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2011

213 sentencias analizadas

DGII gana
70.3%
En disputa
$41,788,479
Filtrar por tipo de fallo:

Impacto Monetario por Tipo de Fallo

Confirmatorias
$23,011,427
55.1% del total
Revocatorias
$816,392
2.0% del total
Modificatorias
$17,015,945
40.7% del total
Improponibles
$18,255
0.0% del total
Otros
$926,460
2.2% del total

Tendencia Mensual

Ene
Feb
Mar
Abr
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Jul
Ago
Sep
Oct
Nov
Dic
Confirmatorias
Revocatorias
Modificatorias
Improponibles

Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)

Mes Renta IVA Aduana Otros Código Tributario Total Mes
Ene $3,492,607 $137,940 $106,051 - - $3,736,599
Feb $2,008,693 $1,956,775 $233,424 $2,396,247 - $6,595,139
Mar $1,947,773 $1,326 $69,016 $626,553 - $2,644,669
Abr $1,518,083 $874,017 $1,486,131 - - $3,878,232
May - $67,206 $621,205 - - $688,411
Jun $6,232,172 $976,950 $495,255 - - $7,704,377
Jul $3,690,977 $325,934 $27,894 - - $4,044,805
Ago $33,553 $56,048 $3,421,033 - $3,989 $3,514,623
Sep $2,174,528 $252,159 $32,513 $24,196 - $2,483,396
Oct $670,293 $437,735 $617,819 $3,477,151 - $5,202,998
Nov $18,255 $318,685 $392,631 - $14,241 $743,813
Dic $52 $495,267 - $56,100 - $551,419
Total $21,786,988 $5,900,042 $7,502,972 $6,580,247 $18,230 $41,788,479

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O1101001M Confirmatoria Otros 22 sept 2011

El Tribunal confirma las multas impuestas por la DGII a un productor de bebidas alcohólicas por dos incumplimientos formales: no llevar el registro de control de inventarios y no utilizar hojas de costos de producción y requisiciones, conforme a la ley especial de la materia. El Tribunal desestimó el argumento del contribuyente de que la simplicidad de su operación lo eximía de dichas obligaciones, estableciendo que la ley aplica a todos los productores por igual.

Lección: Los productores de bienes con regulación fiscal especial, como las bebidas alcohólicas, deben cumplir rigurosamente con todas las obligaciones formales de control (inventarios, costos, etc.) especificadas en la ley sectorial, independientemente del tamaño o simplicidad de su negocio. La creencia de que una operación pequeña está exenta de controles complejos es un error que puede acarrear sanciones económicas significativas.

$24,196
en disputa
8 arts. citados
A1101007T Revocatoria Aduana 22 sept 2011

El contribuyente apela la decisión de la Dirección General de Aduanas de revocar su autorización para importar vehículos usados bajo el método de valor de transacción. La revocación se basó en una denuncia sobre la presunta falsificación de documentos. El Tribunal revoca la decisión de la Aduana al determinar que se violaron los derechos constitucionales de audiencia y debido proceso del contribuyente, ya que no se le otorgó la oportunidad de defenderse en un procedimiento previo a la privación de su derecho.

Lección: La administración pública no puede revocar un derecho o autorización previamente concedido a un administrado sin antes instruir un procedimiento en el que se le notifiquen los cargos y se le brinde una oportunidad real de defensa. Omitir el derecho de audiencia, incluso ante sospechas de fraude, vicia de ilegalidad el acto administrativo y conduce a su anulación en instancias superiores.

1 arts. citados
B1109025D Improponible Otros 10 sept 2011

Un contribuyente solicitó a la DGII la devolución de $7,392.86 pagados como Impuesto sobre Transferencia de Bienes Raíces. La DGII denegó la solicitud y el contribuyente apeló ante el TAIIA. El Tribunal declaró el recurso improponible, argumentando que no tiene competencia para conocer sobre denegatorias de devolución de dicho impuesto, ya que su jurisdicción se limita a liquidaciones de oficio y sanciones, entre otros casos tasados por ley.

Lección: Es fundamental verificar la competencia específica del tribunal al que se recurre. El TAIIA tiene una competencia limitada por ley y no puede conocer de todas las resoluciones emitidas por la DGII. En casos como la denegatoria de una devolución de Impuesto sobre Transferencia de Bienes Raíces, la vía correcta no es la apelación ante el TAIIA, sino la demanda ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

1 arts. citados
I1010012T Modificatoria IVA 9 sept 2011

El contribuyente, una empresa de combustibles, clasificó la venta de combustible a barcos extranjeros en puertos salvadoreños como exportación exenta de IVA (tasa 0%). La DGII lo reclasificó como venta local gravada al 13% y objetó un crédito fiscal por servicios de publicidad. El Tribunal confirmó la reclasificación de las ventas de combustible, argumentando que el consumo iniciaba en El Salvador, pero revocó la objeción al crédito fiscal, al considerar que los servicios de publicidad sí constituían una exportación de servicios.

Lección: La venta de bienes para consumo, como el combustible, a medios de transporte internacional (barcos, aviones) dentro del territorio nacional, se considera una venta interna gravada con IVA y no una exportación. Esto se debe a que el consumo del bien comienza en el país, incumpliendo el requisito de 'uso y consumo en el exterior' necesario para aplicar la tasa cero. Es crucial diferenciar este tratamiento del de la exportación de servicios, que solo exige su uso exclusivo en el extranjero por un no domiciliado.

22 arts. citados
C1103018M Confirmatoria Código Tributario 31 ago 2011

El Tribunal confirma la multa impuesta a una fundación por informar extemporáneamente el nombramiento de su auditor fiscal para el ejercicio 2008. Aunque el contribuyente admitió el error y argumentó dificultades económicas y su fin social, solicitando una reducción de la multa bajo el principio de proporcionalidad, el Tribunal determinó que la sanción está claramente definida en la ley y que la Administración Tributaria no tiene facultades para modificarla discrecionalmente, habiendo ya aplicado correctamente la atenuante por subsanación voluntaria.

Lección: Es crucial cumplir estrictamente con los plazos de todas las obligaciones formales tributarias, como la de informar el nombramiento del auditor fiscal. La situación económica del contribuyente o su finalidad social no son argumentos válidos para eximir o reducir una sanción que está tasada por ley, y el Principio de Proporcionalidad no faculta a la administración para crear exenciones o rebajas no contempladas en la normativa.

$3,989
en disputa
11 arts. citados
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