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Un contribuyente apeló una resolución de la DGII que le determinó un impuesto de IVA por $18,213.81 y multas por más de $36,000. La DGII reclasificó exportaciones como ventas locales y objetó créditos fiscales por falta de pruebas. El Tribunal (TAIIA) modificó la resolución, revocando el impuesto y la mayoría de las multas por vulneraciones a los principios de Verdad Material, Seguridad Jurídica y Tipicidad, pero confirmó la multa por presentar información fuera de plazo.
Lección: Es crucial mantener documentación robusta y contemporánea que demuestre la materialidad y la naturaleza de todas las operaciones, especialmente para exportaciones de servicios y gastos deducibles. La falta de pruebas concretas (contratos, correos, informes, bitácoras) que sustenten lo declarado puede llevar a ajustes fiscales, aunque estos puedan ser revertidos si la Administración Tributaria comete errores de procedimiento o fundamentación.
La DGII fiscalizó a una empresa de telecomunicaciones por el ejercicio 2014, determinando un impuesto a pagar de $9.7 millones y multas por $2.7 millones. Las objeciones principales fueron la omisión de ingresos al tratar impuestos como parte del precio, y la deducción improcedente de costos por servicios de no domiciliados (sin retención), gastos que beneficiaban a una parte relacionada, y gastos por un contrato de franquicia y pago de dividendos. El TAIIA confirmó en su totalidad la resolución de la DGII, validando todos los hallazgos y sanciones.
Lección: Para que un costo o gasto sea deducible, es crucial demostrar de manera fehaciente su necesidad y vinculación directa con la generación de renta gravable o la conservación de la fuente, especialmente en operaciones con partes relacionadas o no domiciliadas. El incumplimiento de obligaciones formales, como la retención de impuestos a no domiciliados por servicios utilizados en el país, anula automáticamente el derecho a la deducción del gasto asociado.
Un contribuyente interpuso un recurso de apelación contra una resolución de la DGII que le determinó un pago de Impuesto sobre la Renta y cuatro multas asociadas para el ejercicio 2017. El Tribunal de Apelaciones declaró inadmisible el recurso por haber sido presentado de forma extemporánea, 26 días después de vencido el plazo legal de 15 días hábiles, sin entrar a conocer los argumentos de fondo del caso.
Lección: Es fundamental cumplir rigurosamente con los plazos procesales para la interposición de recursos administrativos. El plazo para apelar ante el TAIIA es de 15 días hábiles y es perentorio, lo que significa que su vencimiento provoca la pérdida automática del derecho a recurrir y la firmeza del acto impugnado, independientemente de la validez de los argumentos de fondo.
Un contribuyente interpuso un recurso de apelación contra una resolución de la Dirección General de Aduanas. Posteriormente, solicitó el desistimiento del recurso para acogerse a los beneficios de una ley transitoria de facilidades de pago. El Tribunal verificó que la apoderada tenía las facultades para desistir y, al no existir razones de interés público para continuar, aceptó el desistimiento y dio por finalizado el proceso.
Lección: Los contribuyentes pueden desistir de un recurso de apelación en cualquier fase del procedimiento para acogerse a beneficios fiscales, como amnistías tributarias, siempre que su representante legal cuente con las facultades expresas para realizar dicho acto procesal.
Un contribuyente interpuso un recurso de apelación contra una resolución de la Dirección General de Aduanas. Posteriormente, solicitó el desistimiento del recurso para acogerse a los beneficios de la 'Ley Especial y Transitoria que otorga Facilidades para el Cumplimiento Voluntario de Obligaciones Tributarias y Aduaneras'. El Tribunal de Apelaciones aceptó el desistimiento, dando por finalizado el proceso, al constatar que el apoderado tenía las facultades necesarias y no existía interés público para continuar.
Lección: Es estratégico evaluar la conveniencia de desistir de un recurso de apelación en curso si se publica una ley transitoria que ofrezca amnistías o facilidades de pago, ya que puede resultar más beneficioso acogerse a ella que continuar con el litigio.