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2013

271 sentencias analizadas

DGII gana
74.4%
En disputa
$27,862,425
Filtrar por tipo de fallo:

Impacto Monetario por Tipo de Fallo

Confirmatorias
$19,417,350
69.7% del total
Revocatorias
$2,843,673
10.2% del total
Modificatorias
$4,768,178
17.1% del total
Improponibles
0.0% del total
Otros
$833,224
3.0% del total

Tendencia Mensual

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Confirmatorias
Revocatorias
Modificatorias
Improponibles

Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)

Mes Renta IVA Código Tributario Aduana Otros Total Mes
Ene $6,176,150 $322,058 $12,371 - - $6,510,579
Feb - $378,565 $105,338 $28,194 $80,785 $592,882
Mar - $505,978 $68,069 $389,176 - $963,223
Abr $312,472 $2,112,971 $6,671 $77,589 $2,205,996 $4,715,700
May $339,816 $262,448 $808,231 $222,337 - $1,632,832
Jun $485,720 $365,430 $1,868 $258,211 - $1,111,229
Jul $1,646,443 $245,807 $37,495 $867,212 $54,847 $2,851,804
Ago $214,642 $188,043 $61,483 $1,330,180 $94,594 $1,888,942
Sep $181,551 $260,968 $17,859 $71,541 - $531,919
Oct $3,106 $521,240 $2,913 $3,616,244 - $4,143,504
Nov $891,099 $95,038 $3,121 $1,054,127 - $2,043,385
Dic $114,286 $335,807 - $426,332 - $876,425
Total $10,365,287 $5,594,352 $1,125,419 $8,341,145 $2,436,222 $27,862,425

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Filtros avanzados
I1202024TM Confirmatoria IVA 17 abr 2013

El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determinó un impuesto de IVA y multas a un contribuyente por varias infracciones. Los principales hallazgos fueron la omisión en la presentación de declaraciones, la incorrecta clasificación de servicios de contabilidad como exportaciones (tasa 0%) cuando debían ser locales (tasa 13%), y el rechazo de créditos fiscales por no contar con los comprobantes originales. El Tribunal desestimó los argumentos del contribuyente sobre la naturaleza de sus servicios y su falta de liquidez.

Lección: Los beneficios fiscales como la tasa cero para exportaciones o las exenciones deben aplicarse de forma estricta. Los servicios prestados a empresas en regímenes especiales (Zonas Francas, Servicios Internacionales) no se consideran automáticamente exportaciones; deben estar directamente ligados a la actividad beneficiada y ser consumidos en el exterior. Además, el cumplimiento de deberes formales, como presentar declaraciones a tiempo (independientemente de la capacidad de pago) y conservar los documentos originales para respaldar créditos fiscales, es crucial para evitar sanciones severas.

$84,946
en disputa
28 arts. citados
I1202029TM Modificatoria IVA 17 abr 2013

Un contribuyente (profesional de contaduría) fue fiscalizado por IVA del año 2009, detectándose que omitió declarar ingresos, presentó declaraciones en cero y extemporáneas, y no llevaba Registros Especiales. La DGII determinó un impuesto a pagar y aplicó cuatro multas, incluyendo una por evasión intencional. El Tribunal de Apelaciones confirmó el impuesto y tres de las multas, pero revocó la multa principal por evasión intencional de febrero a diciembre por un error de la DGII en la tipificación legal de la infracción.

Lección: Es crucial mantener todos los registros contables y tributarios exigidos por la ley, en especial los 'Registros Especiales' de IVA, ya que su ausencia anula la deducibilidad de créditos fiscales y genera multas. Declarar operaciones con valor cero cuando se han generado ingresos es una conducta que se presume como evasión intencional y conlleva sanciones severas, por lo que es preferible declarar correctamente, aunque sea de forma extemporánea y se deban pagar intereses.

$21,786
en disputa
26 arts. citados
I1202021TM Confirmatoria IVA 16 abr 2013

El Tribunal confirma la determinación de IVA y multas a una empresa de gestión de residuos. La decisión se basa en que los servicios prestados a una municipalidad, aunque contractualmente exonerados de pago, constituían un hecho generador de IVA. Además, se rechazaron créditos fiscales por falta de prueba de la efectiva realización de los servicios (materialidad) y por no ser gastos indispensables para el negocio.

Lección: Para deducir un crédito fiscal de IVA, no es suficiente tener la factura (CCF). Es crucial mantener un expediente de respaldo robusto (contratos, informes técnicos, bitácoras formales, prueba de pago) que demuestre inequívocamente que el servicio se recibió realmente y que era indispensable para la actividad generadora de ingresos de la empresa. Los acuerdos privados de no pago no eximen de la obligación tributaria.

$348,732
en disputa
29 arts. citados
C1206016M Revocatoria Código Tributario 8 abr 2013

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) multó a una empresa usuaria de zona franca por llevar sus registros de control de inventarios sin cumplir los requisitos del Código Tributario. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) revocó la sanción, determinando que la DGII no probó que la empresa, dedicada a la maquila, estuviera obligada a llevar dichos registros tributarios, ya que no demostró que realizara transferencias de bienes muebles corporales de su propiedad, confundiendo además los registros aduaneros con los tributarios.

Lección: La Administración Tributaria no puede asumir que un usuario de zona franca está obligado a llevar registros de inventario según el Código Tributario solo por realizar exportaciones o ventas; debe probar fehacientemente que la empresa realiza transferencias de bienes muebles corporales de su propiedad. La carga de la prueba para imputar una obligación recae sobre la autoridad fiscal.

$2,637
en disputa
7 arts. citados
O1202004T Confirmatoria Otros 2 abr 2013

Una empresa productora de bebidas gaseosas fue fiscalizada por la DGII, la cual determinó un impuesto a pagar de $2.2 millones al considerar que la empresa indebidamente excluyó de su base imponible las exportaciones, derrames y averías. El contribuyente argumentó que el impuesto es al consumo y que un precedente de la DGII lo permitía, pero el Tribunal de Apelaciones confirmó la decisión de la DGII, estableciendo que el hecho generador es la producción total, sin importar el destino o estado del producto, y que la ley no permitía dichas deducciones.

Lección: Para impuestos específicos sobre la producción, el hecho generador es el acto de producir, y la base imponible es la producción total, a menos que la ley explícitamente autorice deducciones. No se debe confiar en criterios administrativos pasados ni en principios generales (como el de 'país de destino') si la ley específica del impuesto es clara en gravar la producción en su origen.

$2,205,996
en disputa
17 arts. citados
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