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R1609008TM Inadmisible Renta 30 sept 2016

Un contribuyente interpuso un recurso de apelación contra una resolución de la DGII que le determinó Impuesto sobre la Renta y varias multas por un total superior a $110,000. El Tribunal de Apelaciones declaró inadmisible el recurso por haber sido presentado de forma extemporánea, dos días después de vencido el plazo legal de quince días hábiles, confirmando que dicho plazo es perentorio y su incumplimiento hace que el acto de la DGII adquiera firmeza.

Lección: Es fundamental cumplir de manera estricta con los plazos procesales establecidos por la ley para interponer recursos. El no hacerlo, incluso por un breve lapso, resulta en la pérdida del derecho a que la instancia superior revise el fondo del caso, dejando firme la decisión de la administración tributaria.

$110,623
en disputa
5 arts. citados
A1404012TM Revocatoria Aduana 30 sept 2016

Un contribuyente importó bebidas saborizadas a base de ron, clasificándolas en la partida arancelaria correspondiente al ron. La Dirección General de Aduanas (DGA) reclasificó los productos a una categoría genérica, argumentando que los sabores añadidos alteraban su naturaleza, lo que generó una determinación de impuestos y una multa. El Tribunal de Apelaciones revocó la decisión de la DGA, tras comprobar mediante una inspección que el proceso productivo partía de ron auténtico, concluyendo que la adición posterior de sabores no desvirtuaba su carácter esencial para efectos de clasificación.

Lección: Para defender la clasificación arancelaria de un producto, es fundamental poder demostrar y documentar su proceso de elaboración completo, especialmente el origen de la materia prima. La adición de ingredientes secundarios como saborizantes no necesariamente cambia la clasificación si el carácter esencial del producto, derivado de su proceso original, se mantiene y corresponde a una partida específica. Es crucial solicitar y aportar pruebas técnicas, como inspecciones de fábrica, para sustentar la posición ante la administración tributaria.

$38,915
en disputa
2 arts. citados
R1602007TM Confirmatoria Renta 28 sept 2016

El contribuyente apela múltiples multas impuestas por la DGII por infracciones formales y sustantivas durante el ejercicio fiscal 2013, incluyendo la omisión de llevar contabilidad, no presentar declaraciones de pago a cuenta, no enterar el anticipo a cuenta y presentar una declaración de renta incorrecta. El TAIIA confirma todas las sanciones, desestimando el argumento del contribuyente sobre una notificación indebida y validando las pruebas de la DGII para cada infracción.

Lección: Es crucial cumplir con todas las obligaciones tributarias formales, como llevar contabilidad y presentar declaraciones mensuales, ya que su incumplimiento genera sanciones separadas e independientes del pago del impuesto anual. Además, una notificación se considera válida si es recibida en el domicilio fiscal por un empleado que demuestre tener acceso a la empresa (como el uso del sello), aunque no sea el representante legal.

$6,101
en disputa
21 arts. citados
R1402004TM Confirmatoria Renta 28 sept 2016

El Tribunal confirma la resolución de la DGII que objeta más de $1.4 millones en gastos de venta a un contribuyente por falta de documentación de respaldo y por no haber realizado las retenciones de ley (Renta, ISSS, AFP) sobre sueldos y honorarios. El contribuyente alegó ser víctima de un contador fraudulento, pero el Tribunal determinó que la responsabilidad fiscal es indelegable y que no aportó pruebas para desvirtuar los hallazgos, confirmando el impuesto de $352,913.10 y multas por $98,955.43.

Lección: El contribuyente es el único y final responsable del cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Es crucial mantener un control riguroso y un archivo completo de toda la documentación que respalda los costos y gastos, así como asegurar el cumplimiento de todas las obligaciones de retención, ya que la negligencia o fraude de un contador no exime de responsabilidad ante el Fisco.

$451,869
en disputa
45 arts. citados
I1401009TM Confirmatoria IVA 27 sept 2016

El Tribunal confirma la determinación de IVA y multas impuestas por la DGII a un contribuyente que vendió desperdicios de plomo sin emitir facturas, sin declarar las operaciones y presentando las declaraciones de IVA con valor cero. El Tribunal desestimó los argumentos del contribuyente sobre desconocimiento de la ley y cálculo incorrecto del impuesto, calificando la conducta como evasión intencional.

Lección: Toda transferencia de bienes, incluyendo desperdicios o chatarra, está gravada con IVA. Es una obligación ineludible del vendedor emitir el documento legal correspondiente, declarar la operación y pagar el impuesto, incluso si por error no se le cobró al cliente. Presentar declaraciones en cero mientras se realizan ventas constituye evasión intencional, una infracción grave con multas significativas, y alegar ignorancia de la ley no exime de responsabilidad.

$26,744
en disputa
26 arts. citados
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