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019-0525 Confirmatoria Impuesto sobre la Renta 30 ene 2026

La DGII objetó la deducción de más de 8.2 millones de dólares en gastos de venta por comisiones pagadas a 'talleristas' durante 2021, argumentando que estaban documentados con Comprobantes de Retención en lugar de Comprobantes de Crédito Fiscal o Facturas de Sujeto Excluido. El TAIIA confirmó la resolución de la DGII, determinando el pago de impuesto sobre la renta complementario y una multa por evasión no intencional, al concluir que los comprobantes de retención no son documentos idóneos para respaldar la deducibilidad de gastos por prestación de servicios.

Lección: Para que los gastos por pago de comisiones sean deducibles del Impuesto sobre la Renta, el contribuyente debe respaldarlos estrictamente con Comprobantes de Crédito Fiscal (si el proveedor es contribuyente) o Facturas de Sujeto Excluido, ya que los Comprobantes de Retención de IVA cumplen una función complementaria y no sustituyen el documento idóneo exigido por la ley.

$3,102,963
en disputa
31 arts. citados
002-0525 Confirmatoria Impuesto sobre la Renta 28 ene 2026

La DGII objetó a una sociedad la deducción como costo de venta de los Impuestos Específicos y Ad-Valorem pagados en la importación de bebidas, así como gastos por servicios de asesoría intragrupo por falta de comprobación material. El TAIIA confirmó los ajustes y la multa, determinando que la ley prohíbe deducir dichos impuestos indirectos del ISR y que el contribuyente no aportó pruebas fehacientes (más allá de contratos y facturas genéricas) que demostraran la prestación efectiva de los servicios desde el exterior.

Lección: Para deducir servicios intragrupo, es indispensable documentar exhaustivamente la materialización del servicio (entregables, horas, personal, beneficio real), ya que los contratos y facturas no bastan. Además, los impuestos indirectos que por ley especial no constituyen costo ni gasto (como el Ad-Valorem en bebidas) nunca deben integrarse al costo de ventas.

$924,845
en disputa
35 arts. citados
010-0525 Confirmatoria Impuesto sobre la Renta 28 ene 2026

La DGII determinó el pago de Impuesto sobre la Renta y multa a una sociedad por omitir ingresos al realizar ajustes improcedentes mediante Notas de Crédito que agrupaban múltiples Comprobantes de Crédito Fiscal y no eran entregadas a los clientes. Asimismo, objetó la deducción de gastos amparados en un Contrato de Participación, ya que se pagaba un porcentaje sobre las ventas netas totales en lugar de utilidades, contraviniendo la naturaleza del contrato y el principio de necesidad del gasto. El TAIIA confirmó la resolución, validando los hallazgos de la Administración Tributaria.

Lección: Para que las Notas de Crédito físicas sean válidas y permitan ajustar ingresos, deben vincularse de forma individual y directa con el Comprobante de Crédito Fiscal que modifican. Además, los contratos mercantiles utilizados para justificar deducciones deben respetar su naturaleza jurídica; disfrazar pagos sobre ventas brutas/netas como 'participación de utilidades' invalida la deducibilidad del gasto por no ser estrictamente necesario para generar la renta.

$1,198,017
en disputa
10 arts. citados
002-1225 Improponible Sin impuesto Materia Aduanera 27 ene 2026

El contribuyente interpuso un recurso de apelación contra una resolución de la Dirección General de Aduanas sin establecer su pretensión ni los fundamentos de hecho y de derecho. El Tribunal emitió un auto de prevención otorgando cinco días para subsanar dichas omisiones, el cual no fue atendido. Como consecuencia, el Tribunal declaró improponible el recurso por carecer de presupuestos procesales esenciales.

Lección: Al interponer un recurso de apelación, es indispensable delimitar claramente la pretensión y desarrollar los argumentos jurídicos y fácticos; además, se deben cumplir estrictamente los plazos otorgados para evacuar prevenciones, ya que su inobservancia conlleva el rechazo del recurso sin entrar a conocer el fondo.

13 arts. citados
009-0425 Modificatoria Impuesto sobre la Renta 21 ene 2026

La DGII determinó impuestos y multas a un comerciante de plátanos por rentas no declaradas (faltante de inventario y facturas extraviadas) y objetó costos por pagos en efectivo mayores al límite legal, falta de documentación y mejoras a bienes. El TAIIA revocó la presunción de faltante de inventario por basarse en estimaciones inexactas y revocó la objeción de costos por no llevar registro de inventarios al violar el principio de reserva de ley. Sin embargo, confirmó las rentas por facturas extraviadas y el rechazo de costos por pagos en efectivo que superaron los 58 salarios mínimos.

Lección: Es indispensable utilizar medios bancarizados (cheques, transferencias) para pagar operaciones que, acumuladas en 10 días con un mismo proveedor, superen los 58 salarios mínimos; además, se debe reportar inmediatamente el extravío de facturas para evitar presunciones de ingresos omitidos.

$91,627
en disputa
27 arts. citados
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