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2011

213 sentencias analizadas

DGII gana
70.3%
En disputa
$41,788,479
Filtrar por tipo de fallo:

Impacto Monetario por Tipo de Fallo

Confirmatorias
$23,011,427
55.1% del total
Revocatorias
$816,392
2.0% del total
Modificatorias
$17,015,945
40.7% del total
Improponibles
$18,255
0.0% del total
Otros
$926,460
2.2% del total

Tendencia Mensual

Ene
Feb
Mar
Abr
May
Jun
Jul
Ago
Sep
Oct
Nov
Dic
Confirmatorias
Revocatorias
Modificatorias
Improponibles

Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)

Mes Renta IVA Aduana Otros Código Tributario Total Mes
Ene $3,492,607 $137,940 $106,051 - - $3,736,599
Feb $2,008,693 $1,956,775 $233,424 $2,396,247 - $6,595,139
Mar $1,947,773 $1,326 $69,016 $626,553 - $2,644,669
Abr $1,518,083 $874,017 $1,486,131 - - $3,878,232
May - $67,206 $621,205 - - $688,411
Jun $6,232,172 $976,950 $495,255 - - $7,704,377
Jul $3,690,977 $325,934 $27,894 - - $4,044,805
Ago $33,553 $56,048 $3,421,033 - $3,989 $3,514,623
Sep $2,174,528 $252,159 $32,513 $24,196 - $2,483,396
Oct $670,293 $437,735 $617,819 $3,477,151 - $5,202,998
Nov $18,255 $318,685 $392,631 - $14,241 $743,813
Dic $52 $495,267 - $56,100 - $551,419
Total $21,786,988 $5,900,042 $7,502,972 $6,580,247 $18,230 $41,788,479

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I1106006M Confirmatoria IVA 9 nov 2011

El Tribunal confirma la multa impuesta por la DGII a un contribuyente que no emitió ni entregó una factura por un servicio de reparación a un fedatario. El contribuyente alegó que no estaba presente y su empleada no tenía las facturas, pero el Tribunal determinó que estas no son excusas válidas, ya que la obligación de facturar es inmediata y el negocio debe estar preparado para cumplirla en todo momento.

Lección: Todo contribuyente debe asegurarse de tener siempre disponibles en su establecimiento los documentos fiscales (facturas, créditos fiscales, etc.) y de emitirlos y entregarlos inmediatamente al concluir cualquier venta o servicio, independientemente de si el propietario está presente o no. La falta de diligencia en este aspecto no exime del cumplimiento de la obligación ni de las sanciones correspondientes.

$415
en disputa
12 arts. citados
I1106011M Revocatoria IVA 8 nov 2011

La DGII multó a una empresa por no presentar a tiempo el informe semestral de proveedores y clientes (Art. 125 CT), basando la obligación en los ingresos del año anterior. El Tribunal de Apelaciones revocó la multa, estableciendo el criterio de que la obligación de informar solo nace si el umbral de ingresos se supera en el mismo semestre a reportar. Dado que la DGII no probó que los ingresos del contribuyente en dicho semestre cumplieran el requisito, la obligación no se configuró legalmente y la sanción fue anulada.

Lección: La obligación de presentar el informe semestral de proveedores y clientes (Art. 125 CT) se determina por los ingresos obtenidos dentro del mismo semestre a informar. No se debe utilizar el total de ingresos del ejercicio fiscal anterior como parámetro para esta obligación específica.

$3,879
en disputa
7 arts. citados
I1012013TM Modificatoria IVA 4 nov 2011

Un contribuyente dedicado a la venta de productos pirotécnicos fue fiscalizado por la DGII, la cual determinó impuesto de IVA complementario por no incluir el impuesto especial Ad-Valorem en la base imponible. Además, se impusieron multas por incumplimientos formales en facturas y por evasión intencional. El Tribunal confirmó el ajuste de impuesto y la multa por los defectos formales, pero revocó la sanción por evasión intencional al considerar que un error en el cálculo de la base imponible no constituye una 'exclusión de operación', vulnerando el principio de tipicidad.

Lección: Al vender bienes gravados con impuestos especiales o específicos (ad-valorem, selectivos, etc.), el monto de dichos impuestos debe ser incluido como parte de la base imponible para el cálculo del IVA. Omitir esta adición resultará en la determinación de impuestos complementarios. Es fundamental diferenciar entre un error en la cuantificación de la base imponible y la omisión total de una operación, ya que las consecuencias sancionatorias son distintas.

$135,841
en disputa
26 arts. citados
R1105006M Confirmatoria Renta 31 oct 2011

El Tribunal confirma las multas impuestas a un contribuyente por dos infracciones: enterar un monto inferior al debido en sus pagos a cuenta de Renta y omitir el registro de control de inventarios. El Tribunal determinó que el pago final del impuesto no subsana la infracción del pago a cuenta, y que la omisión de llevar inventarios es una falta formal sancionable por sí misma, desestimando los argumentos del contribuyente.

Lección: Las obligaciones formales, como realizar correctamente los pagos a cuenta y llevar registros de inventarios, son deberes tributarios independientes y su incumplimiento genera sanciones específicas. El pago final del impuesto anual no exime de responsabilidad por estas faltas, y es crucial cumplir con cada obligación según lo estipula la ley para evitar multas.

$4,636
en disputa
11 arts. citados
O1102012TM Modificatoria Otros 31 oct 2011

La DGII determinó un impuesto Ad-Valorem a una empresa de bebidas gaseosas por $1.55 millones y una multa por $777 mil, argumentando que la empresa calculó mal la base imponible al excluir exportaciones y mermas de la producción total. El Tribunal confirmó el cobro del impuesto, estableciendo que el hecho generador es la producción y la ley no permitía dichas deducciones. Sin embargo, revocó la multa al considerar que un cambio de criterio de la propia DGII generó un 'error excusable' en el contribuyente, eliminando la intencionalidad de la evasión.

Lección: Los elementos del tributo, como la base imponible, se rigen estrictamente por lo que dice la ley. No se pueden realizar deducciones o exclusiones (como exportaciones o mermas) por interpretación o analogía, a menos que la norma lo autorice expresamente. No obstante, si la administración tributaria ha tenido criterios contradictorios sobre un mismo tema, esto puede servir como un sólido argumento de defensa para anular sanciones por evasión intencional, alegando violación a la seguridad jurídica y la existencia de un error excusable.

$2,331,308
en disputa
11 arts. citados
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