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I1802002TM Confirmatoria IVA 28 feb 2019

El Tribunal de Apelaciones confirma una resolución de la DGII que determina un impuesto de IVA de $74,674.24 y multas por $67,338.81 a un contribuyente para el año 2013. La sanción se origina por la omisión total de presentar las declaraciones mensuales de IVA y por el rechazo de $36,570.45 en créditos fiscales, debido a que el contribuyente no mantuvo ni presentó el Registro de Control de Inventarios, un requisito legal indispensable para dicha deducción.

Lección: Es crucial para los contribuyentes del IVA mantener un Registro de Control de Inventarios actualizado y disponible para la fiscalización. La ausencia de este registro anula el derecho a deducir los créditos fiscales de las compras de bienes, incluso si estas están respaldadas por facturas y registradas en la contabilidad, resultando en una mayor carga tributaria y posibles sanciones.

$142,013
en disputa
22 arts. citados
R1604002TM Confirmatoria Renta 28 feb 2019

Una aerolínea (sucursal de una empresa extranjera) fue fiscalizada por el Impuesto sobre la Renta del año 2012. La DGII objetó más de $4.4 millones en gastos deducibles porque el contribuyente aplicó incorrectamente el método de cálculo proporcional del Art. 127 LISR (para rentas mixtas) a pesar de que todas sus rentas eran de fuente salvadoreña, y no pudo documentar dichos gastos más allá de una nota de débito de su casa matriz. El Tribunal de Apelaciones confirmó la determinación de impuesto, la disminución del saldo a favor y la multa por evasión no intencional impuestas por la DGII.

Lección: Las sucursales de empresas extranjeras deben tener claro que el método de cálculo proporcional de gastos del Art. 127 LISR solo aplica si generan y declaran rentas tanto en El Salvador como en el extranjero. Si todas sus rentas se consideran de fuente salvadoreña (como los vuelos que inician en el país), deben deducir únicamente los gastos incurridos localmente y aquellos del exterior que estén directamente vinculados y debidamente documentados con comprobantes individuales, no con notas de débito globales de la casa matriz.

$25,900
en disputa
26 arts. citados
R1705020TM Confirmatoria Renta 28 feb 2019

El Tribunal de Apelaciones confirma la resolución de la DGII que determinó un impuesto sobre la renta a cargo de una empresa de telecomunicaciones por el ejercicio 2013. Los principales hallazgos fueron la detracción improcedente de un 'Impuesto Específico' de sus ingresos gravables, ya que no se facturó por separado, y la objeción de gastos por servicios de interconexión pagados a no domiciliados, al no haberse efectuado la retención del 20% de ISR. El Tribunal ratificó tanto la determinación del impuesto como la multa por evasión no intencional.

Lección: Para excluir un impuesto específico trasladable de los ingresos gravables, es indispensable que este se adicione al precio y se detalle de forma explícita y separada en la factura emitida al cliente. Adicionalmente, los pagos a proveedores no domiciliados por servicios que se aprovechan o utilizan económicamente en El Salvador están sujetos a una retención del 20% de ISR; el no efectuarla impide la deducción del gasto correspondiente.

$7,688,786
en disputa
29 arts. citados
R1608010TM Confirmatoria Renta 28 feb 2019

El Tribunal confirma la determinación de impuesto sobre la renta y multas a una contribuyente que omitió declarar una ganancia de capital por la venta de un inmueble. Los argumentos de la apelante sobre la deducibilidad de gastos de mejoras fueron rechazados por falta de prueba documental idónea, y sus alegatos de vicios procesales fueron desestimados al comprobarse que ejerció su derecho de defensa.

Lección: Es indispensable conservar toda la documentación de respaldo (facturas, recibos) que cumpla con los requisitos legales para cualquier mejora o reparación realizada a un bien inmueble. Al momento de venderlo, estos documentos son la única prueba válida para deducir dichos costos de la ganancia de capital y reducir la carga tributaria, ya que la carga de la prueba recae enteramente en el contribuyente.

$38,038
en disputa
34 arts. citados
R1711002TM Revocatoria Renta 28 feb 2019

Una empresa salvadoreña pagó dividendos a su accionista mayoritaria en España sin retener el 5% de Impuesto sobre la Renta, amparándose en una exención del Convenio de Doble Imposición. La DGII determinó el impuesto y una multa, alegando un uso indebido del convenio que generó una 'doble no imposición'. El Tribunal de Apelaciones revocó la decisión de la DGII, concluyendo que la empresa cumplió los requisitos textuales del Convenio y que la DGII interpretó erróneamente la norma y no pudo fundamentar el supuesto 'uso indebido'.

Lección: Para aplicar correctamente una exención de retención de dividendos bajo un Convenio de Doble Imposición, es crucial verificar y documentar el cumplimiento estricto de los requisitos literales establecidos en el artículo pertinente del tratado. La administración tributaria no puede añadir condiciones no previstas en la ley ni negar el beneficio basándose en interpretaciones que alteren el sentido del texto del Convenio, como exigir la tributación en el otro estado si el tratado no lo contempla expresamente.

$588,267
en disputa
20 arts. citados
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