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A1112007TM Modificatoria Aduana 28 nov 2012

La Dirección General de Aduanas (DGA) ajustó impuestos y aplicó multas a un importador por una supuesta incorrecta clasificación arancelaria de proyectores y por no entregar información. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) revocó los ajustes de impuestos y la multa principal, validando la clasificación del contribuyente basada en el 'uso principal' de los equipos, pero confirmó la multa administrativa por la omisión en la entrega de la información solicitada.

Lección: Es fundamental cumplir con todos los requerimientos de información de la autoridad fiscalizadora de manera completa y oportuna, incluso si la información parece irrelevante o es de dominio público. El incumplimiento de este deber formal puede resultar en sanciones económicas, aun cuando el contribuyente tenga la razón en el fondo del asunto tributario.

$173,401
en disputa
4 arts. citados
C1205057M Revocatoria Código Tributario 27 nov 2012

La DGII sancionó a una contribuyente por no tener actualizado su registro de control de inventarios. El Tribunal de Apelaciones revocó la multa, no por considerar que la contribuyente no cometió la infracción, sino porque la DGII cometió un error de procedimiento al calcular la sanción, utilizando como base el balance general de un año incorrecto (el anterior en lugar del fiscalizado).

Lección: La obligación de llevar un registro de control de inventarios se considera relativa al ejercicio fiscal anual. Por lo tanto, la multa por su incumplimiento debe calcularse sobre el patrimonio del balance general del ejercicio fiscalizado. Es fundamental que los contribuyentes verifiquen que la base de cálculo de cualquier multa impuesta por la administración tributaria sea la correcta según la ley, ya que un error en este aspecto puede invalidar la sanción.

$2,017
en disputa
9 arts. citados
C1207004M Revocatoria Código Tributario 27 nov 2012

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) sancionó a una empresa por omitir llevar registros de inventario durante los meses de enero a marzo de 2011. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) revocó la multa, no porque la empresa haya demostrado tener los registros, sino porque la DGII cometió un error procedimental clave: calculó la multa usando el balance general de 2010, cuando la ley exige usar el del ejercicio fiscalizado (2011), dado que la obligación de llevar inventarios es de naturaleza anual.

Lección: La obligación de llevar registros de control de inventarios es de carácter anual. Por lo tanto, al sancionar su incumplimiento, la Administración Tributaria debe calcular la multa utilizando como base el balance general del ejercicio fiscalizado, no el del año anterior, de acuerdo con el artículo 243 del Código Tributario. Un error en la selección de la base de cálculo puede invalidar la totalidad de la sanción, independientemente de si el incumplimiento del contribuyente existió o no.

$1,868
en disputa
7 arts. citados
C1206045M Revocatoria Código Tributario 27 nov 2012

Una sociedad fue sancionada por la DGII con una multa de $4,835.39 por no llevar registros de control de inventarios. El Tribunal de Apelaciones revocó la sanción, no porque el contribuyente cumpliera con su obligación, sino porque la DGII cometió un error de procedimiento al calcular la multa utilizando el balance general del año anterior (2010) en lugar del correspondiente al ejercicio fiscalizado (2011), contraviniendo lo dispuesto en el artículo 243 del Código Tributario.

Lección: Para sancionar incumplimientos de obligaciones que abarcan todo un ejercicio fiscal, como la llevanza de registros de inventario, la base de cálculo de la multa debe ser el patrimonio del balance general del ejercicio fiscalizado. Utilizar el balance de un período distinto constituye un vicio de procedimiento que anula la sanción.

$4,835
en disputa
9 arts. citados
C1206038M Revocatoria Código Tributario 27 nov 2012

La DGII multó a una empresa agrícola por supuestamente no llevar registros de control de inventarios durante los primeros tres meses de 2011. El Tribunal de Apelaciones revocó la multa, no por determinar si los registros existían o no, sino porque la DGII calculó la sanción utilizando el balance general del año anterior (2010) en lugar del correspondiente al ejercicio fiscalizado (2011), lo cual es incorrecto según el artículo 243 del Código Tributario.

Lección: La sanción por no llevar registros de control de inventarios, al ser una obligación vinculada al ejercicio fiscal completo, debe calcularse sobre el patrimonio del balance general del ejercicio fiscalizado. La Administración Tributaria no puede utilizar el balance del año anterior, aunque la fiscalización se haya limitado a unos pocos meses de dicho ejercicio.

$4,845
en disputa
8 arts. citados
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