2014
206 sentencias analizadas
Impacto Monetario por Tipo de Fallo
Tendencia Mensual
Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)
| Mes | Renta | IVA | Aduana | Código Tributario | Otros | Total Mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Ene | $372,111 Renta - Ene
Monto:
$372,111
% del total general:
0.96%
| $288,325 IVA - Ene
Monto:
$288,325
% del total general:
0.75%
| $67,639 Aduana - Ene
Monto:
$67,639
% del total general:
0.18%
| $5,897 Código Tributario - Ene
Monto:
$5,897
% del total general:
0.02%
| $326 Otros - Ene
Monto:
$326
% del total general:
0.00%
| $734,298 |
| Feb | $571,953 Renta - Feb
Monto:
$571,953
% del total general:
1.48%
| $644,213 IVA - Feb
Monto:
$644,213
% del total general:
1.67%
| $30,596 Aduana - Feb
Monto:
$30,596
% del total general:
0.08%
| $3,127,230 Código Tributario - Feb
Monto:
$3,127,230
% del total general:
8.11%
| - | $4,373,992 |
| Mar | $1,435,481 Renta - Mar
Monto:
$1,435,481
% del total general:
3.72%
| $209,000 IVA - Mar
Monto:
$209,000
% del total general:
0.54%
| $181,887 Aduana - Mar
Monto:
$181,887
% del total general:
0.47%
| $36,849 Código Tributario - Mar
Monto:
$36,849
% del total general:
0.10%
| $326 Otros - Mar
Monto:
$326
% del total general:
0.00%
| $1,863,543 |
| Abr | $2,587,049 Renta - Abr
Monto:
$2,587,049
% del total general:
6.71%
| $1,575,607 IVA - Abr
Monto:
$1,575,607
% del total general:
4.08%
| $73,181 Aduana - Abr
Monto:
$73,181
% del total general:
0.19%
| - | $443 Otros - Abr
Monto:
$443
% del total general:
0.00%
| $4,236,280 |
| May | $1,132,515 Renta - May
Monto:
$1,132,515
% del total general:
2.94%
| - | $123,110 Aduana - May
Monto:
$123,110
% del total general:
0.32%
| $149,670 Código Tributario - May
Monto:
$149,670
% del total general:
0.39%
| - | $1,405,296 |
| Jun | $1,308,446 Renta - Jun
Monto:
$1,308,446
% del total general:
3.39%
| $667,094 IVA - Jun
Monto:
$667,094
% del total general:
1.73%
| $69,513 Aduana - Jun
Monto:
$69,513
% del total general:
0.18%
| - | $97,390 Otros - Jun
Monto:
$97,390
% del total general:
0.25%
| $2,142,443 |
| Jul | $7,765,063 Renta - Jul
Monto:
$7,765,063
% del total general:
20.13%
| - | $767,342 Aduana - Jul
Monto:
$767,342
% del total general:
1.99%
| - | $2,300 Otros - Jul
Monto:
$2,300
% del total general:
0.01%
| $8,534,705 |
| Ago | $227,619 Renta - Ago
Monto:
$227,619
% del total general:
0.59%
| $47,297 IVA - Ago
Monto:
$47,297
% del total general:
0.12%
| $333,637 Aduana - Ago
Monto:
$333,637
% del total general:
0.86%
| $794 Código Tributario - Ago
Monto:
$794
% del total general:
0.00%
| $63,213 Otros - Ago
Monto:
$63,213
% del total general:
0.16%
| $672,559 |
| Sep | $2,837,163 Renta - Sep
Monto:
$2,837,163
% del total general:
7.35%
| $271,710 IVA - Sep
Monto:
$271,710
% del total general:
0.70%
| $67,480 Aduana - Sep
Monto:
$67,480
% del total general:
0.17%
| $1,522 Código Tributario - Sep
Monto:
$1,522
% del total general:
0.00%
| - | $3,177,875 |
| Oct | $111,047 Renta - Oct
Monto:
$111,047
% del total general:
0.29%
| $386,455 IVA - Oct
Monto:
$386,455
% del total general:
1.00%
| $166,466 Aduana - Oct
Monto:
$166,466
% del total general:
0.43%
| - | - | $663,967 |
| Nov | $7,405,520 Renta - Nov
Monto:
$7,405,520
% del total general:
19.19%
| $636,710 IVA - Nov
Monto:
$636,710
% del total general:
1.65%
| $372,784 Aduana - Nov
Monto:
$372,784
% del total general:
0.97%
| - | $19,187 Otros - Nov
Monto:
$19,187
% del total general:
0.05%
| $8,434,200 |
| Dic | $1,692,409 Renta - Dic
Monto:
$1,692,409
% del total general:
4.39%
| $206,502 IVA - Dic
Monto:
$206,502
% del total general:
0.54%
| $442,816 Aduana - Dic
Monto:
$442,816
% del total general:
1.15%
| - | - | $2,341,726 |
| Total | $27,446,375 | $4,932,911 | $2,696,452 | $3,321,962 | $183,185 | $38,580,884 |
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La DGII sancionó a un contribuyente por no presentar el informe semestral de proveedores y clientes (F-987), requerido por el Art. 125 del Código Tributario, al haber superado el umbral de ingresos. El contribuyente argumentó que la ley era ambigua sobre cómo calcular dichos ingresos, pero el Tribunal confirmó la sanción, estableciendo que el cómputo de ingresos debe ser semestral, al igual que el informe.
Lección: Para obligaciones formales vinculadas a umbrales de ingresos, como el informe F-987, el período para calcular los ingresos es el mismo que el período que cubre el informe (semestral), a menos que la ley especifique explícitamente otro método. La presentación extemporánea del informe no exime de la sanción por el incumplimiento original.
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determina un impuesto a pagar de $297,689.07 y una multa de $74,422.27 a una empresa de transporte. La empresa erróneamente consideró exento el subsidio gubernamental basándose en una ley derogada y realizó deducciones de gastos (viáticos, remuneraciones y bonificaciones) que no cumplían con los requisitos legales de documentación y retención de impuestos y cotizaciones sociales.
Lección: Las exenciones fiscales deben estar expresamente contempladas en la ley vigente para el período fiscal en cuestión y no pueden ser asumidas o inferidas del 'espíritu' de leyes derogadas. Además, para la deducibilidad de gastos, es indispensable cumplir con todos los requisitos formales, como contar con la documentación de respaldo idónea y efectuar y enterar todas las retenciones legales aplicables (Renta, ISSS, AFP), ya que el incumplimiento de estos deberes invalida la deducción.
Una empresa de seguridad fue fiscalizada por IVA del año 2010, detectándose que omitió declarar ingresos de ese año y los registró en 2011. La DGII determinó un impuesto a pagar y aplicó multas por evasión intencional y por no presentar el informe F-930. El Tribunal de Apelaciones confirmó la resolución, argumentando que el impuesto se causa con la emisión de la factura y debe declararse en ese período, y que la postergación de la declaración constituye una infracción sancionable.
Lección: Los ingresos por servicios deben ser declarados para efectos de IVA en el período tributario en que se emite el Comprobante de Crédito Fiscal, independientemente de la fecha de pago o del registro contable. Declarar estos ingresos en un período posterior es considerado evasión intencional y es sancionado, ya que la obligación tributaria nace con la emisión del documento legal y debe cumplirse en el tiempo que la ley establece.
Un contribuyente apela una determinación de IVA y múltiples multas por un total de $89,056.54, argumentando que los errores fueron causados por la negligencia de su contador. El contribuyente solicita presentar nueva evidencia en la etapa de apelación, pero el Tribunal confirma la resolución de la DGII, estableciendo que la responsabilidad tributaria es personal y que las pruebas deben presentarse en la etapa administrativa original, no en la apelación.
Lección: La responsabilidad por el cumplimiento de las obligaciones tributarias es personal e indelegable. Es crucial supervisar activamente el trabajo de los contadores y presentar toda la documentación y argumentos de defensa durante la fase de fiscalización y audiencia ante la Administración Tributaria, ya que la oportunidad para hacerlo precluye y no puede ser subsanada en la etapa de apelación.
La Dirección General de Aduanas determinó impuestos y multas a un contribuyente por incorrecta clasificación arancelaria en varias importaciones. El contribuyente apeló alegando vicios en el procedimiento de fiscalización. El Tribunal de Apelaciones revoca parcialmente la resolución, declarando la caducidad de la facultad fiscalizadora para una de las declaraciones por haber transcurrido el plazo de 4 años del CAUCA IV, pero confirma el resto de la determinación al considerar que un error material corregido en el auto de designación no invalidó el procedimiento.
Lección: Es crucial verificar que la autoridad aduanera inicie sus facultades de fiscalización dentro del plazo de caducidad legalmente establecido (4 años según CAUCA IV), ya que su vencimiento extingue la potestad de determinar impuestos. Sin embargo, errores meramente materiales en los actos administrativos que son subsanados y no causan indefensión, no son suficientes para anular todo el procedimiento.