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El Tribunal confirma una multa de $600 impuesta por la DGII a una contribuyente por no emitir factura por un servicio de habitación de $7.00, hecho verificado por un fedatario. La defensa de la contribuyente, basada en que ya no era la propietaria del negocio, fue desestimada por falta total de pruebas que sustentaran su afirmación.
Lección: Es una obligación ineludible emitir y entregar la factura o documento equivalente inmediatamente al momento de recibir el pago por una venta o servicio, sin esperar a que el cliente la solicite. Además, el contribuyente es responsable de las infracciones de sus empleados y debe probar con documentos cualquier hecho que alegue en su defensa, ya que las simples afirmaciones no tienen valor probatorio ante la administración o los tribunales.
El Tribunal confirma una multa impuesta por la DGII a una contribuyente por no emitir una factura por una venta de $3.80, verificada por un fedatario. La contribuyente alegó que fue un descuido de su empleada y emitió la factura posteriormente, pero el Tribunal sostuvo que la infracción se comete al no entregar el documento en el momento del pago y que el empleador es responsable por sus dependientes.
Lección: Es crucial capacitar a todo el personal para que emita y entregue facturas o documentos equivalentes por cada venta, sin excepción y en el momento exacto del pago. La negligencia de un empleado no exime de responsabilidad al contribuyente, y la emisión posterior del documento solo sirve para atenuar la multa, no para eliminar la infracción.
El Tribunal de Apelaciones confirma la decisión de la DGII de rechazar la deducción de reservas para cuentas incobrables a una cooperativa financiera. La sentencia establece que, al no ser una entidad supervisada por la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF), la cooperativa no cumple con el requisito legal indispensable del artículo 31 numeral 3) de la Ley de Impuesto sobre la Renta para aplicar dicho beneficio, independientemente de la similitud de su giro económico con los bancos.
Lección: Las deducciones fiscales específicas, como las reservas de saneamiento para entidades financieras, están estrictamente limitadas a los sujetos y condiciones que la ley expresamente señala. No es posible aplicar por analogía beneficios fiscales de otros sujetos, aunque se realice una actividad económica similar, y las normas contables o de entes reguladores privados no pueden prevalecer sobre la ley tributaria para crear derechos de deducibilidad.
Un contribuyente apeló una resolución de la DGII que le determinó Impuesto sobre la Renta y una multa por evasión para el ejercicio 2017. El Tribunal de Apelaciones declaró inadmisible el recurso por haber sido presentado dos días después de vencido el plazo legal de quince días hábiles, dejando firme la deuda tributaria.
Lección: Es fundamental cumplir rigurosamente con los plazos legales para interponer recursos. El plazo de 15 días hábiles para apelar ante el TAIIA es perentorio, y su incumplimiento, incluso por un breve lapso, resulta en la inadmisibilidad del recurso y la pérdida de la oportunidad de discutir el fondo del caso.
La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) sancionó a una empresa con una multa de $420.00 por emitir un tiquete de venta sin todos los requisitos formales. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) revocó la sanción, determinando que la DGII había autorizado previamente el uso de la máquina registradora y validado las muestras de los tiquetes, por lo que la resolución sancionatoria carecía de la debida motivación al no justificar el cambio de criterio.
Lección: Es fundamental conservar toda la documentación de las autorizaciones emitidas por la Administración Tributaria, incluyendo las muestras de documentos aprobadas. Si la autoridad fiscal sanciona una práctica que ella misma autorizó previamente, dicha autorización es una prueba clave para demostrar que se actuó de buena fe y que la sanción es improcedente por falta de motivación y violación a la seguridad jurídica.