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2011

213 sentencias analizadas

DGII gana
70.3%
En disputa
$41,788,479
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Impacto Monetario por Tipo de Fallo

Confirmatorias
$23,011,427
55.1% del total
Revocatorias
$816,392
2.0% del total
Modificatorias
$17,015,945
40.7% del total
Improponibles
$18,255
0.0% del total
Otros
$926,460
2.2% del total

Tendencia Mensual

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Confirmatorias
Revocatorias
Modificatorias
Improponibles

Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)

Mes Renta IVA Aduana Otros Código Tributario Total Mes
Ene $3,492,607 $137,940 $106,051 - - $3,736,599
Feb $2,008,693 $1,956,775 $233,424 $2,396,247 - $6,595,139
Mar $1,947,773 $1,326 $69,016 $626,553 - $2,644,669
Abr $1,518,083 $874,017 $1,486,131 - - $3,878,232
May - $67,206 $621,205 - - $688,411
Jun $6,232,172 $976,950 $495,255 - - $7,704,377
Jul $3,690,977 $325,934 $27,894 - - $4,044,805
Ago $33,553 $56,048 $3,421,033 - $3,989 $3,514,623
Sep $2,174,528 $252,159 $32,513 $24,196 - $2,483,396
Oct $670,293 $437,735 $617,819 $3,477,151 - $5,202,998
Nov $18,255 $318,685 $392,631 - $14,241 $743,813
Dic $52 $495,267 - $56,100 - $551,419
Total $21,786,988 $5,900,042 $7,502,972 $6,580,247 $18,230 $41,788,479

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C1107017M Revocatoria Código Tributario 21 dic 2011

La DGII multó a un contribuyente por la presentación tardía del informe de proveedores y clientes (F-987), basando la obligación en los ingresos declarados en el ejercicio fiscal anterior (2009). El Tribunal de Apelaciones revocó la sanción, estableciendo el criterio de que el umbral de ingresos que genera dicha obligación debe medirse dentro del mismo semestre que se reporta, y no en un período anterior. Al no haber probado la DGII que se cumplió esta condición para el semestre en cuestión, la multa carecía de fundamento.

Lección: La obligación de presentar el informe semestral de proveedores y clientes (Art. 125 CT) se activa si los ingresos superan el umbral de 2,753 salarios mínimos DENTRO del semestre a reportar. No se debe utilizar la declaración de renta del año anterior como parámetro, ya que el Tribunal considera que el período de cómputo de ingresos y el período de la información reportada deben coincidir.

6 arts. citados
C1103026M Revocatoria Código Tributario 13 dic 2011

La DGII impuso una multa a un contribuyente por no proporcionar información sobre operaciones del año 2007. Para calcular la multa, la DGII utilizó el patrimonio del Balance General del año 2008. El Tribunal de Apelaciones revocó la multa, argumentando que la DGII cometió un error al no utilizar el Balance General del año 2007, que era el período al que correspondía la información requerida, violando así el principio de legalidad.

Lección: Es crucial que la Administración Tributaria, al imponer una sanción calculada sobre el patrimonio, utilice el Balance General del período fiscal al que se refiere la obligación incumplida. Un error en la selección del período base para el cálculo puede invalidar la sanción por vicios en el procedimiento y violación al principio de legalidad.

11 arts. citados
C1107005M Revocatoria Código Tributario 30 nov 2011

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) sancionó a un contribuyente por no presentar el informe de proveedores y clientes (F-987) del primer semestre de 2010, basando la obligación en los ingresos del año 2009. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) revocó la multa, estableciendo que el umbral de ingresos para la obligación de presentar el informe semestral debe calcularse sobre los ingresos de ese mismo semestre, no del año anterior. Como la DGII no probó que el contribuyente cumpliera el requisito en el semestre en cuestión, la sanción fue declarada ilegal.

Lección: La obligación de presentar el informe semestral de proveedores y clientes (F-987) se determina por los ingresos obtenidos dentro del mismo semestre a reportar. La Administración Tributaria no puede exigir su presentación basándose en los ingresos del año anterior, a menos que la ley lo especifique expresamente. Los contribuyentes deben verificar sus ingresos semestrales para confirmar si están obligados a presentar dicho informe.

$1,866
en disputa
6 arts. citados
C1106018M Revocatoria Código Tributario 22 nov 2011

La DGII multó a un contribuyente por no presentar el informe de proveedores y clientes (F-987), asumiendo la obligación con base en los ingresos del año anterior. El Tribunal de Apelaciones revocó la multa, estableciendo que la obligación de presentar dicho informe semestral se determina por los ingresos obtenidos en el mismo semestre a reportar, y no en el ejercicio fiscal previo. Como la DGII no probó que los ingresos del contribuyente en ese semestre superaran el umbral, no se pudo establecer la obligación y, por tanto, la sanción era improcedente.

Lección: La obligación de presentar el informe semestral F-987 (Art. 125 CT) nace si los ingresos del contribuyente superan el umbral legal *durante el semestre específico que se va a reportar*. No se debe utilizar la declaración de renta del año anterior para determinar esta obligación, ya que la Administración Tributaria debe demostrar que se cumplió el requisito de ingresos en el período semestral correspondiente.

$11,545
en disputa
10 arts. citados
C1107002M Revocatoria Código Tributario 22 nov 2011

El Tribunal de Apelaciones revoca una multa impuesta por la DGII a un contribuyente por no presentar el informe de proveedores y clientes (F-987). La DGII basó la obligación en los ingresos anuales del año anterior (2009), pero el Tribunal estableció que el criterio correcto es si los ingresos superan el umbral dentro del mismo semestre a reportar (enero-junio 2010), algo que la DGII no logró demostrar.

Lección: La obligación de presentar el informe semestral de proveedores, clientes, acreedores y deudores (Art. 125 CT) nace si los ingresos del contribuyente superan el umbral legal dentro del mismo semestre que se informa (enero-junio o julio-diciembre), no con base en la declaración de renta anual del año anterior. La carga de la prueba para demostrar que el contribuyente está obligado recae en la Administración Tributaria.

8 arts. citados
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