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La DGII determinó impuesto sobre la renta retenido y no enterado, más multas, a un contribuyente. El contribuyente alegó haber pagado posteriormente, pero el Tribunal de Apelaciones confirmó la resolución, estableciendo que el pago tardío satisface la deuda del impuesto pero no elimina las multas, ya que la infracción se consumó al no pagar en el plazo legal.
Lección: Las retenciones de impuestos deben ser declaradas y enteradas al fisco dentro de los plazos legales establecidos. Realizar el pago después de una fiscalización o de la emisión de una resolución sancionatoria no exime al contribuyente de las multas por el incumplimiento original, ya que la infracción se configura en el momento en que vence el plazo para pagar.
La DGII determinó a una empresa de combustibles un impuesto sobre la renta omitido, presumiendo ingresos a partir de compras no registradas y rechazando la deducción de dichos costos por falta de documentos originales. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) confirmó la determinación del impuesto, reiterando que las fotocopias certificadas no son un respaldo válido, pero revocó la multa impuesta por evasión no intencional debido a que la DGII no motivó adecuadamente por qué aplicó esa sanción y no otra.
Lección: Es crucial mantener un control interno riguroso y conservar siempre la documentación original (no copias) que respalda los costos y gastos, ya que su ausencia impide la deducción fiscal y puede llevar a la determinación de impuestos sobre ingresos brutos. Los problemas internos de la empresa no son una excusa válida para el incumplimiento de las obligaciones tributarias.
El Tribunal de Apelaciones confirma una multa impuesta por la DGII a un contribuyente por nombrar a su auditor fiscal un día después del plazo legal. El contribuyente argumentó vicios de procedimiento y falta de proporcionalidad, pero el Tribunal determinó que el procedimiento para sanciones aisladas fue correcto y que la sanción, al estar fijada por ley, no es discrecional y debe aplicarse estrictamente ante el incumplimiento del plazo.
Lección: Los plazos para el cumplimiento de obligaciones formales, como el nombramiento del auditor fiscal, son de cumplimiento estricto. Un retraso, incluso de un solo día, es suficiente para configurar la infracción y la aplicación de la sanción correspondiente, la cual se calcula sobre el patrimonio y no es discrecional. Es crucial mantener un control riguroso de los calendarios fiscales para evitar multas significativas.
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que objeta a un contribuyente la deducción de gastos de Renta por más de $600,000. Las objeciones se deben a: 1) salarios sin el pago de retenciones de seguridad social, 2) alquileres de vivienda para ejecutivos no relacionados con la generación de renta, y 3) depreciación de cilindros que no eran propiedad de la empresa. El Tribunal ratifica que los planes de pago no equivalen a haber enterado las retenciones y que los requisitos de deducibilidad deben cumplirse estrictamente.
Lección: Para asegurar la deducibilidad de un gasto, no es suficiente que esté documentado y sea necesario para la operación; es imperativo cumplir con todos los requisitos específicos que la ley exige. En el caso de salarios, las retenciones de ISSS y AFP deben estar efectivamente pagadas ('enteradas') en el período correspondiente, y para la depreciación, la propiedad y el uso del activo para generar renta deben ser demostrables. Confiar en pagos o correcciones futuras no subsana el incumplimiento original.
El Tribunal de Apelaciones declara inadmisible un recurso de apelación debido a que el recurrente, quien afirmaba ser el Representante Legal de una sociedad, no logró acreditar su personería jurídica. A pesar de que el Tribunal le previno para que subsanara la omisión, el contribuyente solo presentó una boleta de inicio de trámite del Registro de Comercio, en lugar de la credencial de Administrador Único debidamente inscrita, incumpliendo así los requisitos formales establecidos en el Código Tributario y la ley del TAIIA.
Lección: Es fundamental que al interponer un recurso administrativo en nombre de una sociedad, se verifique que la credencial del representante legal esté vigente y debidamente inscrita en el Registro de Comercio, y se presente dicho documento para acreditar la personería. Confiar en documentos intermedios, como una boleta de presentación de trámite, es un error procesal grave que puede causar la inadmisibilidad del recurso y la pérdida de la instancia de apelación.