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003-0724 Confirmatoria Renta 17 dic 2024

El contribuyente, una empresa de gas licuado, dedujo pérdidas operativas resultantes de vender su producto por debajo del costo como una estrategia para competir en el mercado. La DGII objetó dicha deducción, argumentando que las pérdidas voluntarias no son necesarias para generar renta. El Tribunal de Apelaciones confirmó la decisión de la DGII, estableciendo que estas pérdidas son un riesgo empresarial que debe asumir el contribuyente y no son deducibles fiscalmente.

Lección: Vender productos por debajo de su costo, aunque sea una estrategia de mercado válida, genera pérdidas operativas que no son deducibles del Impuesto sobre la Renta. Estas pérdidas se consideran un riesgo empresarial asumido voluntariamente y no cumplen con el principio de causalidad (necesidad del gasto para generar renta), por lo que no pueden utilizarse para reducir la base imponible.

20 arts. citados
005-0524 Modificatoria Renta 17 dic 2024

El contribuyente, una empresa avícola, apeló una determinación de Impuesto sobre la Renta y una multa por evasión no intencional impuestas por la DGII. Las objeciones incluían rentas no declaradas por ajustes a exportaciones, y la no deducibilidad de costos y gastos por falta de retención, improcedencia, falta de necesidad y falta de materialidad. El Tribunal modificó la resolución, revocando la objeción al costo por mortalidad de aves por falta de fundamento técnico, pero confirmando las demás objeciones y ajustando el impuesto y la multa a pagar.

Lección: Es fundamental cumplir rigurosamente con los deberes formales y sustantivos para cada operación. Esto incluye utilizar los documentos y procedimientos legales correctos para ajustes (ej. exportaciones), efectuar las retenciones obligatorias (ej. pagos a no domiciliados) y, crucialmente, mantener documentación de soporte robusta que demuestre la necesidad, realidad y materialidad de cada costo y gasto deducido, especialmente en servicios intangibles.

$382,804
en disputa
43 arts. citados
005-1024 Inadmisible Otros 17 dic 2024

El contribuyente fue sancionado por la DGII con multas que suman $7,080.45 por la omisión y presentación tardía de informes tributarios. El contribuyente apeló la decisión ante el TAIIA, pero presentó su recurso un día después del plazo legal de quince días hábiles. Como resultado, el Tribunal declaró inadmisible el recurso por extemporáneo, sin analizar los argumentos de fondo contra las multas.

Lección: Es fundamental realizar un cómputo riguroso de los plazos legales para la interposición de recursos. Presentar una apelación fuera del término, incluso por un solo día, provoca su rechazo inmediato por inadmisible, perdiéndose la oportunidad de que la autoridad revise la legalidad del acto impugnado.

$7,080
en disputa
16 arts. citados
011-0524 Modificatoria Renta 16 dic 2024

El Tribunal de Apelaciones modifica una resolución de la DGII sobre Impuesto sobre la Renta, revocando el rechazo de varias deducciones de gastos (intereses de valores bursátiles, honorarios legales, servicios de calificación de riesgo) al aplicar normativas sectoriales específicas y el principio de necesidad. Sin embargo, confirma el rechazo de otros gastos por falta de documentación idónea y establece que las multas por declaración incorrecta y evasión no intencional pueden coexistir sin violar el principio ne bis in idem.

Lección: Es crucial documentar todos los gastos con los soportes legalmente exigidos, como facturas (invoices) incluso de proveedores extranjeros. Además, se debe comprender que las regulaciones de mercados específicos, como el bursátil, pueden establecer reglas de documentación particulares que prevalecen sobre las normas generales, y es responsabilidad del contribuyente demostrar su aplicabilidad.

$514,313
en disputa
36 arts. citados
022-0224 Modificatoria IVA 28 nov 2024

Un contribuyente del rubro de la construcción apeló una determinación de IVA y multas. El Tribunal confirmó las objeciones de la DGII a los créditos fiscales por falta de prueba de la existencia de las operaciones, gastos no indispensables y no llevar un registro de inventarios adecuado. Sin embargo, el Tribunal revocó el impuesto determinado y la multa por evasión, al constatar que la DGII calculó erróneamente la base imponible sobre pagos parciales en lugar del valor total de los contratos, violando el principio de legalidad. Se confirmó únicamente la multa por no presentar el informe F-930.

Lección: Las empresas constructoras deben documentar exhaustivamente la materialidad de sus compras (recepción, uso en proyectos, pagos) más allá de la simple tenencia de facturas. Es crucial llevar un Registro de Control de Inventarios detallado para los materiales, conforme al Art. 142-A del Código Tributario, ya que su ausencia o deficiencia anula el derecho al crédito fiscal. Además, se debe asegurar que la Administración Tributaria calcule el IVA sobre el valor total convenido en los contratos de obra y no sobre estimaciones parciales.

$23,139
en disputa
57 arts. citados
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