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A1703012TM Revocatoria Aduana 29 nov 2018

La Dirección General de Aduanas determinó impuestos y una multa del 300% a un contribuyente por una diferencia de peso en una declaración de reexportación, calificándolo como simulación. El Tribunal de Apelaciones revocó la decisión, argumentando que la autoridad violó el principio de tipicidad, ya que el hecho constituía una inexactitud y no una simulación. Además, el Tribunal señaló la falta de motivación e incompetencia de la aduana para resolver sobre declaraciones anteriores en un control inmediato.

Lección: Es crucial que los datos en las declaraciones aduaneras, como el peso, sean exactos y verificables para evitar contingencias. Sin embargo, un error formal no debe ser automáticamente calificado como una infracción grave como la simulación. La autoridad fiscal debe adecuar estrictamente los hechos al tipo de infracción correspondiente (principio de tipicidad) y actuar dentro de su competencia, motivando debidamente sus actos.

$39,661
en disputa
1 arts. citados
A1709003TM Revocatoria Aduana 29 nov 2018

Un contribuyente usuario de zona franca fue sancionado por la Dirección General de Aduanas con determinación de impuestos y una multa por simulación de operación de comercio exterior, debido a una diferencia de peso en una declaración de reexportación. El Tribunal de Apelaciones revoca la resolución, determinando que la DGA violó el principio de tipicidad al calificar erróneamente un error de inexactitud como una simulación, además de actuar con incompetencia y falta de motivación al basar su cobro en una declaración anterior no objeto del proceso.

Lección: Es crucial garantizar la exactitud de todos los datos en las declaraciones aduaneras, especialmente el peso, mediante verificaciones físicas y no estimaciones. Un error formal puede ser interpretado por la autoridad como una infracción grave con consecuencias económicas significativas, por lo que los controles internos para la preparación de documentación aduanera deben ser rigurosos.

$9,426
en disputa
2 arts. citados
I1602015TM Confirmatoria IVA 28 nov 2018

El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determinó un impuesto de IVA a cargo de una empresa por dos motivos: 1) la entrega de artículos promocionales a clientes, considerada un 'retiro de bienes' gravado, y 2) el rechazo de ajustes a débitos fiscales realizados con Notas de Crédito que no cumplían los requisitos formales, como referenciar el Comprobante de Crédito Fiscal original. En consecuencia, se confirma también la multa por evasión no intencional.

Lección: La entrega de cualquier bien promocional a clientes, incluso para incentivar ventas, debe ser tratada como un hecho generador de IVA ('retiro de bienes'). Además, las Notas de Crédito deben cumplir estrictamente todos los requisitos formales del Código Tributario, especialmente la vinculación explícita al Comprobante de Crédito Fiscal que modifican, ya que las deficiencias formales invalidan el ajuste fiscal, independientemente de la realidad de la operación subyacente.

$277,983
en disputa
27 arts. citados
R1710004TM Confirmatoria Renta 28 nov 2018

El Tribunal confirma la resolución de la DGII que objeta la totalidad del costo de ventas de un contribuyente por un monto de $987,787.96, debido a que su registro de control de inventarios no cumplía con los requisitos formales de los artículos 142 y 142-A del Código Tributario. Como consecuencia, se confirma la determinación de un impuesto sobre la renta de $287,046.52 y multas por evasión no intencional e incumplimientos formales que suman $73,943.23.

Lección: Es crucial mantener los registros de control de inventarios cumpliendo estrictamente con todos los requisitos formales exigidos por los artículos 142 y 142-A del Código Tributario. El incumplimiento de estas formalidades puede resultar en el rechazo total de la deducción del costo de ventas, aunque las compras sean reales, generando una carga fiscal significativa sobre los ingresos brutos.

$360,990
en disputa
29 arts. citados
A1810004VO Inadmisible Aduana 23 nov 2018

Una empresa guatemalteca apela una resolución de la Dirección General de Aduanas que determinó que sus fertilizantes no eran originarios de Guatemala, negándoles el beneficio de libre comercio. El Tribunal de Apelaciones declara inadmisible el recurso por haber sido presentado de forma extemporánea, meses después de vencido el plazo legal de 15 días hábiles.

Lección: Es crucial respetar rigurosamente los plazos legales para la interposición de recursos administrativos. El plazo de 15 días hábiles para apelar ante el TAIIA es perentorio, y su incumplimiento provoca la inadmisibilidad del recurso, dejando firme el acto administrativo sin posibilidad de discutir el fondo del asunto.

1 arts. citados
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