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El Tribunal confirma la resolución de la DGII que objeta a una empresa de telecomunicaciones la deducción de costos y gastos por pagos a no domiciliados (servicios de interconexión y préstamos) al no haber efectuado las retenciones de ISR correspondientes. También se confirma la objeción de la deducción de un impuesto específico que la ley prohíbe deducir. El fallo se centra en que los servicios se consideran 'utilizados' en El Salvador si el beneficio económico se obtiene en el país y que los beneficios fiscales aplican estrictamente desde su fecha de vigencia.
Lección: Para que los pagos a proveedores no domiciliados sean deducibles, es crucial analizar si el servicio se utiliza económicamente en El Salvador para determinar la obligación de retener el Impuesto sobre la Renta. Además, los beneficios fiscales como exenciones o tasas preferenciales son de aplicación estricta y solo rigen a partir de la fecha en que se cumplen todos los requisitos legales, no de forma retroactiva.
La Dirección General de Aduanas ajustó el valor aduanero de vehículos usados importados y aplicó impuestos y multas, debido a que el contribuyente no presentó la contabilidad para respaldar el valor declarado. El Tribunal de Apelaciones confirmó los ajustes de impuestos al validar el rechazo del valor por falta de pruebas, pero revocó la totalidad de las multas al determinar que la conducta del contribuyente no encajaba en la infracción de 'inexactitud' por la que fue sancionado, violando el principio de tipicidad.
Lección: Es fundamental que los importadores mantengan y puedan presentar su contabilidad y todos los documentos de respaldo de sus operaciones. En caso de pérdida o robo de dicha documentación, es indispensable notificar formalmente a la Administración Tributaria y seguir el procedimiento legal para su reconstrucción, ya que la simple presentación de una denuncia policial no es suficiente para justificar el incumplimiento y evitar ajustes fiscales.
Un contribuyente apela ante el TAIIA la decisión de la Dirección General de Aduanas de negarle los beneficios de una ley transitoria de amnistía fiscal. El Tribunal declara inadmisible el recurso, argumentando que carece de competencia para resolver sobre la aplicación de dicha ley, ya que su jurisdicción se limita a materias específicas como la determinación de tributos, sanciones y valoración aduanera, entre otras, según lo define la normativa aduanera centroamericana.
Lección: Antes de interponer un recurso de apelación, es fundamental verificar que el acto impugnado se encuentre dentro de la lista taxativa de materias sobre las cuales el TAIIA tiene competencia legal para resolver. Apelar un acto no contemplado en dicha lista, como la denegatoria de beneficios de una ley transitoria, resultará en la inadmisibilidad del recurso por falta de competencia del tribunal.
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determinó un impuesto de IVA a cargo de una empresa de venta directa por la entrega de premios (incentivos) a sus vendedoras. Se estableció que dicha entrega constituye un 'retiro de bienes con fines promocionales', un hecho generador de IVA. Adicionalmente, se ratificaron multas por no llevar correctamente los registros de inventario y por presentar de forma incompleta los informes de percepciones de IVA.
Lección: La entrega de bienes como premios o incentivos a empleados, vendedores o colaboradores para estimular las ventas se considera un 'retiro de bienes con fines promocionales' y está gravado con IVA. Las empresas deben calcular el IVA sobre el costo de adquisición de dichos bienes y declararlo, incluso si los bienes no son parte de su inventario de venta regular.
El Tribunal de Apelaciones declara inadmisible un recurso de apelación interpuesto por una contribuyente contra una resolución de la DGII que le determinó un pago de IVA por $19,256.25 y multas por $29,972.65. La inadmisibilidad se debe a que el recurso fue presentado un día después de vencido el plazo perentorio de quince días hábiles que establece la ley, lo que provoca que la resolución de la DGII adquiera firmeza.
Lección: Es crucial respetar de manera estricta los plazos legales para la interposición de recursos administrativos. El incumplimiento, incluso por un solo día, de un plazo perentorio como el de apelación, resulta en la pérdida total del derecho a impugnar la decisión de la administración tributaria, dejando firme el acto y sus consecuencias económicas.