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R1804001TM Confirmatoria Renta 14 ene 2019

El contribuyente vendió un inmueble en 2014 por $300,000, adquirido en 1983 por $4,000, pero no declaró ni pagó el impuesto sobre la ganancia de capital, alegando que tuvo una pérdida debido a mejoras realizadas durante 30 años. Al no poder probar dichas mejoras con facturas, la DGII determinó un impuesto de $29,600 y multas. El Tribunal de Apelaciones confirmó la decisión, estableciendo que la carga de la prueba recae en el contribuyente y que un valúo no es un documento idóneo para justificar deducciones.

Lección: Es indispensable conservar toda la documentación de respaldo (facturas, contratos, etc.) de los costos y mejoras de un bien de capital, sin importar su antigüedad. Para efectos fiscales, la obligación de conservar estos documentos persiste mientras el bien no se venda, ya que son la única prueba válida para deducir dichos costos al calcular la ganancia de capital y evitar una determinación de impuesto sobre una base incorrecta.

$56,240
en disputa
21 arts. citados
I1602008TM Modificatoria IVA 21 dic 2018

Una empresa de telecomunicaciones fue fiscalizada por la DGII, que determinó omisión de ingresos de IVA al considerar que la empresa restó indebidamente impuestos de tarifas pactadas como netas, y por no gravar la entrega de bienes promocionales. El TAIIA modifica la resolución, confirmando la mayoría de los hallazgos de la DGII pero ajustando el cálculo del impuesto en los casos donde los contratos no eran explícitos sobre el tratamiento fiscal, aplicando la presunción de que el IVA estaba incluido.

Lección: La redacción de las cláusulas de precios e impuestos en los contratos es crítica. Si se pactan precios netos, el IVA debe calcularse y adicionarse sobre ese valor, no detraerse. Asimismo, toda entrega gratuita de bienes con fines promocionales debe ser tratada como un 'retiro de bienes' gravado con IVA, documentada y declarada correctamente.

$935,462
en disputa
36 arts. citados
R1605021TM Revocatoria Renta 21 dic 2018

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) determinó un impuesto a pagar de $36,564.68 y una multa de $18,282.34 por supuestos ingresos no declarados, al interpretar que los débitos en las cuentas de ventas del contribuyente eran disminuciones no soportadas. El contribuyente argumentó que estos ajustes se debían a la corrección de errores por duplicidad de registros al implementar un nuevo sistema contable. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) revocó la resolución de la DGII, al constatar que el contribuyente probó la duplicidad y que la DGII no valoró adecuadamente la evidencia, faltando al principio de verdad material.

Lección: Al realizar ajustes contables para corregir errores, especialmente aquellos derivados de la implementación de nuevos sistemas, es fundamental crear un rastro de auditoría claro y detallado. Se deben documentar las partidas de ajuste con explicaciones precisas sobre su origen y propósito (ej. 'Reversión por duplicidad de registro de venta al crédito en módulos CG y CC'), y conservar toda la evidencia de soporte (reportes del sistema, partidas originales, etc.) para demostrar fehacientemente a la autoridad fiscal que no se trata de una omisión de ingresos, sino de una corrección de un error interno.

$54,847
en disputa
27 arts. citados
R1504001TM Confirmatoria Renta 19 dic 2018

El Tribunal confirma la decisión de la DGII de rechazar la deducción de $660,923.69 en concepto de reservas técnicas para siniestros no reportados (IBNR) solicitada por una compañía de seguros. Se establece que estas reservas son provisiones para contingencias no permitidas como gasto deducible por la Ley de Impuesto sobre la Renta, y que la normativa financiera que las exige no prevalece sobre la tributaria. Consecuentemente, se confirma el impuesto determinado y la multa por evasión no intencional.

Lección: Las reservas técnicas o provisiones para contingencias futuras, aunque sean obligatorias por regulaciones sectoriales (financieras, de seguros, etc.), no son deducibles del Impuesto sobre la Renta a menos que la ley tributaria lo permita expresamente. En materia fiscal, la normativa tributaria prevalece sobre cualquier otra regulación en caso de conflicto.

$206,539
en disputa
25 arts. citados
I1701026TM Confirmatoria IVA 18 dic 2018

El Tribunal confirma la resolución de la DGII que objetó créditos fiscales de IVA por $86,346.35 a un contribuyente, debido a que este realizó compras por montos superiores a 58 salarios mínimos y las pagó en efectivo, incumpliendo el requisito de utilizar medios bancarios (cheque, transferencia, tarjeta) establecido en los Arts. 65-A LIVA y 206-A CT. Adicionalmente, se confirman las multas por evasión no intencional y por la presentación extemporánea de informes tributarios.

Lección: Para asegurar la deducibilidad de créditos fiscales y gastos, es indispensable que todas las transacciones (individuales o múltiples con un mismo sujeto en 10 días) que superen los 58 salarios mínimos se paguen exclusivamente a través de medios bancarizados como cheques, transferencias o tarjetas. El contribuyente debe mantener pruebas que vinculen inequívocamente cada pago con su respectiva factura, ya que el pago en efectivo de dichas operaciones conlleva al rechazo automático del crédito fiscal.

$110,308
en disputa
26 arts. citados
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