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R1403016TM Confirmatoria Renta 19 sept 2017

El Tribunal de Apelaciones confirma la resolución de la DGII que determinó un impuesto sobre la renta a cargo de una empresa azucarera y le impuso una multa por evasión no intencional. La decisión se basó en que el contribuyente dedujo indebidamente una serie de costos y gastos, incluyendo viáticos sin documentación, gastos personales de directivos, costos de un ejercicio anterior y cuotas a una asociación gremial, al no poder demostrar su necesidad para la generación de renta ni cumplir con los requisitos formales y sustantivos exigidos por la ley.

Lección: Para asegurar la deducibilidad de los gastos en el Impuesto sobre la Renta, es crucial mantener una documentación de soporte completa y legalmente válida (facturas, comprobantes) para cada erogación. Además, el contribuyente debe ser capaz de demostrar fehacientemente que cada gasto fue estrictamente necesario y directamente vinculado a la producción de ingresos gravados o a la conservación de la fuente del negocio, diferenciándolos claramente de los gastos personales o de mera liberalidad.

$322,915
en disputa
25 arts. citados
R1604036TM Confirmatoria Renta 19 sept 2017

El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determinó un impuesto sobre la renta complementario de $258,331.61 y una multa de $64,582.90 para el ejercicio 2010. La decisión se basa en el rechazo de múltiples deducciones de costos y gastos (viáticos, representación, atenciones, contribuciones a asociación) que el contribuyente no pudo respaldar con la documentación idónea que probara su necesidad para la generación de renta, además de no haber efectuado las retenciones correspondientes sobre pagos que fueron reclasificados como remuneración.

Lección: Para asegurar la deducibilidad de los costos y gastos, es indispensable mantener un estricto control documental, conservando facturas y comprobantes que demuestren fehacientemente la necesidad de cada erogación para la actividad productora de renta. Los pagos a empleados por conceptos como viáticos deben ser liquidados con justificantes, de lo contrario, serán considerados salario y deberán estar sujetos a las retenciones de ley para ser deducibles.

$322,915
en disputa
19 arts. citados
R1312002TM Modificatoria Renta 31 ago 2017

El Tribunal analiza el caso de una sociedad no domiciliada en un paraíso fiscal que, a pesar de beneficiarse de una tasa de retención reducida y definitiva sobre sus ingresos financieros, presentó una declaración de renta para deducir gastos y solicitar una devolución. El Tribunal confirma la decisión de la DGII de que la retención era un pago final y no podía presentar declaración por esas rentas, pero revoca la multa por evasión no intencional al no configurarse el tipo infractor.

Lección: Las entidades no domiciliadas que operan desde jurisdicciones de baja o nula tributación deben tener claro que, aunque califiquen para una tasa de retención reducida en El Salvador, dicha retención es un pago definitivo. No pueden presentar una declaración de renta para deducir gastos contra esos ingresos, ya que el régimen especial del Art. 158-A del Código Tributario prevalece sobre las reglas generales para no domiciliados.

$21,088
en disputa
26 arts. citados
R1607005TM Modificatoria Renta 29 ago 2017

Una contribuyente fue sancionada por la DGII con impuesto sobre la renta y multas por una ganancia de capital no declarada en la venta de un inmueble. El Tribunal de Apelaciones confirmó la multa por no presentar información, pero revocó la determinación del impuesto y la multa por evasión, al determinar que la DGII violó el principio de legalidad al no investigar si la operación calificaba como una renta no gravable (venta de primera casa de habitación) antes de imponer el tributo.

Lección: La Administración Tributaria no puede determinar un impuesto asumiendo que un hecho es gravado; tiene la carga de la prueba de verificar y descartar activamente que la operación no cae en un supuesto de no sujeción o exención previsto en la ley, como la venta de la primera casa de habitación. La falta de esta debida diligencia invalida la determinación del impuesto.

$17,520
en disputa
20 arts. citados
I1612005TM Confirmatoria IVA 24 ago 2017

Una empresa no presentó declaraciones de IVA ni pagó el impuesto correspondiente durante once meses, alegando problemas financieros. La DGII determinó el impuesto omitido e impuso multas separadas por la omisión de declarar y por evasión intencional. El Tribunal de Apelaciones confirmó tanto el impuesto como las multas, estableciendo que la dificultad económica no es excusa para no remitir el IVA y que ambas infracciones pueden ser sancionadas de forma acumulativa.

Lección: El IVA recaudado de los clientes no pertenece a la empresa, sino que se mantiene en fideicomiso para el Estado. Las dificultades financieras, como la falta de liquidez o los embargos, no eximen de la obligación legal de declarar y pagar este impuesto. El incumplimiento puede dar lugar a sanciones acumulativas por la falta formal de presentación de la declaración y por el delito sustantivo de evasión fiscal.

$84,717
en disputa
17 arts. citados
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