimientos formales, pero revocó la multa principal por evasión intencional al considerar que la DGII había aplicado un supuesto legal incorrecto (incorrecta tipificación de la infracción), violando el principio de legalidad.
Lección: La coherencia entre la documentación de respaldo (como Comprobantes de Crédito Fiscal) y las declaraciones de impuestos es fundamental. Omitir ingresos documentados resultará en ajustes fiscales y sanciones. Sin embargo, para que una sanción sea válida, la Administración Tributaria debe fundamentarla en el supuesto legal que describe con mayor precisión la conducta infractora, ya que un error de tipificación puede anular la multa.