Volver al Dashboard 240 sentencias encontradas

2012

240 sentencias analizadas

DGII gana
72.2%
En disputa
$28,902,846
Filtrar por tipo de fallo:

Impacto Monetario por Tipo de Fallo

Confirmatorias
$13,476,950
46.6% del total
Revocatorias
$506,081
1.8% del total
Modificatorias
$13,887,481
48.0% del total
Improponibles
$31,230
0.1% del total
Otros
$1,001,104
3.5% del total

Tendencia Mensual

Ene
Feb
Mar
Abr
May
Jun
Jul
Ago
Sep
Oct
Nov
Dic
Confirmatorias
Revocatorias
Modificatorias
Improponibles

Montos por Tipo de Impuesto (Mensual)

Mes Aduana IVA Código Tributario Renta Otros Total Mes
Ene $1,001,700 $932,823 $42,268 - - $1,976,791
Feb $15,010 $420,385 $5,502 $104,139 - $545,035
Mar $2,051,273 $2,526,486 - $1,082,177 - $5,659,936
Abr $312,185 $878,050 - $421,018 - $1,611,252
May $664,354 $194,033 $9,785 $4,740,276 - $5,608,448
Jun $13,906 $40,607 - $1,464,713 - $1,519,226
Jul $140,755 $561,772 $2,766 $3,410,425 - $4,115,718
Ago $51,294 $319,827 $9,624 - - $380,745
Sep $405,818 $778,144 - $40,867 $68,292 $1,293,121
Oct $41,208 $112,852 $12,409 $113,166 - $279,634
Nov $250,583 $10,740 $102,032 $3,498,521 - $3,861,876
Dic $506,112 $234,427 $116,915 $1,193,608 - $2,051,063
Total $5,454,196 $7,010,147 $301,301 $16,068,910 $68,292 $28,902,846

Buscar Sentencias

Filtros avanzados
A1111014TM Confirmatoria Aduana 13 nov 2012

Un contribuyente apeló una determinación de impuestos aduaneros y multas, argumentando que el proceso de fiscalización era nulo debido a un error en el nombre de la auditora designada y la intervención de otra persona no autorizada. El Tribunal de Apelaciones desestimó los argumentos, calificando el error en el nombre como un 'error material' no invalidante y la intervención de la supervisora como parte del proceso administrativo interno. En consecuencia, confirmó la resolución de la Dirección General de Aduanas.

Lección: Los errores materiales o formales en los actos administrativos que no causan indefensión ni afectan el derecho de defensa del contribuyente, difícilmente serán causa suficiente para anular un procedimiento de fiscalización. Es crucial que el contribuyente, además de señalar vicios de forma, presente argumentos de fondo sólidos contra las objeciones fiscales, ya que los tribunales tienden a priorizar la verdad material sobre los formalismos no esenciales.

$63,177
en disputa
1 arts. citados
I1103010T Confirmatoria IVA 30 oct 2012

La DGII objetó créditos fiscales de IVA y declaraciones de exportación de servicios de una empresa para el período 2008, argumentando que no se probó la existencia real ('materialización') de las operaciones de financiamiento subyacentes, originadas en 2001. El contribuyente alegó que los contratos eran prueba suficiente y que la obligación de guardar documentos de 2001 había prescrito. El Tribunal de Apelaciones confirmó la decisión de la DGII, sosteniendo que la carga de la prueba recae en el contribuyente y que debe demostrar la realidad de las operaciones cuyos beneficios fiscales reclama, sin importar la antigüedad de su origen.

Lección: Para deducir créditos fiscales o declarar exportaciones derivadas de operaciones financieras, no basta con presentar contratos y registros contables. Es indispensable conservar y poder presentar pruebas fehacientes de la 'materialización' de la transacción, como estados de cuenta o comprobantes de transferencia bancaria que demuestren el flujo real del dinero, ya que la carga de la prueba para justificar un beneficio fiscal recae siempre en el contribuyente, incluso si la operación original es de años atrás.

26 arts. citados
I1110013T Confirmatoria IVA 30 oct 2012

El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determinó un impuesto de IVA a cargo de un contribuyente. La DGII reclasificó servicios declarados como exportación (tasa 0%) a servicios locales (tasa 13%) porque, aunque el cliente era extranjero, los servicios de instalación se utilizaron en El Salvador. Adicionalmente, se rechazaron créditos fiscales por gastos no indispensables para la actividad económica, como canastas navideñas y bebidas.

Lección: Para que un servicio sea considerado exportación con tasa 0% de IVA, no basta con que el cliente sea extranjero; es crucial demostrar que el servicio se utiliza y consume exclusivamente fuera de El Salvador. Además, todo gasto cuyo crédito fiscal se pretenda deducir debe ser demostrablemente indispensable para la generación de ingresos gravados, y el contribuyente tiene la carga de probarlo con documentación fehaciente.

$34,855
en disputa
13 arts. citados
I1205007M Confirmatoria IVA 30 oct 2012

El Tribunal confirma una multa de $415.20 impuesta a una contribuyente por la presentación extemporánea de cuatro declaraciones de IVA. La contribuyente alegó que el retraso fue culpa de un tercero, pero el Tribunal sostuvo que la responsabilidad legal es intransferible. Además, el Tribunal se inhibió de analizar los argumentos de hecho y pruebas de la contribuyente, ya que no fueron presentados en la etapa procesal oportuna ante la Administración Tributaria.

Lección: La responsabilidad de cumplir con las obligaciones tributarias, como la presentación de declaraciones a tiempo, recae exclusivamente en el contribuyente, sin que pueda excusarse en la negligencia de terceros contratados para ello. Es fundamental ejercer el derecho de defensa y presentar todas las pruebas y argumentos durante la fase de audiencia ante la DGII, ya que el Tribunal de Apelaciones no puede valorar elementos que no se hayan discutido en esa instancia previa.

$415
en disputa
14 arts. citados
R1111001T Confirmatoria Renta 30 oct 2012

La DGII sancionó a una empresa por no llevar registros de control de inventarios durante los primeros tres meses de 2011. El Tribunal de Apelaciones revocó la sanción, no por la inexistencia de la infracción, sino porque la DGII cometió un error de procedimiento al calcular la multa utilizando el balance general del año 2010 en lugar del 2011, que era el ejercicio fiscalizado, contraviniendo la correcta interpretación del Código Tributario.

Lección: Para sancionar la omisión de llevar registros de inventarios, la Administración Tributaria debe considerar que es una obligación de carácter anual. Por tanto, la base para calcular la multa debe ser el balance del ejercicio fiscal en el que se detectó el incumplimiento, no el del año anterior; de lo contrario, la sanción será revocada por ser improcedente.

6 arts. citados
Página 9 de 48 (240 sentencias)
0 sentencias encontradas