Volver al Dashboard 2744 sentencias encontradas

Buscar Sentencias

Filtros avanzados
A1911005TM Revocatoria Aduana 11 ago 2020

El contribuyente importó barras de sonido clasificándolas como altavoces (partida 8518), exentas de DAI. La Aduana las reclasificó como aparatos de reproducción de sonido (partida 8519), imponiendo DAI, IVA, una multa y el impuesto CESC por su función Bluetooth. El Tribunal de Apelaciones revocó la decisión, estableciendo que la función principal es la de altavoz y que la tecnología Bluetooth del dispositivo no lo sujeta al CESC.

Lección: Al importar mercancías multifuncionales, la clasificación arancelaria debe basarse en la función principal que caracteriza al producto, no en sus funciones accesorias. Es fundamental documentar y argumentar cuál es el 'carácter esencial' del bien, utilizando manuales técnicos y las Reglas Generales de Interpretación del Arancel, especialmente la Regla 3 sobre la partida más específica.

$11,888
en disputa
3 arts. citados
A1809014TM Revocatoria Aduana 11 ago 2020

La Dirección General de Aduanas (DGA) rechazó el valor declarado por un importador debido a que este no presentó registros contables ni pruebas de pago, determinando un valor aduanero y una obligación tributaria significativamente mayores. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) confirmó que el rechazo del valor fue correcto por la falta de pruebas del contribuyente, pero revocó la nueva determinación de impuestos de la DGA porque esta no motivó ni justificó adecuadamente por qué descartó los métodos de valoración previos antes de aplicar el método del 'último recurso'.

Lección: Los importadores deben mantener registros contables completos y toda la documentación de respaldo de sus operaciones, incluyendo pruebas de pago, para defender el valor de transacción declarado. Por otro lado, la autoridad aduanera, incluso ante un incumplimiento del contribuyente, tiene la obligación ineludible de motivar y documentar rigurosamente el descarte sucesivo de cada método de valoración antes de aplicar el 'último recurso', de lo contrario, su determinación será declarada ilegal.

$66,383
en disputa
2 arts. citados
A1809001TM Revocatoria Aduana 11 ago 2020

Un contribuyente importó mercancías y la Aduana detectó cinchos no declarados, determinando impuestos (DAI e IVA) y una multa. El contribuyente alegó que el valor de los cinchos estaba incluido en el de las carteras y que la valoración de la Aduana era incorrecta. El Tribunal de Apelaciones revocó la decisión de la Aduana, no por el fondo del asunto, sino porque la autoridad no justificó adecuadamente por qué utilizó el 'método de último recurso' para valorar la mercancía, incumpliendo el procedimiento establecido en el Acuerdo GATT.

Lección: La autoridad aduanera debe motivar de forma explícita y detallada el descarte de cada uno de los métodos de valoración aduanera (del 1 al 6 del Acuerdo GATT) antes de poder aplicar válidamente el método de 'último recurso'. La falta de esta motivación secuencial anula la determinación de impuestos, incluso si existe evidencia de una infracción material como la mercancía no declarada.

$6,556
en disputa
1 arts. citados
A1907002VO Confirmatoria Aduana 12 mar 2020

El Tribunal confirma la resolución de la Dirección General de Aduanas que deniega el origen centroamericano a mercancías (alimentos para animales) exportadas desde Honduras. El exportador admitió haber usado incorrectamente el FAUCA del TGIEC, alegando que las mercancías calificaban bajo CAFTA-DR, pero el Tribunal determinó que la solicitud de corrección fue extemporánea y que no se probó el cumplimiento de las reglas de origen del tratado invocado originalmente.

Lección: Es crucial asegurarse de que las mercancías cumplen con las reglas de origen específicas del tratado comercial que se invoca antes de emitir el certificado de origen (ej. FAUCA). Cualquier error en la certificación debe corregirse ante la autoridad aduanera antes de que se inicie un procedimiento de verificación, ya que intentar cambiar el fundamento del tratado o rectificar el certificado a posteriori será desestimado.

5 arts. citados
A1906010TM Revocatoria Aduana 11 mar 2020

Un contribuyente importó 'Jugo de Aloe Vera' y 'Clorofila Líquida', declarándolos exentos del impuesto ad-valorem sobre bebidas por ser complementos medicinales según la Dirección Nacional de Medicamentos (DNM). La Dirección General de Aduanas (DGA) rechazó la exención y determinó el impuesto, basándose en sus propios análisis de laboratorio. El Tribunal de Apelaciones revocó la decisión de la DGA por una grave falta de motivación, ya que la DGA no fundamentó adecuadamente su resolución y, crucialmente, no incluyó en el expediente los análisis de laboratorio que supuestamente la sustentaban.

Lección: La Administración Tributaria debe garantizar que sus resoluciones estén exhaustivamente motivadas y que el expediente administrativo contenga todas las pruebas y documentos que las respaldan. La omisión de pruebas fundamentales, como análisis técnicos, invalida el acto por violar el derecho de defensa y la seguridad jurídica, demostrando que un error procesal de la autoridad puede ser más determinante que el fondo de la disputa tributaria.

$3,732
en disputa
10 arts. citados
Página 190 de 549 (2744 sentencias)
0 sentencias encontradas