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I1607012T Confirmatoria IVA 26 abr 2018

El Tribunal de Apelaciones confirma la resolución de la DGII que objeta un crédito fiscal de IVA a un contribuyente dedicado a la comercialización de mariscos. La objeción se basa en que el contribuyente no pudo demostrar la existencia efectiva de las compras a un proveedor, al no presentar pruebas de la entrega de los bienes, los pagos correspondientes, ni un registro de inventarios adecuado. El Tribunal reitera que la posesión de Comprobantes de Crédito Fiscal es insuficiente si no se puede probar la materialidad de la operación.

Lección: Tener los Comprobantes de Crédito Fiscal (CCF) no es garantía para la deducción del crédito de IVA. Es crucial mantener una documentación de respaldo robusta que demuestre la realidad material de cada transacción, incluyendo órdenes de compra, notas de entrega, pruebas de pago (transferencias, cheques) y un control de inventarios actualizado y fidedigno, ya que la carga de la prueba recae sobre el contribuyente.

$41,543
en disputa
23 arts. citados
I1712001M Confirmatoria IVA 26 abr 2018

El Tribunal confirma una multa de $600.00 impuesta a una estación de servicio por no emitir y entregar una factura de consumidor final a un agente fedatario de la DGII al momento de una compra de combustible. El contribuyente no logró desvirtuar la infracción, ya que la obligación de emitir el documento es inmediata al pago, es responsable por los actos de sus empleados y las pruebas que presentó fueron insuficientes o extemporáneas.

Lección: Es imperativo capacitar a los empleados y establecer controles para asegurar la emisión y entrega de un documento fiscal por cada venta individual en el preciso instante en que se recibe el pago. La responsabilidad final recae en el contribuyente, y las actas de los fedatarios tienen un alto valor probatorio que es difícil de desvirtuar.

$600
en disputa
18 arts. citados
R1604021T Confirmatoria Renta 26 abr 2018

El contribuyente apeló la decisión de la DGII de rechazar la deducción de gastos de arrendamiento, cuentas incobrables, viáticos e intereses para el ejercicio fiscal 2012. El Tribunal de Apelaciones confirmó la resolución de la DGII, determinando que los gastos no eran deducibles por haber sido registrados en un ejercicio incorrecto, carecer de la documentación legal de respaldo requerida y por el incumplimiento de la obligación de efectuar retenciones de impuestos.

Lección: Para garantizar la deducibilidad de los gastos, es crucial registrarlos contablemente en el período fiscal en que ocurren y asegurarse de que estén respaldados por la documentación legal idónea que cumpla con todos los requisitos formales del Código Tributario. Además, es imperativo cumplir con todas las obligaciones de retención de impuestos, ya que su omisión invalida la deducción del gasto asociado.

$16,830
en disputa
29 arts. citados
R1405013T Revocatoria Renta 23 abr 2018

El Tribunal revoca una determinación de impuesto sobre la renta por $1.49 millones relacionada con precios de transferencia. La DGII ajustó los precios del contribuyente basándose en las Directrices de la OCDE, metodología que el propio contribuyente había utilizado en su estudio. Sin embargo, el Tribunal dictaminó que la DGII actuó ilegalmente, ya que para el año 2010 estaba obligada a aplicar estrictamente el procedimiento establecido en el Código Tributario salvadoreño, y no podía usar guías internacionales no vinculantes como fundamento legal para una determinación de impuestos.

Lección: La Administración Tributaria debe ceñirse estrictamente a los procedimientos y metodologías establecidos en la legislación nacional para realizar determinaciones fiscales. Aunque un contribuyente utilice estándares internacionales (como las Directrices de la OCDE) en su documentación de soporte, esto no otorga a la autoridad fiscal la facultad de usar dichas guías como base legal para un ajuste, pues ello constituye una violación al principio de legalidad y reserva de ley.

$1,492,342
en disputa
25 arts. citados
R1703002TM Confirmatoria Renta 18 abr 2018

El Tribunal confirma la resolución de la DGII que objetó la deducción de costos de venta por $84,100.65, debido a que el contribuyente pagó en efectivo compras cuyos montos superaban los 25 salarios mínimos, incumpliendo el Art. 29-A de la Ley de Impuesto sobre la Renta. En consecuencia, se ratifica la determinación del impuesto sobre la renta y la multa por evasión no intencional.

Lección: Toda adquisición de bienes o servicios cuyo valor sea igual o superior a veinticinco salarios mínimos mensuales debe ser pagada obligatoriamente a través de medios bancarizados (cheque, transferencia, tarjeta de crédito/débito) para que el costo o gasto sea deducible del Impuesto sobre la Renta. El pago en efectivo de dichas operaciones, aunque sean a crédito o en cuotas, provocará el rechazo de la deducción.

15 arts. citados
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