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I2012003M Confirmatoria IVA 27 ago 2021

El Tribunal confirma una multa de $420.00 impuesta a un contribuyente por no emitir una factura por una venta de $12.10, detectada por un fedatario de la DGII. El contribuyente apeló argumentando que fue un error de una empleada nueva y que la multa era desproporcionada, pero el Tribunal sostuvo que la obligación de facturar es ineludible, la sanción está fijada por ley y la emisión posterior del documento solo sirve como atenuante.

Lección: La obligación de emitir y entregar facturas por cada operación es absoluta e inmediata, sin importar el monto de la venta. Justificaciones como la inexperiencia del personal o la falta de intención de evadir no son aceptadas como defensa, y la emisión tardía del documento, aunque puede reducir la multa, no elimina la infracción una vez ha sido detectada por la autoridad fiscal.

$420
en disputa
31 arts. citados
R1704012TM Confirmatoria Renta 24 ago 2021

El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determinó un impuesto complementario de Renta y una multa por evasión no intencional. Los ajustes se originaron por tres motivos: la determinación de ingresos presuntos por intereses en préstamos otorgados a tasa 0%; la objeción de gastos por honorarios de asesoría al considerarlos no necesarios, ya que los servicios eran prestados por los mismos directivos de la empresa; y la objeción de gastos financieros por préstamos cuyos fondos no se destinaron a la generación de renta.

Lección: Es crucial que los gastos deducidos, especialmente los servicios de asesoría, no solo estén documentados, sino que sean demostrablemente necesarios e indispensables para la actividad económica. Contratar servicios de empresas cuyos asesores son los mismos directivos de la compañía contratante es un alto riesgo fiscal, ya que la administración puede considerar que dichas funciones son inherentes al cargo directivo y, por tanto, el gasto no es necesario. Además, los préstamos entre empresas, incluso a tasa cero, generan una presunción legal de ingresos por intereses a valor de mercado que debe ser considerada para efectos fiscales.

$209,632
en disputa
47 arts. citados
I2101005M Modificatoria IVA 20 ago 2021

La DGII sancionó a un restaurante con una multa de $600.00 por no emitir y entregar un tiquete de venta a un agente fiscal (fedatario) en el momento del pago. El contribuyente apeló, y aunque el Tribunal confirmó que la infracción se cometió al no entregar el documento a tiempo, modificó la resolución, reduciendo la multa a $420.00, al considerar que el contribuyente subsanó la falta al presentar posteriormente el tiquete, lo que le daba derecho a una atenuante que la DGII debió aplicar.

Lección: Es una obligación crítica emitir y entregar la factura o tiquete de venta en el preciso instante en que el cliente realiza el pago. La emisión posterior del documento no anula la infracción, pero presentar prueba de que la operación fue registrada puede servir para atenuar la sanción económica.

$420
en disputa
32 arts. citados
R2011006T Confirmatoria Renta 19 ago 2021

El TAIIA confirma la resolución de la DGII que objeta la deducción de gastos por USD$232,470.57, registrados como 'honorarios'. El tribunal determina que, en realidad, se trataba de 'salarios' debido a la existencia de una relación de subordinación laboral, evidenciada por el control, dirección y permanencia en el servicio. Al no haber efectuado las retenciones de seguridad social y previsionales, el contribuyente incumplió un requisito indispensable para la deducibilidad de dichos gastos, lo que resultó en una disminución de su saldo a favor de ISR por USD$55,838.96, monto que se convierte en deuda tributaria.

Lección: Es crucial analizar la naturaleza real de la relación con los prestadores de servicios. Si existe subordinación (horarios, supervisión, dependencia), los pagos deben ser tratados como salarios, efectuando todas las retenciones legales (Renta, ISSS, AFP) para asegurar la deducibilidad del gasto, independientemente de que se firmen contratos mercantiles.

$55,839
en disputa
29 arts. citados
I1607018TM Modificatoria Renta 17 ago 2021

La DGII objetó la totalidad del costo de ventas de un contribuyente por múltiples incumplimientos, principalmente por no llevar un registro de control de inventarios. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) revocó la objeción principal, argumentando que la falta del registro solo amerita una multa y no la anulación del costo, en respeto al principio de reserva de ley. Sin embargo, el TAIIA confirmó otras objeciones relacionadas con la temporalidad de los costos, la bancarización y la falta de retenciones, modificando así el impuesto y las multas a pagar.

Lección: La omisión de una obligación formal, como no llevar el registro de control de inventarios, no autoriza a la autoridad fiscal a imponer una sanción no prevista en la ley, como es el rechazo total del costo de ventas. No obstante, para asegurar la deducibilidad de los costos, es crucial cumplir con todos los demás requisitos sustantivos y formales, como el registro en el período correcto, el uso de medios de pago bancarios para operaciones de alto valor y la correcta aplicación de las retenciones de impuestos.

$88,023
en disputa
39 arts. citados
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