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C1701024M Confirmatoria Código Tributario 27 oct 2017

El Tribunal confirma seis multas impuestas por la DGII a un contribuyente por diversas infracciones cometidas en el ejercicio fiscal 2014. Las infracciones incluyen no enterar y enterar parcialmente el anticipo a cuenta de Renta, llevar registros de inventario deficientes, presentar tardíamente informes obligatorios y declarar incorrectamente el impuesto. El Tribunal desestima el argumento del contribuyente sobre la duplicidad de sanciones, reafirmando que cada incumplimiento de una obligación tributaria constituye una infracción independiente y debe ser sancionada por separado.

Lección: Cada obligación tributaria, ya sea sustantiva (pago de impuestos) o formal (presentación de informes, mantenimiento de registros), es independiente. Cumplir con una, como pagar el impuesto anual, no exime de las sanciones por haber incumplido otras, como los pagos a cuenta mensuales o la presentación de informes en tiempo y forma. Es crucial atender cada obligación de manera individual y puntual para evitar la acumulación de múltiples sanciones.

$23,749
en disputa
32 arts. citados
C1703006M Confirmatoria Código Tributario 27 oct 2017

El Tribunal de Apelaciones confirma una multa de $19,091.10 impuesta a una sociedad por presentar su informe anual de inventario (Formulario F-983) para el ejercicio 2013 casi tres años fuera del plazo legal. A pesar de que el contribuyente admitió el error y solicitó una reducción de la multa, el Tribunal determinó que la sanción fue correctamente tipificada y calculada según el Código Tributario, incluyendo la atenuante por subsanación voluntaria, por lo que no era posible una reducción adicional.

Lección: El cumplimiento de las obligaciones formales, como la presentación de informes en los plazos establecidos, es mandatorio y su incumplimiento conlleva sanciones específicas. Admitir el error no garantiza una reducción de la multa más allá de las atenuantes que la propia ley contempla, y es crucial fundamentar cualquier defensa en la norma aplicable al caso concreto para no ser desestimada por falta de tipicidad.

$19,091
en disputa
9 arts. citados
R1604005TM Confirmatoria Renta 27 oct 2017

El Tribunal confirma la determinación de impuesto sobre la renta a una estación de servicio, validando la presunción de ingresos por un faltante de inventario que el contribuyente no pudo justificar como merma por evaporación. Adicionalmente, se ratifica la objeción de gastos por sueldos, intereses y honorarios a accionistas por no cumplir con los requisitos legales de documentación, retención y prueba.

Lección: Es fundamental mantener un control de inventarios riguroso y documentar adecuadamente todos los costos y gastos. Las deducciones requieren el cumplimiento estricto de todos los requisitos formales y sustanciales, como la realización de retenciones legales y el respaldo con documentos tributarios idóneos, ya que la carga de la prueba para demostrar la procedencia del gasto recae siempre en el contribuyente.

$234,254
en disputa
23 arts. citados
A1710008VO Improponible Aduana 25 oct 2017

Un importador apela una resolución de la Dirección General de Aduanas que declara que el 'Frijol Rojo' importado de Nicaragua no es originario de dicho país, denegando los beneficios arancelarios. El Tribunal de Apelaciones declara el recurso improponible, argumentando que el importador carece de legitimación activa para impugnar una resolución de verificación de origen, ya que este procedimiento se dirige al exportador o productor, no al importador, basándose en jurisprudencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo.

Lección: Un importador no tiene la capacidad legal (legitimación activa) para apelar directamente una resolución de verificación de origen. Este procedimiento es distinto al de la determinación de obligaciones aduaneras y está dirigido al exportador/productor, quien es el único legitimado para impugnar dicha resolución.

2 arts. citados
R1608006TM Confirmatoria Renta 23 oct 2017

Una contribuyente omitió declarar la ganancia de capital por la venta de un inmueble, alegando un error involuntario y solicitando deducir mejoras con una declaración jurada. El Tribunal confirmó la determinación del impuesto y las multas por evasión intencional y declaración incorrecta, al considerar que la declaración jurada no es prueba idónea y que la carga de probar las deducciones con documentos fehacientes recae en el contribuyente.

Lección: Para deducir gastos de mejoras en la venta de un inmueble y así disminuir la ganancia de capital gravable, es indispensable documentar y conservar todas las facturas, contratos y comprobantes de pago que respalden dichas erogaciones. Una declaración jurada no es prueba suficiente ante la Administración Tributaria, y la omisión de ingresos puede ser sancionada como evasión intencional.

$14,098
en disputa
20 arts. citados
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0 sentencias encontradas