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A1812005TM Modificatoria Aduana 14 feb 2020

Un importador no adjuntó el certificado de origen para una parte de su mercancía al solicitar beneficios de un TLC, resultando en la determinación de impuestos por parte de la DGA. El Tribunal confirmó el cobro de los impuestos, estableciendo que el certificado debe presentarse al momento de la importación, pero revocó la multa impuesta debido a que la DGA vulneró el derecho de defensa del contribuyente al cambiar la base legal de la sanción durante el proceso de apelación.

Lección: Para asegurar los beneficios de un Tratado de Libre Comercio, es indispensable verificar que todos los documentos de soporte, especialmente los certificados de origen para la totalidad de las mercancías, sean adjuntados correctamente en la declaración de importación. Un error de omisión en la presentación inicial no puede ser subsanado posteriormente.

$2,736
en disputa
4 arts. citados
I1912012TM Desistimiento IVA 13 feb 2020

El contribuyente interpuso un recurso de apelación ante el TAIIA contra una resolución de la Dirección General de Impuestos Internos en materia de IVA. Posteriormente, el contribuyente presentó un escrito manifestando su voluntad de desistir del recurso. El Tribunal aceptó el desistimiento, dando por finalizado el proceso de apelación y dejando en firme la resolución de la DGII.

Lección: El contribuyente puede desistir de un recurso de apelación en cualquier etapa del proceso. Sin embargo, esta acción implica que la resolución administrativa impugnada adquiere firmeza y se vuelve plenamente ejecutable, por lo que es una decisión que debe tomarse evaluando todas sus consecuencias legales y económicas.

2 arts. citados
A1906007TM Confirmatoria Aduana 13 feb 2020

Una empresa usuaria de Zona Franca importó mercancías cuyas fracciones arancelarias no estaban incluidas en su acuerdo de beneficios autorizado por el Ministerio de Economía. La Dirección General de Aduanas determinó correctamente que dichas mercancías no gozaban de exención fiscal, liquidando los Derechos Arancelarios a la Importación (DAI) e IVA correspondientes, e imponiendo una multa del 100% por la infracción. El Tribunal confirmó la decisión, desestimando los argumentos del contribuyente sobre valoración aduanera por ser irrelevantes al problema de fondo, que era el incumplimiento de los requisitos para gozar del beneficio.

Lección: Los usuarios de regímenes especiales como Zonas Francas deben verificar meticulosamente que cada fracción arancelaria de las mercancías a importar esté explícitamente listada y autorizada en su acuerdo de beneficios emitido por el Ministerio de Economía. Confiar en el beneficio general del régimen sin esta validación específica puede resultar en la denegación de la exención, la determinación de impuestos y la imposición de multas onerosas.

$8,034
en disputa
7 arts. citados
A1906012TM Confirmatoria Aduana 13 feb 2020

Un contribuyente importó cafeteras de alta capacidad, clasificándolas como de uso comercial (0% DAI). La Dirección de Aduanas reclasificó las mercancías como de uso doméstico (15% DAI) basándose en los manuales de usuario y la garantía del fabricante, lo que generó una determinación de impuestos y multas. El Tribunal confirmó la decisión de Aduanas, priorizando la información técnica del manual sobre los argumentos de uso comercial basados en la capacidad y el marketing del producto.

Lección: Para la clasificación arancelaria de aparatos, la información contenida en el manual de usuario y los términos de la garantía del fabricante son determinantes para establecer su naturaleza (ej. 'uso doméstico'), prevaleciendo sobre la capacidad del producto o la información publicitaria. Es crucial que la clasificación declarada sea consistente con esta documentación técnica para evitar ajustes y sanciones.

$9,205
en disputa
9 arts. citados
A1906011T Confirmatoria Aduana 13 feb 2020

El contribuyente solicitó la finalización de un régimen de importación temporal y la exención de impuestos por el hurto de contenedores y chasis, alegando fuerza mayor. La Dirección General de Aduanas y el Tribunal de Apelaciones negaron la solicitud, determinando que el contribuyente actuó con negligencia al no tener medidas de seguridad adecuadas y no notificar inmediatamente a las autoridades, por lo que el hurto no constituyó un evento de fuerza mayor irresistible y procedía el pago de los impuestos correspondientes.

Lección: Para invocar exitosamente la fuerza mayor como eximente de responsabilidad tributaria por robo o hurto de mercancías bajo control aduanero, es crucial demostrar una diligencia extrema. Esto implica no solo notificar de forma inmediata a las autoridades aduaneras y policiales, sino también probar que se mantenían medidas de seguridad robustas y adecuadas, ya que cualquier indicio de negligencia anulará el argumento de que el suceso fue irresistible.

$14,596
en disputa
5 arts. citados
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