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R1005019TM Confirmatoria Renta 12 jul 2011

El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) revisó una resolución de la DGII que determinó un impuesto sobre la renta y una multa por evasión intencional a una empresa distribuidora de combustible. El TAIIA confirmó mayoritariamente la decisión de la DGII, al considerar improcedentes los ajustes a ingresos mediante notas de crédito que no cumplían los requisitos legales y al rechazar la deducción de la mayoría de los gastos por servicios del exterior por falta de prueba de su materialización. Sin embargo, el Tribunal modificó la resolución al aceptar la deducción del gasto por regalías de uso de marca, ajustando a la baja el impuesto y la multa a pagar.

Lección: Para asegurar la deducibilidad de gastos por servicios, especialmente los provenientes de partes relacionadas en el exterior, es crucial mantener un expediente probatorio robusto que vaya más allá del contrato y la factura. Se debe poder demostrar fehacientemente que el servicio fue efectivamente prestado, recibido, y que era necesario para la generación de renta, detallando en lo posible quién lo prestó, quién lo recibió y los resultados concretos del servicio. Asimismo, las notas de crédito deben usarse estrictamente para los fines previstos en la ley, como ajustes de precio o devoluciones, y siempre deben referenciar la factura original.

$1,706,039
en disputa
35 arts. citados
R1005026TM Modificatoria Renta 12 jul 2011

El Tribunal confirma la resolución de la DGII que objeta deducciones de Impuesto sobre la Renta a un contribuyente por un total de $4,445,931.88. Las objeciones se refieren a gastos por servicios de tecnología del exterior, un pago por cancelación anticipada de un préstamo y gastos financieros, determinando que el contribuyente no probó la materialización de los servicios ni la necesidad de los gastos para generar renta gravable.

Lección: Para que los gastos sean deducibles, especialmente aquellos con partes relacionadas no domiciliadas o de naturaleza financiera compleja, no es suficiente contar con contratos y facturas. Es crucial mantener un expediente robusto con pruebas fehacientes y en idioma español que demuestren la efectiva prestación y recepción del servicio (materialización) y su vinculación directa e indispensable con la generación de ingresos gravables para la empresa.

$1,389,354
en disputa
30 arts. citados
I1005028T Confirmatoria IVA 7 jul 2011

El Tribunal de Apelaciones confirma la decisión de la DGII de objetar créditos fiscales de IVA a un contribuyente del rubro de la construcción. La objeción se fundamenta en que el contribuyente, a pesar de poseer los Comprobantes de Crédito Fiscal, no pudo demostrar la existencia efectiva (materialidad) de los servicios prestados por sus proveedores. Las investigaciones de la DGII revelaron que los proveedores no declararon dichos ingresos y carecían de la capacidad operativa (empleados) para realizar los trabajos facturados.

Lección: La simple posesión de un Comprobante de Crédito Fiscal no garantiza el derecho a la deducción del IVA. Es crucial que el contribuyente mantenga un sólido soporte documental que pruebe la materialidad de la operación, como contratos, informes de servicio, pruebas de pago robustas y realizar una debida diligencia para asegurarse que sus proveedores son empresas reales, operativas y cumplidoras de sus obligaciones fiscales.

13 arts. citados
I1009009T Confirmatoria IVA 30 jun 2011

El TAIIA confirma la resolución de la DGII que objeta créditos fiscales de IVA por $94,362.47 a un contribuyente. La objeción se basa en que el contribuyente no pudo demostrar la existencia efectiva (materialidad) de las compras, ya que los proveedores eran ilocalizables, su supuesto representante legal negó conocerlos y no se aportaron pruebas de pago ni de ingreso de la mercadería a inventario.

Lección: Para asegurar la deducibilidad de un crédito fiscal de IVA, no basta con poseer un Comprobante de Crédito Fiscal formalmente válido. El contribuyente debe ser capaz de demostrar la materialidad de la operación con pruebas adicionales como registros de inventario, comprobantes de pago, contratos y evidencia de la existencia real del proveedor, ya que la carga de la prueba recae sobre él.

$94,362
en disputa
19 arts. citados
I1009005TM Modificatoria IVA 30 jun 2011

El Tribunal confirma la decisión de la DGII de objetar créditos fiscales de IVA a una empresa constructora. La objeción se basa en dos motivos: compras facturadas por un proveedor que ya había fallecido, considerándose operaciones inexistentes; y gastos en la construcción de un nuevo proyecto habitacional, los cuales no son deducibles. El Tribunal solo modifica el cálculo de una de las multas impuestas, aplicándola sobre el total del período y no por transacción.

Lección: Es crucial realizar una debida diligencia sobre los proveedores para verificar su existencia y estatus fiscal antes de realizar transacciones. Además, se debe asegurar que los créditos fiscales de IVA reclamados provengan exclusivamente de gastos indispensables para generar operaciones gravadas, excluyendo aquellos destinados a la construcción de activos fijos inmobiliarios nuevos.

$37,755
en disputa
20 arts. citados
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