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R1305027TM Confirmatoria Renta 22 dic 2015

El TAIIA confirma la determinación de Impuesto sobre la Renta y multa contra una empresa de distribución eléctrica. El tribunal ratificó el rechazo de deducciones por: 1) pérdidas de energía que excedían el límite regulatorio, considerándolas un riesgo empresarial no deducible; 2) pagos por servicios de gestión a una afiliada extranjera por no probarse su prestación efectiva ('materialización'); y 3) gastos financieros de un préstamo cuyo uso total en la generación de renta no fue demostrado.

Lección: Para asegurar la deducibilidad de costos y gastos, es indispensable mantener documentación específica y fehaciente que demuestre no solo la existencia de la erogación, sino también su necesidad para generar renta y la efectiva realización de la operación. En servicios intragrupo, especialmente con no domiciliados, es crucial probar la 'materialización' del servicio con evidencia tangible más allá del contrato y los pagos.

$2,503,950
en disputa
27 arts. citados
R1510013TM Inadmisible Renta 22 dic 2015

El Tribunal de Apelaciones declara inadmisible un recurso de apelación debido a que el recurrente, quien manifestaba actuar como representante legal de una sociedad, no presentó la documentación que acreditara su personería. A pesar de haber sido prevenido por el Tribunal en dos ocasiones para que subsanara dicha omisión, el recurrente no lo hizo, lo que resultó en el rechazo del recurso por falta de legitimidad.

Lección: Al interponer un recurso administrativo, es indispensable adjuntar desde el inicio la documentación que acredite fehacientemente la personería y representación legal con la que se actúa. No subsanar esta omisión ante una prevención del Tribunal conduce a la inadmisibilidad del recurso, perdiendo la oportunidad de que se discuta el fondo del caso.

1 arts. citados
A1511002V Improponible Aduana 22 dic 2015

Un contribuyente compró camarones en una subasta aduanera que resultaron estar en mal estado. Solicitó la devolución del dinero a la Dirección General de Aduanas, la cual fue denegada. Al apelar ante el TAIIA, el tribunal declaró el recurso improponible por falta de competencia, argumentando que su jurisdicción se limita a materias tributarias y aduaneras específicas, y no a disputas sobre la calidad de bienes comprados en subasta.

Lección: Las compras en subastas aduaneras se realizan bajo el principio de 'en las condiciones en que se encuentren', lo que elimina el derecho a reclamos posteriores por vicios o mal estado de la mercancía. Además, las disputas sobre la compraventa en sí no son competencia del tribunal tributario-aduanero, por lo que se debe acudir a la vía legal correcta y comprender los riesgos inherentes a este tipo de adquisiciones.

$8,136
en disputa
2 arts. citados
M1403017M Modificatoria Otros 18 dic 2015

Una auditora fiscal fue sancionada por la DGII por incumplimientos en su dictamen fiscal, específicamente por no documentar adecuadamente la verificación de créditos fiscales de IVA y el tratamiento de préstamos. El Tribunal de Apelaciones confirmó esta sanción, pero revocó una segunda multa por entrega extemporánea de documentos, al considerar que la DGII no probó el retraso.

Lección: Es fundamental que los auditores fiscales no solo realicen los procedimientos de verificación exigidos por la ley, sino que también documenten de manera exhaustiva y detallada dichos procedimientos en sus papeles de trabajo. La falta de evidencia documental del trabajo realizado puede llevar a sanciones, ya que las afirmaciones sin respaldo probatorio son insuficientes para demostrar el cumplimiento de las obligaciones del auditor.

$1,038
en disputa
20 arts. citados
I1410005TM Modificatoria IVA 14 dic 2015

Un contribuyente fue sancionado por la DGII por no presentar declaraciones de IVA, no pagar el impuesto y no enterar retenciones, imponiéndole multas por omisión y evasión intencional. El contribuyente apeló, alegando un cálculo incorrecto de la multa por omisión y que la evasión no fue intencional. El Tribunal modificó la multa por omisión al cambiar el criterio de cálculo a favor del contribuyente, pero confirmó la sanción por evasión intencional, desestimando las justificaciones económicas presentadas.

Lección: No presentar las declaraciones de IVA y no enterar el impuesto recaudado de los clientes se considera evasión intencional, independientemente de las dificultades económicas de la empresa. El IVA es un impuesto que pertenece al Fisco desde el momento de su recaudación, y el contribuyente es solo un intermediario, por lo que argumentar falta de fondos propios para justificar el no pago es un argumento inválido.

$89,994
en disputa
24 arts. citados
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