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El Tribunal confirma la resolución de la DGII que objeta $54,412.38 en créditos fiscales de IVA a un contribuyente por no haber llevado el Registro de Control de Inventarios, un requisito legal indispensable. Adicionalmente, se ratifican múltiples multas que suman $30,221.33, incluyendo una por evasión intencional, al haber presentado declaraciones en cero a pesar de tener ventas registradas.
Lección: Para los contribuyentes que transfieren bienes muebles, es absolutamente crucial llevar un Registro de Control de Inventarios detallado y al día. La omisión de este registro formal invalida el derecho a deducir el crédito fiscal de las compras, incluso si se cuenta con todos los demás soportes documentales como facturas y registros contables.
El TAIIA confirma la resolución de la DGII que determinó un impuesto sobre la renta a cargo de un contribuyente y le impuso una multa, al desestimar sus apelaciones sobre la objeción de costos y gastos. Las deducciones rechazadas incluyen compras de combustible sin soporte documental, notas de crédito no registradas, el alquiler de un inmueble propiedad del mismo contribuyente y la depreciación de un vehículo que no le pertenecía.
Lección: Para que los costos y gastos sean deducibles del Impuesto sobre la Renta, es indispensable contar con toda la documentación de respaldo que compruebe la existencia, necesidad y cuantía de la operación. Además, los activos depreciados deben ser propiedad del contribuyente y los ajustes como descuentos o devoluciones deben registrarse contablemente para reflejar el costo real de adquisición.
La DGII multó a una contribuyente por evasión intencional, argumentando que omitió $45,000 de ganancia de capital en la venta de un inmueble. El error se debió a que su contador usó el precio de una promesa de venta en lugar de la escritura final. El Tribunal revocó la multa al determinar que declarar una operación con un valor incorrecto no equivale a la 'exclusión de una operación' tipificada en el Art. 254 lit. e) del Código Tributario, violándose así el Principio de Tipicidad.
Lección: Para evitar sanciones, es fundamental que la conducta del contribuyente se ajuste a la legalidad y que, en caso de ser sancionado, la infracción imputada por la Administración Tributaria se corresponda exactamente con la descripción legal (Principio de Tipicidad). Declarar una operación con un valor erróneo no es lo mismo que omitir por completo la declaración de dicha operación, lo cual puede ser un argumento de defensa clave.
El Tribunal de Apelaciones modifica una resolución de la DGII contra una empresa de telecomunicaciones. Se confirma la objeción de gastos por servicios de interconexión internacional debido a la omisión de retener ISR a proveedores no domiciliados, y la objeción a 'cargos fijos' por falta de prueba. Sin embargo, se revocan las objeciones a gastos por comisiones, compra de pines y marketing, al considerar que el contribuyente sí demostró la existencia efectiva de esas operaciones, ajustando así el impuesto y la multa a pagar.
Lección: Para asegurar la deducibilidad de un gasto, especialmente en operaciones con partes relacionadas o servicios intangibles, no es suficiente contar con la documentación formal como contratos y facturas. Es crucial mantener un expediente robusto con pruebas de la materialización del servicio (reportes, correos, controles, entregables) y cumplir rigurosamente con todas las obligaciones asociadas, como las retenciones de impuestos a no domiciliados, ya que la omisión de una obligación puede invalidar la deducción del gasto completo.
El Tribunal de Apelaciones confirma una resolución de la DGII que determinó un ajuste al Impuesto sobre la Renta y una multa por evasión intencional a una empresa. La decisión se basó en la detección de rentas no declaradas y, principalmente, en la objeción de costos por compras a proveedores cuya existencia y operaciones no pudieron ser verificadas, fallando el contribuyente en probar la materialidad de dichas transacciones.
Lección: Para asegurar la deducibilidad de un costo, no es suficiente contar con el comprobante fiscal y el registro contable; es crucial que el contribuyente pueda demostrar la existencia real y material de la operación. Esto implica mantener un control riguroso sobre la legitimidad y localización de sus proveedores, ya que la carga de probar la realidad de la transacción recae enteramente sobre quien pretende la deducción.